Sociedad por Acciones

Grupo Lhc SpA

CONSTITUCIÓN — 28 ene 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-01-28Ver PDF (CVE 1537119)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán al Administrador, sin perjuicio de lo pactado en el Articulo Primero Transitorio.

Objeto social

La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas del derecho y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado; Asesorías, estudios y consultorías en materias jurídicas o, de carácter comercial, económico, tributarias, contables, administrativas o financieras, en todo tipo y áreas del derecho; La representación en juicios contenciosos y no contenciosos, y en general, la representación de mandantes o clientes, ante cualquier tribunal de la República, ya sea arbitral o de compromiso, administrativo, o ante cualquier institución pública o privada, y en la compra y venta de inmuebles, ya sea para su patrimonio propio o por encargo de terceros; Defensa en juicios de toda índole y representación judicial y extrajudicial de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o extranjeros; Tramitación, registro y defensa de marcas comerciales, y asuntos relativos a la ley de propiedad intelectual e industrial; Servir en calidad de árbitro, cualquiera sea su denominación legal; El gestionar, agenciar o impartir actividades relacionadas con la capacitación y enseñanza en materia jurídica o afines; La administración en materia de recursos humanos y asesoría empresarial; La asesoría periodística, política y comunicacional para todo tipo de personas, empresas e instituciones públicas o privadas; La capacitación en todas las materias señaladas precedentemente, comprendiendo en ésta la realización de cursos y seminarios; Corretaje de propiedades, asesoría en compra y venta de inmuebles, compra, venta, arriendo y administración de propiedades, estudio y regularización de título. Así como cualquier actividad lícita que los socios acordaren en el futuro; y de cualquier actividad conexa, relacionada o derivada de las antes enunciadas y en general, la sociedad podrá ejecutar actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$400.000

Capital pendiente

$1.600.000

Acciones

100

Socios (2)

NombreParticipación

MARÍA XIMENA LINARES PEÑAILILLO

Accionista

15.xxx.xxx-5

70%

CONRADO ARMANDO CABRERA PEÑA

Accionista

5.xxx.xxx-5

30%

Texto oficial del extracto

CLOVIS TORO CAMPOS, Notario Público, Titular de la 13° Notaría de Santiago, Compañía N° 1312, certifica: por escritura pública, hoy ante mí: Doña MARÍA XIMENA LINARES PEÑAILILLO, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.317.150-5, con domicilio en Juan Valiente N° 13792, comuna de San Bernardo, Santiago, región metropolitana, y don CONRADO ARMANDO CABRERA PEÑA, chileno, divorciado, egresado de derecho, cédula nacional de identidad N° 5.354.337-5, con domicilio en Avenida Concha y Toro N° 748, departamento 42, comuna de Puente Alto; constituyen una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, por las disposiciones de la ley N° 20.190 y N° 18.046, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Razón Social: El nombre de la sociedad será GRUPO LHC SpA. Domicilio: Santiago pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto de la Sociedad.- El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas del derecho y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado; b) Asesorías, estudios y consultorías en materias jurídicas o, de carácter comercial, económico, tributarias, contables, administrativas o financieras, en todo tipo y áreas del derecho; c) La representación en juicios contenciosos y no contenciosos, y en general, la representación de mandantes o clientes, ante cualquier tribunal de la República, ya sea arbitral o de compromiso, administrativo, o ante cualquier institución pública o privada, y en la compra y venta de inmuebles, ya sea para su patrimonio propio o por encargo de terceros; d) Defensa en juicios de toda índole y representación judicial y extrajudicial de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o extranjeros; e) Tramitación, registro y defensa de marcas comerciales, y asuntos relativos a la ley de propiedad intelectual e industrial; f) Servir en calidad de árbitro, cualquiera sea su denominación legal; g) El gestionar, agenciar o impartir actividades relacionadas con la capacitación y enseñanza en materia jurídica o afines; h) La administración en materia de recursos humanos y asesoría empresarial; i) La asesoría periodística, política y comunicacional para todo tipo de personas, empresas e instituciones públicas o privadas; j) La capacitación en todas las materias señaladas precedentemente, comprendiendo en ésta la realización de cursos y seminarios; k) Corretaje de propiedades, asesoría en compra y venta de inmuebles, compra, venta, arriendo y administración de propiedades, estudio y regularización de título. Así como cualquier actividad lícita que los socios acordaren en el futuro; y de cualquier actividad conexa, relacionada o derivada de las antes enunciadas y en general, la sociedad podrá ejecutar actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.- Capital y acciones.- El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal; que los accionistas suscriben y pagan de la siguiente forma: A) El accionista doña MARÍA XIMENA LINARES PEÑAILILLO suscribe 70 acciones equivalentes a $1.400.000.-, pagando en este acto al contado $200.000.-, que se ingresa a la caja social, y lo restante lo pagará en un año a contar de esta fecha, y B) El accionista don CONRADO ARMANDO CABRERA PEÑA, suscribe 30 acciones equivalentes a $600.000.-, pagando en este acto al contado $200.000.-; Total del capital suscrito: 100 acciones. Total capital pagado: $400.000.-; Plazo para pago del capital suscrito: 1 año. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán al Administrador, sin perjuicio de lo pactado en el Articulo Primero Transitorio. Otras estipulaciones y detalles en escritura extractada. Santiago 17 de Enero 2019.-

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