Sociedad de Responsabilidad Limitada

Fonodidácticos García Y González Limitada

CONSTITUCIÓN — 25 ene 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-01-25Ver PDF (CVE 1342073)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos
Administración: La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambas socias actuando de manera conjunta o separada e indistintamente.

Objeto social

La comercialización, elaboración, distribución, importación y exportación de materiales didácticos, fonoaudiológicos, pedagógicos y de estimulación, para los trastornos del lenguaje como Dislalia, retraso del lenguaje, Disfasia, Disfemia, tartamudez, etc. La prestación de servicios profesionales en especialidad Fonoaudiología, la Intervención, diagnostico, evaluación, en consulta y domiciliarias, como especialista staff y de llamado en instituciones de salud, docencia e investigación en instituciones educacionales y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ellas, en forma directa o mediante convenios. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales fonoaudiólogos; como asimismo toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetos sociales y cualquier otro negocio que acordaren las socias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

DIANA CECILIA GONZÁLEZ SUAREZ

Socio

50%

ELIZABETH GARCÍA VARGAS

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

MIGUEL ANGEL GODOY AHUMADA, Notario Público Suplente del titular de La Cisterna don SERGIO WALDO ARENAS BENONI, con oficio Gran Avenida J.M. Carrera Nº 8.006, certifica: Por escritura, hoy ante mí, doña DIANA CECILIA GONZÁLEZ SUAREZ, con domicilio en Valle Del Maipo numero dos mil trescientos ochenta y cinco, comuna de San Bernardo, de paso en ésta, y doña ELIZABETH GARCÍA VARGAS, con domicilio en Avenida Las Naciones número doscientos sesenta y seis, comuna de Maipú; constituyen sociedad de Responsabilidad Limitada, Nombre o Razón Social: “FONODIDÁCTICOS GARCÍA Y GONZÁLEZ LIMITADA”, nombre de fantasía “FONOIMANTA 2 LTDA.”. Objeto: La comercialización, elaboración, distribución, importación y exportación de materiales didácticos, fonoaudiológicos, pedagógicos y de estimulación, para los trastornos del lenguaje como Dislalia, retraso del lenguaje, Disfasia, Disfemia, tartamudez, etc. La prestación de servicios profesionales en especialidad Fonoaudiología, la Intervención, diagnostico, evaluación, en consulta y domiciliarias, como especialista staff y de llamado en instituciones de salud, docencia e investigación en instituciones educacionales y la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ellas, en forma directa o mediante convenios. Se comprende también, dentro del objeto social, las actividades de los profesionales fonoaudiólogos; como asimismo toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con los objetos sociales y cualquier otro negocio que acordaren las socias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de que puedan establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 5 años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos. Capital: la suma de un millón de pesos que las socias enteran y aportan en iguales partes la suma de quinientos mil pesos cada una, al contado y que son ingresados a caja social, y que corresponden al cincuenta por ciento del capital social para cada una. La administración y uso de la razón social: La representación, administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambas socias actuando de manera conjunta o separada e indistintamente. Socias limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 19 de enero de 2018.

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Relaciones societarias

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