Sociedad de Responsabilidad Limitada

Guerra Ortodoncia Limitada

CONSTITUCIÓN — 8 oct 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-10-08Ver PDF (CVE 1474670)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 10 años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes de fin del respectivo período
Administración: La administración, el uso de la razón social y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña Aurora Elizabeth Guerra Alfaro.

Objeto social

La prestación de servicios médicos odontológicos, la compraventa de artículos médicos y odontológicos, el arriendo de box de atención y toda otra actividad relacionada con lo anterior. Así como la prestación de cualquier otro servicio del área médica y relacionado, con la salud humana. Y en general, todo aquello vinculado a este tipo de prestaciones.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$3.500.000

Capital pendiente

$6.500.000

Socios (2)

NombreParticipación

Aurora Elizabeth Guerra Alfaro

Socio

95%

María de los Ángeles González Guerra

Socio

5%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

ELIAS JARUFE ROJAS, Notario Público Titular 47 Notaria de Ñuñoa, oficio en Avenida Pedro de Valdivia 3317, certifica: Que mediante escritura pública de hoy, ante mí, Aurora Elizabeth Guerra Alfaro y María de los Ángeles González Guerra, todos domiciliados en Marchant Pereira n°2267, Comuna de Ñuñoa, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, estatutos extractados: Razón social: “GUERRA ORTODONCIA LIMITADA”. Domicilio: Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios médicos odontológicos, la compraventa de artículos médicos y odontológicos, el arriendo de box de atención y toda otra actividad relacionada con lo anterior. Así como la prestación de cualquier otro servicio del área médica y relacionado, con la salud humana. Y en general, todo aquello vinculado a este tipo de prestaciones. Capital: $10.000.000.-, que los socios aportan de la siguiente manera: a) doña Aurora Elizabeth Guerra Alfaro aporta la suma de nueve millones quinientos mil pesos, correspondientes al noventa y cinco por ciento de los derechos sociales, paga en este acto tres millones de pesos, al contado, ingresando a las arcas sociales; el restante, se obliga a pagar dentro del plazo de 12 meses a la fecha de la firma del presente contrato; y b) doña María de los Ángeles González Guerra, aporta la suma de quinientos mil pesos, correspondientes al cinco por ciento de los derechos sociales, los cuales paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a las arcas sociales. Responsabilidad: Limitada monto respectivos aportes. Administración: La administración, el uso de la razón social y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña Aurora Elizabeth Guerra Alfaro. Duración: 10 años, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de poner término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes de fin del respectivo período. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de agosto de 2018.

Actuaciones recientes

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