Sociedad de Responsabilidad Limitada

Hermanas Stern León De La Barra Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 jun 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-06-23Ver PDF (CVE 1419570)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinido
Administración: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a las socias doña SIGAL ELENA STERN LEON DE LA BARRA, TALIA STERN LEON DE LA BARRA y doña GADIEL STERN LEÓN DE LA BARRA, para que actuando en forma conjunta y/o separadamente cualquiera de ellas y anteponiendo o posponiendo la razón social a su firma, la representen con las más amplias facultades.

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo en Chile o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o, en general, explotarlos a cualquier otro título, todo ello por cuenta propia o de terceros; b) Invertir, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Administrar las inversiones, proyectos y actividades anteriores y percibir sus frutos o rentas; d) El desarrollo, administración, explotación y representación de servicios gastronómicos por cuenta propia o ajena de restaurante, cafeterías, bares, hoteles y establecimientos gastronómicos en general; e) establecimientos que ofrezcan, organicen y administren, o actividades en que se realicen, produzcan o vendan, espectáculos artísticos, turísticos, culturales, de animación social o eventos en general, públicos o privados, entre ellos fiestas, banquetes, manifestaciones, y f) En general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$3.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

SIGAL ELENA STERN LEÓN DE LA BARRA

Socio

33.3333333333%

TALIA STERN LEÓN DE LA BARRA

Socio

33.3333333333%

GADIEL STERN LEÓN DE LA BARRA

Socio

33.3333333333%

Texto oficial del extracto

Myriam Amigo Arancibia, Notario Público, Titular 21ª Notaria de Santiago, Miraflores 169, Santiago, certifico que: Por escritura Pública de fecha 07/06/2018, repertorio 7.723-18, ante mí, SIGAL ELENA STERN LEÓN DE LA BARRA, ingeniero agrónomo, con domicilio en Ricardo Matte Pérez Nº493 departamento Nº 609, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña GADIEL STERN LEÓN DE LA BARRA, psicóloga, domiciliada en Avenida La Plaza Nº1451 departamento Nº6, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y doña TALIA STERN LEÓN DE LA BARRA, psicóloga, con domicilio en calle Bustos Nº 2146, departamento Nº301, comuna de Providencia, Región Metropolitana; constituyen sociedad de responsabilidad limitada. NOMBRE: Hermanas Stern León De La Barra Limitada, nombre de fantasía de HSL LTDA. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) El desarrollo en Chile o en el extranjero, de proyectos de inversión en sus formas más amplias, en especial adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, construir en ellos, arrendarlos o, en general, explotarlos a cualquier otro título, todo ello por cuenta propia o de terceros; b) Invertir, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercio y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, limitadas o colectivas, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Administrar las inversiones, proyectos y actividades anteriores y percibir sus frutos o rentas; d) El desarrollo, administración, explotación y representación de servicios gastronómicos por cuenta propia o ajena de restaurante, cafeterías, bares, hoteles y establecimientos gastronómicos en general; e) establecimientos que ofrezcan, organicen y administren, o actividades en que se realicen, produzcan o vendan, espectáculos artísticos, turísticos, culturales, de animación social o eventos en general, públicos o privados, entre ellos fiestas, banquetes, manifestaciones, y f) En general, realizar todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social. CAPITAL. El capital de sociedad es la suma de $3.000.000.-, que se enterara y paga por las socias de la siguiente forma: a) doña SIGAL ELENA STERN LEÓN DE LA BARRA aporta la suma de un millón de pesos que entera en dinero efectivo al contado, ingresando en este acto a caja social. b) doña TALIA STERN LEÓN DE LA BARRA aporta la suma de un millón de pesos, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma que se ingresa en este acto a la caja social. C) doña GADIEL STERN LEÓN DE LA BARRA, aporta la suma de un millón de pesos, que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, suma que se ingresa en este acto a la caja social. ADMINISTRACIÓN. La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a las socias doña SIGAL ELENA STERN LEON DE LA BARRA, TALIA STERN LEON DE LA BARRA y doña GADIEL STERN LEÓN DE LA BARRA, para que actuando en forma conjunta y/o separadamente cualquiera de ellas y anteponiendo o posponiendo la razón social a su firma, la representen con las más amplias facultades. DURACIÓN. El plazo de duración de la sociedad será indefinido a partir de esta fecha. DOMICILIO. El domicilio de la sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Demás cláusulas constan en la escritura extractada.

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Relaciones societarias

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