Sociedad de Responsabilidad Limitada

Gastronomica Bobby Boy Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 sept 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-09-05Ver PDF (CVE 1458839)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 10 años, renovable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años
Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá en conjunto a don Fernando Ricardo Abud Cuevas y a doña María Fernanda Abud Cáceres, quienes, anteponiendo a su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades. A la muerte de uno de los administradores, la administración se radicará en el socio sobreviviente.

Objeto social

La prestación de servicios de gastronomía; la explotación de todo tipo de restaurantes; la representación de marcas nacionales o internacionales y, en general, cualquiera actividad que los socios acuerden de consuno.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$3.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Fernando Ricardo Abud Cuevas

Socio

50%

Maria Fernanda Abud Caceres

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

RAUL UNDURRAGA LASO, abogado y Notario Público, Titular de la Notaría N° 29 de Santiago, domiciliado en calle Mac Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2018, ante mí, doña MARIA FERNANDA ABUD CACERES, ingeniero comercial, domiciliada en Avenida Kennedy N° 9540, Departamento 407, Comuna de Vitacura, Santiago; y don FERNANDO RICARDO ABUD CUEVAS, abogado, domiciliado en Avenida Isidora Goyenechea 3250, oficina 801, Las Condes, Santiago, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL "GASTRONOMICA BOBBY BOY LIMITADA", pudiendo usar para todos los efectos legales el nombre de fantasía "BOBBY BOY LTDA." OBJETO. El objeto de la Sociedad será: La prestación de servicios de gastronomía; la explotación de todo tipo de restaurantes; la representación de marcas nacionales o internacionales y, en general, cualquiera actividad que los socios acuerden de consuno. DOMICILIO. ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales que pueda abrir en otras ciudades de Chile o en el extranjero. CAPITAL. $3.000.000, que socios aportan en este acto, de la siguiente forma: a) Don Fernando Ricardo Abud Cuevas, aporta la suma de $1.500.000, en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; b) Doña María Fernanda Abud Cáceres, aporta la suma de $1.500.000, en dinero efectivo, ya ingresado en caja social. ADMINISTRACION. La administración y el uso de la razón social corresponderá en conjunto a don Fernando Ricardo Abud Cuevas y a doña María Fernanda Abud Cáceres, quienes, anteponiendo a su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades. A la muerte de uno de los administradores, la administración se radicará en el socio sobreviviente. RESPONSABILIDAD Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACION. La Sociedad tendrá una duración de 10 años a contar de esta fecha. No obstante lo anterior, este plazo se renovará en forma tácita y automática y por períodos iguales y sucesivos de diez años si al vencimiento del plazo originalmente pactado o prorrogado que estuviere en curso, ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la que se deberá tomar nota al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 6 meses antes del vencimiento del plazo originalmente pactado o de la prórroga que estuviere en curso. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de Agosto de 2018. Raúl Undurraga Laso. Notario Público.

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