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Société à responsabilité limitée

GDS Inversiones Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 juil. 2026

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2026-07-27Voir le PDF (CVE 2845038)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social
Administration: Administración, representación y uso razón social corresponderá a Sergio Andrés Arancibia Tamayo, quien actuará como único administrador con las facultades que se indican en escritura

Objet social

a) Realización de todo tipo de inversiones, adquisición y/o enajenación por cuenta propia o de terceros, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes muebles, inmuebles, corporales o incorporales, títulos, valores, acciones, bonos, instrumentos financieros, títulos de crédito y efectos públicos u otros documentos mercantiles o Bancarios sin limitación y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio, especialmente en derechos de sociedades, administrar estas inversiones y percibir sus frutos y utilidades y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie, como también la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes mencionados; b) Efectuar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas por cuenta propia o ajena; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) Prestación de servicios y/o de asesorías profesionales, en distintas artes, oficios o profesionales; d) Representar, importar y exportar todo tipo de productos e insumos necesario para el desarrollo de la empresa; e) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto compra, venta, arrendamiento de toda clase de bienes y construcción de toda clase de inmuebles, sea por cuenta propia o ajena; f) En general, todas aquellas actividades relacionadas o cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, tanto en Chile como en el extranjero, los complemente o sea una consecuencia directa o indirecta de los mismos, u otros que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, sin otras limitaciones que las impuestas por la ley; g) Adquisición y enajenación de cuotas o derechos en otras sociedades y su administración, y; h) Percepción e inversión de las rentas que generen las actividades sociales y cualquier otra relacionada que acuerden los socios en el futuro.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital restant dû

$10.000.000

Associés (2)

NomParticipation

Sergio Andrés Arancibia Tamayo

Socio

50%

Soledad Francisca Guzmán Donoso

Socio

50%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

Ministerio del Interior PATRICIA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Interino de la 48º Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3076, Oficina 601, Las Condes, certifico que: Por escritura pública otorgada con fecha 03 de julio del 2026, Repertorio N.º 8743/2026, suscrita ante mí, comparecen don SERGIO ANDRÉS ARANCIBIA TAMAYO y doña SOLEDAD FRANCISCA GUZMÁN DONOSO, ambos domiciliados en calle Ojos de Agua N°07575, comuna de Puente Alto, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social: «GDS Inversiones Limitada», pudiendo usar nombre de fantasía «GDS Inversiones Ltda.», que la obligará misma manera que razón social. Objeto: a) Realización de todo tipo de inversiones, adquisición y/o enajenación por cuenta propia o de terceros, tanto en Chile como en el extranjero, en bienes muebles, inmuebles, corporales o incorporales, títulos, valores, acciones, bonos, instrumentos financieros, títulos de crédito y efectos públicos u otros documentos mercantiles o Bancarios sin limitación y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio, especialmente en derechos de sociedades, administrar estas inversiones y percibir sus frutos y utilidades y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie, como también la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes mencionados; b) Efectuar negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de cualquier naturaleza y venderlas y/o explotarlas por cuenta propia o ajena; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar y dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) Prestación de servicios y/o de asesorías profesionales, en distintas artes, oficios o profesionales; d) Representar, importar y exportar todo tipo de productos e insumos necesario para el desarrollo de la empresa; e) Formar, participar o ingresar en cualquier tipo de sociedades para llevar a cabo su objeto compra, venta, arrendamiento de toda clase de bienes y construcción de toda clase de inmuebles, sea por cuenta propia o ajena; f) En general, todas aquellas actividades relacionadas o cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, tanto en Chile como en el extranjero, los complemente o sea una consecuencia directa o indirecta de los mismos, u otros que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, sin otras limitaciones que las impuestas por la ley; g) Adquisición y enajenación de cuotas o derechos en otras sociedades y su administración, y; h) Percepción e inversión de las rentas que generen las actividades sociales y cualquier otra relacionada que acuerden los socios en el futuro. Domicilio Social: Santiago, Región Metropolitana. Administración, representación y uso razón social corresponderá a Sergio Andrés Arancibia Tamayo, quien actuará como único administrador con las facultades que se indican en escritura. Capital social es la cantidad de $10.000.000 pesos, los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) Sergio Andrés Arancibia Tamayo, la cantidad de $5.000.000 pesos que corresponde al 50% del capital social; y, b) Soledad Francisca Guzman Donoso, la cantidad de $5.000.000 pesos que corresponde al 50% del capital social. El capital inicial deberá quedar totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo en el plazo de tres años contados desde la fecha de constitución. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 13 de julio de 2026.

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