Société à responsabilité limitée

Igpa Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 févr. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-02-09Voir le PDF (CVE 2268503)

Informations sociétaires

Ltda
Puerto Varas, Los Lagos
Durée: Indefinida
Administration: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá a ambos socios, quienes podrán actuar conjuntamente e indistintamente.

Objet social

La sociedad tendrá por objeto: a) la realización de todo tipo de estudios, servicios de asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico, así como la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, financieras, salud, jurídicas y administrativas; b) el desarrollo de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o, en general, explotarlos a cualquier otro título, todo ello por cuenta propia o de terceros; invertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas y sociedades por acciones con fines rentísticos, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; celebrar operaciones de crédito de dinero que no estén reservadas por la ley a los Bancos e Instituciones Financieras; administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena; c) y, en general, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

PABLO DANIEL VEGA BLASQUEZ

Socio

15.xxx.xxx-8

50%

IGNACIO DANIEL VEGA BLASQUEZ

Socio

18.xxx.xxx-0

50%

Administrateurs (2)

PABLO DANIEL VEGA BLASQUEZ

15.xxx.xxx-8Administrador

IGNACIO DANIEL VEGA BLASQUEZ

18.xxx.xxx-0Administrador

Texte officiel de l’extrait

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 02/02/2023, repertorio N°207/2023, ante mí: Don PABLO DANIEL VEGA BLASQUEZ, C.I. Nº 15.924.705-8, domiciliado en Calle Los Maitenes número ciento setenta y cuatro, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos; y don IGNACIO DANIEL VEGA BLASQUEZ, C.I. Nº 18.410.564-0, domiciliado en Calle Los Copihues número ciento setenta y cuatro, comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social “IGPA LIMITADA”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios o de publicidad la expresión “IGPA LTDA” Administración y uso de la razón social: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social y el nombre de fantasía corresponderá don PABLO DANIEL VEGA BLASQUEZ, y a don IGNACIO DANIEL VEGA BLASQUEZ, quienes podrán actuar conjuntamente e indistintamente. Capital Social: El capital social está compuesto por la suma de UN MILLÓN DE PESOS.-, y que se entera de la siguiente forma: a) PABLO DANIEL VEGA BLASQUEZ aporta la suma de quinientos mil pesos.- que entera en dinero efectivo en este acto y se incorporan a la caja social.- Y; b) IGNACIO DANIEL VEGA BLASQUEZ aporta la suma de quinientos mil pesos.- que entera en dinero efectivo en este acto y se incorporan a la caja social. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) la realización de todo tipo de estudios, servicios de asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico, así como la prestación de servicios profesionales en asesorías contables, financieras, salud, jurídicas y administrativas; b) el desarrollo de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o, en general, explotarlos a cualquier otro título, todo ello por cuenta propia o de terceros; invertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, efectos de comercio, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas y sociedades por acciones con fines rentísticos, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; celebrar operaciones de crédito de dinero que no estén reservadas por la ley a los Bancos e Instituciones Financieras; administrar dichas inversiones, por cuenta propia o ajena; c) y, en general, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Duración: Indefinida, contados desde la fecha de la escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó portador de extracto para legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 03 de febrero de 2023.-

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