有限責任公司

Hector Alejandro Castillo Gallardo Limitada

CONSTITUCIÓN — 2018年5月12日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2018-05-12查看 PDF(CVE 1397547)

公司資料

Ltda
Cochamó, Los Lagos
期限: 5 años contados desde fecha escritura, renovables tácitamente por períodos iguales a menos que alguno de los socios decida ponerle término, lo que deberá ser expresado por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses de anticipación al cumplimiento del plazo de duración de la sociedad o de una cualquiera de sus prórrogas
管理方式: corresponderá a ambos socios obrando individual o conjuntamente con facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada

公司目的

El objeto de la sociedad será: a) adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes raíces y derechos constituidos en ellos; b) La prestación de servicios de hotelería y alojamiento de personas; c) La explotación de inmuebles para efectos de turismo, recreación y deportivas, en especial la pesca deportiva; d) La organización de excursiones, viajes, eventos, cursos, con fines educacionales, culturales y/o entretención; e) La actividad agrícola en general, ganadería y agroindustria; f) La asesoría en materias de logística. Además la sociedad podrá realizar todos aquellos actos o negocios complementarios o afines al objeto expresado, y que de común acuerdo convengan los socios.

資本

總資本

$60.000.000

實繳資本

$30.000.000

待繳資本

$30.000.000

股東(2)

姓名持股比例

HECTOR ALEJANDRO CASTILLO GALLARDO

Socio

50%

MARISEL NATALIA VILLEGAS VALDERAS

Socio

50%

摘要官方正文

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público Suplente de don ALVARO GONZALEZ SALINAS, Titular 42ª Notaría Santiago, con oficio en Agustinas 1070, piso dos, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio Nº23.781, Sres. HECTOR ALEJANDRO CASTILLO GALLARDO y MARISEL NATALIA VILLEGAS VALDERAS, ambos domiciliados en el lote B, también conocido como Isla Jabalí, ubicado en el sector rural de Tagua Tagua, Las Juntas, comuna de Cochamó, de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Razón Social: HECTOR ALEJANDRO CASTILLO GALLARDO LIMITADA. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) adquirir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes raíces y derechos constituidos en ellos; b) La prestación de servicios de hotelería y alojamiento de personas; c) La explotación de inmuebles para efectos de turismo, recreación y deportivas, en especial la pesca deportiva; d) La organización de excursiones, viajes, eventos, cursos, con fines educacionales, culturales y/o entretención; e) La actividad agrícola en general, ganadería y agroindustria; f) La asesoría en materias de logística. Además la sociedad podrá realizar todos aquellos actos o negocios complementarios o afines al objeto expresado, y que de común acuerdo convengan los socios. Capital: $60.000.000, que los socios aportan y pagarán por partes iguales de la siguiente manera: A.- HECTOR ALEJANDRO CASTILLO GALLARDO aporta la suma de treinta millones de pesos, que paga mediante el aporte en dominio del inmueble que se individualiza en escritura que extracto, que se valoriza en la suma de treinta millones de pesos de común acuerdo, con lo cual queda íntegramente pagado su aporte. B.- Doña MARISEL NATALIA VILLEGAS VALDERAS aporta la suma de treinta millones de pesos, que enterará y pagará dentro del plazo de tres años contados desde la fecha escritura, según las necesidades sociales lo requieran. Administración y uso razón social: corresponderá a ambos socios obrando individual o conjuntamente con facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada. Domicilio: Comuna de Cochamó. Duración: 5 años contados desde fecha escritura, renovables tácitamente por períodos iguales a menos que alguno de los socios decida ponerle término, lo que deberá ser expresado por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con a lo menos seis meses de anticipación al cumplimiento del plazo de duración de la sociedad o de una cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de Abril de 2018. José Leonardo Brusi Muñoz. Notario Público Suplente.

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    HECTOR ALEJANDRO CASTILLO GALLARDO LIMITADA

    CVE 1397547

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