Importadora Sai Sai Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Representación legal (2)
SHINTARO ARNOLDO KURAMOCHI DUHALDE
SHINTARO ARNOLDO KURAMOCHI DUHALDE
Texto oficial del extracto
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 21 de enero de 2020, otorgada ante mí, don SHINTARO ARNOLDO KURAMOCHI DUHALDE, domiciliado en calle Lautaro 1106, oficina 201 comuna de Temuco, en representación de JIANJIAN ZHU y de AIHUA QIAN, ambos domiciliados en Temuco, calle Lagos 669, depto 702, saneó escritura pública otorgada con fecha 12 de septiembre de 2019, ante el Notario de Temuco, don Jorge Elías Tadres Hales, mediante la cual se constituyó la sociedad denominada “IMPORTADORA SAI SAI LIMITADA”, cuyo extracto se publicó en el diario oficial N° 42.464 de fecha 28 de septiembre de 2019.- SHINTARO ARNOLDO KURAMOCHI DUHALDE revestido de la potestad suficiente, ocurre ejerciendo la prerrogativa de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, saneando la escritura originaria en cuanto al vicio formal de inscripción extemporánea del extracto de la escritura social o de no haberse podido cumplir con el trámite de inscripción de la escritura pública en el Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, considerándose por la ficción del mismo texto su retroactividad y consideración que la actuación consuntiva en el saneamiento, se subentiende incorporada, íntegramente, al texto societal primigenio.-Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 24 de enero del 2020.-
Información societaria
Objeto social
La importación, exportación y comercialización de toda clase de productos y artículos relacionados con vestuario, zapatería, ropa deportiva, menaje, juguetería, librería, paquetería, bazar, materiales eléctricos, muebles, etcétera; la compraventa de todo tipo de ropa y vestuario, productos de zapatería, de menaje, de juguetes de todo tipo, artículos de librería, paquetería y bazar; la importación, exportación y comercialización de todo tipo de productos textiles y sus derivados; la importación, exportación y comercialización de todo tipo de materiales eléctricos, lámparas y accesorios eléctricos, muebles de cocina, artículos para baños, tales como: tazas, lavatorios y espejos; y la realización de todos los actos y celebración de todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la empresa.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital pagado
$5.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JIANJIAN ZHU Socio 25.xxx.xxx-5 | 25.xxx.xxx-5 | 70% | $3.500.000 |
AIHUA QIAN Socio 26.xxx.xxx-8 | 26.xxx.xxx-8 | 30% | $1.500.000 |
Administradores (1)
JIANJIAN ZHU
Texto oficial del extracto
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha doce de Septiembre de dos mil diecinueve, ante mí, JIANJIAN ZHU, chino, soltero, comerciante, cédula de identidad extranjero número veinticinco millones cuatrocientos ochenta y cinco mil setecientos cuarenta y siete guión cinco, domiciliado en calle Lagos número seiscientos sesenta y nueve, Departamento número setecientos dos, de la ciudad y Comuna de Temuco; y AIHUA QIAN, china, soltera, comerciante, cédula de identidad extranjero número veintiséis millones veintinueve mil ochocientos setenta y nueve guión ocho, domiciliada en calle Lagos número seiscientos sesenta y nueve, Departamento número setecientos dos, de la ciudad y Comuna de Temuco, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada.- RAZON SOCIAL: "IMPORTADORA SAI SAI LIMITADA", nombre de fantasía “SAI SAI LTDA”.- ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá al socio JIANJIAN ZHU, facultades en pacto social. LIMITACIONES Y PROHIBICIONES: a) Se establecen como prohibiciones la imposibilidad de concurrir la Compañía obligándose o constituyéndose en garante real o personal en negocios jurídicos de terceros, pudiendo sí celebrarlos para operaciones o actos jurídicos de los socios considerados como personas naturales. b) Se establece la obligatoriedad de la concurrencia conjunta de todos los cosocios para obligar a la Sociedad en el otorgamiento de hipotecas, prendas, avalar, afianzar y asumir codeudoría solidaria e indivisibilidad. CAPITAL: $5.000.000.- enterados, desglosados y aportados por los socios en la forma que se explica: A) JIANJIAN ZHU aporta y entera en total la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, de contado y en dinero efectivo e ingresados en arcas sociales; B) AIHUA QIAN aporta y entera en total la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS, de contado y en dinero efectivo e ingresados en arcas sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes. OBJETO: será: A) La importación, exportación y comercialización de toda clase de productos y artículos relacionados con vestuario, zapatería, ropa deportiva, menaje, juguetería, librería, paquetería, bazar, materiales eléctricos, muebles, etcétera; B) La compraventa de todo tipo de ropa y vestuario, productos de zapatería, de menaje, de juguetes de todo tipo, artículos de librería, paquetería y bazar; C) La importación, exportación y comercialización de todo tipo de productos textiles y sus derivados; D) La importación, exportación y comercialización de todo tipo de materiales eléctricos, lámparas y accesorios eléctricos, muebles de cocina, artículos para baños, tales como: tazas, lavatorios y espejos; E) La realización de todos los actos y celebración de todos los contratos y negociaciones que tiendan, directa o indirectamente, a la consecución de los fines y objetos de la empresa. DURACION: La sociedad empezará a regir desde la suscripción del estatuto societario y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, forma establecida en escritura. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 26 de Septiembre de 2019.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
IMPORTADORA SAI SAI LIMITADA
CVE 1719230
- CONSTITUCIÓN
IMPORTADORA SAI SAI LIMITADA
CVE 1660409
