Sociedad de Responsabilidad Limitada

Grupo Paralelo Comunicaciones Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 ene 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-01-05Ver PDF (CVE 2247482)

Información societaria

Ltda
calle Los Fresnos número ocho mil ciento catorce guion C
Duración: 3 años prorrogables tácitamente y por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestara su intención de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad, a lo menos con sesenta días de anticipación al vencimiento del respectivo período
Administración: CLAUDIO ANTONIO ROSAS MÉNDEZ, amplias facultades

Objeto social

La prestación de servicios profesionales, asesoría y consultoría a empresas y personas en las siguientes áreas: a) asesoría comunicacional y estratégica; realizaciones y producciones audiovisuales, en cine, video, Internet, papel impreso u otros formatos y medios en general, cualquiera sea su naturaleza; la producción de eventos con medios audiovisuales o de comunicación social; y en general toda clase de producciones, eventos y servicios relacionados con el medio audiovisual y periodístico; b) asesoría jurídica y legal a empresas, ya sea en litigios de toda clase, derecho de la empresa, negociaciones ante las empresas e instituciones públicas o privadas, consultoría en materias estratégicas y apoyo legal integral en las áreas antes mencionadas, para lo cual los socios ponen a disposición de la sociedad sus profesiones y trabajo.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

CLAUDIO ANTONIO ROSAS MÉNDEZ

Socio

99%

CLAUDIO ANDRÉS GARRIDO PÉREZ

Socio

1%

Administradores (1)

Representantes ante el SII (1)

Texto oficial del extracto

CLAUDIA GALINDO LÓPEZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número 555, oficina 201, Las Condes, certifica: que por escritura pública de fecha 26 de Diciembre de 2022, Repertorio N° 39477, ante mí, CLAUDIO ANTONIO ROSAS MÉNDEZ; y CLAUDIO ANDRÉS GARRIDO PÉREZ, ambos domiciliados en calle Los Fresnos número ocho mil ciento catorce guion C, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada. Nombre: “GRUPO PARALELO COMUNICACIONES LIMITADA”. No obstante, la sociedad podrá actuar y obligarse válidamente frente a terceros, incluso ante instituciones de la administración del Estado, los bancos e instituciones financieras, y de la misma forma que con la razón social, usando el nombre de fantasía “GRUPO PARALELO LTDA.” Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales, asesoría y consultoría a empresas y personas en las siguientes áreas: a) asesoría comunicacional y estratégica; realizaciones y producciones audiovisuales, en cine, video, Internet, papel impreso u otros formatos y medios en general, cualquiera sea su naturaleza; la producción de eventos con medios audiovisuales o de comunicación social; y en general toda clase de producciones, eventos y servicios relacionados con el medio audiovisual y periodístico; b) asesoría jurídica y legal a empresas, ya sea en litigios de toda clase, derecho de la empresa, negociaciones ante las empresas e instituciones públicas o privadas, consultoría en materias estratégicas y apoyo legal integral en las áreas antes mencionadas, para lo cual los socios ponen a disposición de la sociedad sus profesiones y trabajo. Administración, representación y uso razón social: CLAUDIO ANTONIO ROSAS MÉNDEZ, amplias facultades. Capital social: $1.000.000.- suscrito y pagado como sigue: a) CLAUDIO ANTONIO ROSAS MÉNDEZ $990.000.- equivalentes al 99% del capital social, pagado dinero efectivo ya ingresado a la caja social; y b) CLAUDIO ANDRÉS GARRIDO PÉREZ, $10.000.- equivalentes al 1% del capital social, pagado dinero efectivo ya ingresado a la caja social. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de 3 años prorrogables tácitamente y por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestara su intención de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad, a lo menos con sesenta días de anticipación al vencimiento del respectivo período. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 30 de Diciembre de 2022.-

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    GRUPO PARALELO COMUNICACIONES LIMITADA

    CVE 2247482

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial