Flores Bahamonde Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto será desarrollar, directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) La creación, instalación, explotación, administración, subadministración y cualquier otra actividad afín, por cuenta propia, ajena o conjuntamente con otras personas naturales o jurídicas de cualquier clase o naturaleza, que existan en la actualidad o que lleguen a existir en el futuro, de hogares de ancianos, asilos, casas de reposo, hospicios o cualquier centro o establecimiento destinado a la atención de personas cuya condición física o mental demande cuidados permanentes, sin requerir atención médica y de enfermería continua, de acuerdo con lo establecido en el decreto supremo número ciento sesenta y uno, de seis de agosto de mil novecientos ochenta y dos, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de hospitales y clínicas privadas y el Reglamento sobre Casas de Reposo, Asilos y otros Establecimientos Similares, de veintisiete de octubre de mil novecientos ochenta y tres, del Ministerio de Salud y, asimismo, en cualquier otra norma aplicable a la materia, ya sea actualmente en el futuro y, también, de todo otro tipo de centro o establecimiento que, al efecto, sea afín a los mencionados, ya sea que existan en la actualidad o lleguen a existir en el futuro; 2) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, incluyendo, sin limitación alguna, la compra, venta, permuta, arrendamiento y cualquier otro tipo de contrato de bienes muebles e inmuebles; 3) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, administraciones, prestación de servicios profesionales y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros, tanto respecto de productos y/o servicios como los mencionados en el número uno precedente como de productos y/o servicios de otro tipo o clase, que existan en la actualidad o lleguen a existir en el futuro; 4) el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, de telecomunicaciones y/o de tecnologías de cualquier clase o especie, sea que existan en la actualidad o lleguen a existir en el futuro, lo que comprende, más sin limitarse a ello, por explotación directa o a través de terceros, la adquisición total o parcial, permuta, enajenación, administración, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, lease back, préstamo de todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o raíces y derechos sobre ellos; 5) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a los giros principales, y 6) cualquier otra actividad que acuerden los socios, en tanto sean complementarias o consecuenciales con los demás objetos indicados.
Capital
Capital total
$500.000
Capital pendiente
$500.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Alejandra Catalina Flores Bahamonde Socio 17.xxx.xxx-5 | 17.xxx.xxx-5 | 40% | $200.000 |
Alejandra Paz Bahamonde Irribarra Socio 11.xxx.xxx-0 | 11.xxx.xxx-0 | 60% | $300.000 |
Administradores (2)
Alejandra Catalina Flores Bahamonde
Alejandra Paz Bahamonde Irribarra
Texto oficial del extracto
MANUEL RAMÍREZ ESCOBAR, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular 34 Notaría Santiago, don EDUARDO DIEZ MORELLO, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, CERTIFICO que por escritura pública del 03/01/2018, otorgada ante el titular, ALEJANDRA CATALINA FLORES BAHAMONDE, Pje. Las Vegas 7071, Peñalolén, CNI N° 17.661.652-5, ALEJANDRA PAZ BAHAMONDE IRRIBARRA, Pje. Las Vegas 7071, Peñalolén, CNI Nº 11.478.616-0, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada bajo Razón Social: "FLORES BAHAMONDE LIMITADA”. Objeto: El objeto será desarrollar, directamente o por medio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: 1) La creación, instalación, explotación, administración, subadministración y cualquier otra actividad afín, por cuenta propia, ajena o conjuntamente con otras personas naturales o jurídicas de cualquier clase o naturaleza, que existan en la actualidad o que lleguen a existir en el futuro, de hogares de ancianos, asilos, casas de reposo, hospicios o cualquier centro o establecimiento destinado a la atención de personas cuya condición física o mental demande cuidados permanentes, sin requerir atención médica y de enfermería continua, de acuerdo con lo establecido en el decreto supremo número ciento sesenta y uno, de seis de agosto de mil novecientos ochenta y dos, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de hospitales y clínicas privadas y el Reglamento sobre Casas de Reposo, Asilos y otros Establecimientos Similares, de veintisiete de octubre de mil novecientos ochenta y tres, del Ministerio de Salud y, asimismo, en cualquier otra norma aplicable a la materia, ya sea actualmente en el futuro y, también, de todo otro tipo de centro o establecimiento que, al efecto, sea afín a los mencionados, ya sea que existan en la actualidad o lleguen a existir en el futuro; 2) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, incluyendo, sin limitación alguna, la compra, venta, permuta, arrendamiento y cualquier otro tipo de contrato de bienes muebles e inmuebles; 3) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones, administraciones, prestación de servicios profesionales y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros, tanto respecto de productos y/o servicios como los mencionados en el número uno precedente como de productos y/o servicios de otro tipo o clase, que existan en la actualidad o lleguen a existir en el futuro; 4) el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, de telecomunicaciones y/o de tecnologías de cualquier clase o especie, sea que existan en la actualidad o lleguen a existir en el futuro, lo que comprende, más sin limitarse a ello, por explotación directa o a través de terceros, la adquisición total o parcial, permuta, enajenación, administración, arrendamiento, subarrendamiento, leasing, lease back, préstamo de todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o raíces y derechos sobre ellos; 5) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas a los giros principales, y 6) cualquier otra actividad que acuerden los socios, en tanto sean complementarias o consecuenciales con los demás objetos indicados. Capital: $500.000, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: doña Alejandra Catalina Flores Bahamonde con la suma de $200.000, equivalente a 40% de capital social y doña Alejandra Paz Bahamonde Irribarra con la suma de $300.000, equivalente a 60% de capital social, que ambas pagarán más tardar dentro del plazo de tres años contado desde fecha de escritura.- Domicilio: Santiago.- Administración y uso de razón social: Corresponden conjunta o separadamente, en forma indistinta, a doña Alejandra Catalina Flores Bahamonde y a doña Alejandra Paz Bahamonde Irribarra, con facultades señaladas pacto social.- Duración: indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 23 de febrero de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
FLORES BAHAMONDE LIMITADA
CVE 1359904
