Société à responsabilité limitée

Fragualab Consultora Limitada

CONSTITUCIÓN — 25 avr. 2024

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2024-04-25Voir le PDF (CVE 2484648)

Informations sociétaires

Ltda
Arzobispo Fuenzalida N° 2.540, departamento 401
Durée: 10 años desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período.
Administration: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a los Socios, cada uno de ellos actuando en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada.

Objet social

La Sociedad tendrá por giro y objeto societario la prestación de servicios profesionales y asesorías profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, relativos a la asesoría comunicacional y digital y servicios y asesorías relacionadas al periodismo, la comunicación científica y divulgación de la ciencia, el conocimiento y la innovación; el desarrollo de todas las actividades relacionadas con la asesoría comunicacional y digital; la consultoría integral, y las funciones de capacitación, en las áreas de prensa, difusión, comunicaciones, publicidad, relaciones públicas, asuntos públicos e imagen pública; el diseño, edición, impresión, comercialización y distribución de todo tipo de publicaciones; y, en general, todo negocio que los socios deseen emprender en lo sucesivo, relacionado o no con los negocios sociales.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

VICTORIA BEATRIZ MARTÍNEZ ANTIPA

Socio

90%

PABLO ANTONIO PÉREZ QUINTEROS

Socio

10%

Administrateurs (2)

Texte officiel de l’extrait

Alejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público 41 Notaría Santiago, Suplente titular Félix Jara Cadot, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, Repertorio N°10858- 2024, ante mí, VICTORIA BEATRIZ MARTÍNEZ ANTIPA y PABLO ANTONIO PÉREZ QUINTEROS, ambos domiciliados en Arzobispo Fuenzalida N° 2.540, departamento 401, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón Social: "FRAGUALAB CONSULTORA LIMITADA". Objeto: La Sociedad tendrá por giro y objeto societario la prestación de servicios profesionales y asesorías profesionales, bajo la calidad de sociedad de profesionales, relativos a la asesoría comunicacional y digital y servicios y asesorías relacionadas al periodismo, la comunicación científica y divulgación de la ciencia, el conocimiento y la innovación; el desarrollo de todas las actividades relacionadas con la asesoría comunicacional y digital; la consultoría integral, y las funciones de capacitación, en las áreas de prensa, difusión, comunicaciones, publicidad, relaciones públicas, asuntos públicos e imagen pública; el diseño, edición, impresión, comercialización y distribución de todo tipo de publicaciones; y, en general, todo negocio que los socios deseen emprender en lo sucesivo, relacionado o no con los negocios sociales. Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a los Socios, cada uno de ellos actuando en la forma y con las limitaciones indicadas en la escritura extractada. Capital: El capital social asciende a la suma de un $1.000.000.-, aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: /1/ VICTORIA BEATRIZ MARTÍNEZ ANTIPA, aporta y paga la cantidad de $900.000.-, equivalentes al 90% por ciento del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social; y /2/ PABLO ANTONIO PÉREZ QUINTEROS, aporta y paga la cantidad de $100.000.-, equivalentes al 10% por ciento del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social. Duración: La duración de la Sociedad será de 10 años desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 abril 2024.-

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