Fausta Velasquez Amoraga Empresa Individual De Responsabilidad Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Titular 23.xxx.xxx-4 | 23.xxx.xxx-4 | 100% | - |
Administradores (1)
Representantes ante el SII (1)
Texto oficial del extracto
GONZALO HURTADO PERALTA, Notario Público Titular, Tercera Notaría Antofagasta, san Martin Nº 2745, certifica: Escritura pública, de fecha 19 de Marzo de 2018, ante mí: doña FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA, Boliviana, soltera, cedula extranjera Nº 23.970.403-4, domiciliada en Avenida Padre Hurtado Nº 2670 de la ciudad Antofagasta, celebró escritura pública de rectificación de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, en los siguientes términos. PRIMERO: Por escritura pública, otorgada en esta misma Notaría, con fecha 11 de Enero 2018, repertorio Nº 114-2018, se celebró constitución de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, EIRL de carácter comercial denominada "FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" y/o "FV SERVICIOS Y ARRIENDOS E.I.R.L.", publicada en el Diario Oficial Nº 41.960 de fecha 18 de Enero 2018 e inscrita en el Registro de Comercio de esta ciudad a fojas 209 bajo el Nº 147 del año 2018. SEGUNDO: Que en el instrumento individualizado, por un error de transcripción se indica en la individualización de la compareciente doña FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA, de manera errónea su rol único tributario y cedula extranjera en el siguiente tenor: “veintitrés millones trescientos noventa y siete mil cuatrocientos tres guion cuatro”. En el mismo sentido, en la CLAÚSULA QUINTO: ADMINISTRACIÓN; C) EN EL ORDEN JUDICIAL se señala de manera erronea su nombre expresandolo de la siguiente manera: “C) EN EL ORDEN JUDICIAL: Representará a la empresa individual de responsabilidad limitada en toda clase de asuntos, juicios o gestiones voluntarias y contenciosas cuyo conocimiento corresponda a los tribunales de justicia, sean ordinarios, especiales, contenciosos administrativos, arbitrales, nacionales o extranjeros, pudiendo ejercer todas las facultades ordinarias y especiales inherentes al mandato judicial, como también las previstas en el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se declara conocer y dar, una a una, por expresa y literalmente reproducidas, declarando que la facultad de transigir comprende la transacción extrajudicial. En general podrá celebrar y llevar a cabo todos los actos, contratos, trámites, diligencias, actuaciones y gestiones que sean necesarias y que considere convenientes para la buena marcha de los negocios de la empresa individual. Sin embargo, cuando las necesidades de los negocios lo requieran, podrá otorgar poderes generales o especiales para ejecutar operaciones determinadas del giro de la empresa individual de responsabilidad limitada y revocarlas a su arbitrio. Las calidades de constituyentes, administrador y representante legal recaen en la persona de doña FAUSTA VELASQUEZ AMARAGA, quien queda plena y totalmente facultado para delegar en todo o en parte las facultades con que cuenta, a una persona distinta a la suya, facultades que se delegarán por escritura pública y de las cuales se anotarán marginalmente en la inscripción del extracto de la escritura de la empresa individual de responsabilidad limitada” TERCERO: Que por lo anterior, la compareciente a este instrumento vienen en rectificar la escritura pública individualizada en la cláusula primera de este instrumento en el sentido de señalar que en la individualización de la compareciente doña FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA, debiendo decir: “Rol único tributario y Cedula extranjera número veintitrés millones novecientos setenta mil cuatrocientos tres guion cuatro. En el mismo sentido, en la CLAÚSULA QUINTO: ADMINISTRACIÓN; C) EN EL ORDEN JUDICIAL debiendo decir: “C) EN EL ORDEN JUDICIAL : Representará a la empresa individual de responsabilidad limitada en toda clase de asuntos, juicios o gestiones voluntarias y contenciosas cuyo conocimiento corresponda a los tribunales de justicia, sean ordinarios, especiales, contenciosos administrativos, arbitrales, nacionales o extranjeros, pudiendo ejercer todas las facultades ordinarias y especiales inherentes al mandato judicial, como también las previstas en el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, las que se declara conocer y dar, una a una, por expresa y literalmente reproducidas, declarando que la facultad de transigir comprende la transacción extrajudicial. En general podrá celebrar y llevar a cabo todos los actos, contratos, trámites, diligencias, actuaciones y gestiones que sean necesarias y que considere convenientes para la buena marcha de los negocios de la empresa individual. Sin embargo, cuando las necesidades de los negocios lo requieran, podrá otorgar poderes generales o especiales para ejecutar operaciones determinadas del giro de la empresa individual de responsabilidad limitada y revocarlas a su arbitrio. Las calidades de constituyentes, administrador y representante legal recaen en la persona de doña FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA, quien queda plena y totalmente facultado para delegar en todo o en parte las facultades con que cuenta, a una persona distinta a la suya, facultades que se delegarán por escritura pública y de las cuales se anotarán marginalmente en la inscripción del extracto de la escritura de la empresa individual de responsabilidad limitada”.- CUARTO: En todo lo que no se aclara y rectifica por este instrumento se tiene como parte complementaria e íntegra de la escritura de constitución de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.- Antofagasta 22 de Marzo de 2018.-
Información societaria
Objeto social
será toda clase de servicios de aseo industrial, labores menores de carpintería, confección y refacción de muebles y servicios relacionados, arriendo de maquinarias, prestación de servicios de casino, banquetería, confección de vestuario, venta de ropa industrial y toda otra actividad conexa.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Titular | - | - | $1.000.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
JUAN GUILLERMO SILVA GONZALEZ, Abogado, Notario Suplente de la Tercera Notaria de Antofagasta, con oficio en calle José de San Martin Nº 2745, Certifica: Escritura de fecha 11 de Enero de 2018, ante el Notario Titular don Gonzalo Hurtado Peralta: doña FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA, Boliviana, Empresaria, soltera, 41 años de edad, domiciliado Avenida Padre Hurtado número dos mil seiscientos setenta, constituyó empresa individual responsabilidad limitada, nombre “FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” , fórmula extractada “FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA E. I. R. L.” y/o nombre fantasía “FV SERVCIOS Y ARRIENDOS E. I. R. L”. Objeto: será toda clase de servicios de aseo industrial, labores menores de carpintería, confección y refacción de muebles y servicios relacionados, arriendo de maquinarias, prestación de servicios de casino, banquetería, confección de vestuario, venta de ropa industrial y toda otra actividad conexa.- Domicilio: Antofagasta.- Capital: $1.000.000, se dispone este acto dinero efectivo. Uso razón social y administración corresponde a titular, quien anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, la representará amplias facultades.- La responsabilidad personal del titular queda limitada al pago efectivo aporte comprometido.- Empresa individual comenzará a regir esta fecha y tendrá duración 5 años, renovable tácita y sucesivamente períodos iguales si titular o propietario no manifestare voluntad ponerle término con al menos seis meses anticipación al vencimiento período estuviere en curso, mediante escritura pública inscribirá margen inscripción social.- Demás estipulaciones escritura extractada. ANTOFAGASTA, 16 de Enero de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CVE 1376023
- CONSTITUCIÓN
FAUSTA VELASQUEZ AMORAGA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CVE 1337903
