Fábrica de Cecinas Venezia SpA
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$300.000.000
實繳資本
$4.168.073
待繳資本
$295.831.927
股份
300,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 95.660.000-6 | 95.660.000-6 | 88.72733333333333% | $267.181.875 |
Accionista 76.363.077-3 | 76.363.077-3 | 10.939333333333334% | $32.818.125 |
法定代理(3)
FELISA DEL PILAR GODOY PIZARRO
IVÁN SINESIO VALDEBENITO VERGARA
FRANCISCO JAVIER VALDEBENITO GODOY
摘要官方正文
JAVIER ABUYERES MARTINEZ, Abogado, Notario Publico de Quillota, suplente del titular Julio Jorge Abuyeres Jadue, oficio Pudeto 398, certifico: Por escritura pública de fecha 09 de Marzo de 2020, ante Notario Titular Julio Jorge Abuyeres Jadue, ABRAHAM ALEXI ZETT URZUA, C.N.I. N°8.103.978-K, compareciente mayor de edad quien acredita su identidad con la cédula anotada y expone: Que por escritura pública de 3 de enero 2020, repertorio 16-2020, ante Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, doña Giselle Tapia Romo, Suplente del Titular doña Lidia María Chahuán Issa; doña FELISA DEL PILAR GODOY PIZARRO, C.N.I. N°7.234.788-9, y don IVÁN SINESIO VALDEBENITO VERGARA, C.N.I. N°6.758.158-K, ambos en representación de sociedad CECINAS VENEZIA S.A., sociedad del giro de su denominación, RUT N°95.660.000-6; y don FRANCISCO JAVIER VALDEBENITO GODOY, C.N.I. N°15.742.855-1, en representación de sociedad INVERSIONES CINNAMON S.A., sociedad del giro de su denominación, RUT N°76.363.077-3, constituyeron una sociedad por acciones que gira bajo la razón social FÁBRICA DE CECINAS VENEZIA SpA. El extracto de dicha escritura se publicó en el Diario Oficial N°42.566 de fecha 30 de enero de 2020, y la inscripción la realizó el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera con fecha 31 de enero del 2020 a fojas 8, número 6 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera del año 2020. El compareciente viene por este acto en sanear la omisión incurrida, consistente en que si bien el extracto de la constitución de sociedad señalada, fue debidamente publicado, dicho extracto adolece de un involuntario error, por lo que la inscripción practicada no es fiel reflejo de la escritura pública de constitución. Debiendo el extracto indicar en la parte relativa al capital lo siguiente: “Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de trescientos millones de pesos ($300.000.000), dividido y representado en trescientas mil (300.000) acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) CECINAS VENEZIA S.A., suscribe: doscientas sesenta y siete mil ciento ochenta y dos (267.182) acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de doscientas sesenta y siete millones ciento ochenta y un mil ochocientos setenta y cinco pesos ($267.181.875) del capital social, de los cuales paga cuatro millones ciento sesenta y ocho mil setenta y tres pesos ($4.168.073), equivalente a cuatro mil ciento sesenta y ocho (4.168), acciones en dinero efectivo, los que en este acto ingresan a la caja social; el saldo lo pagará en el plazo de sesenta días hábiles contados desde la inscripción de la presente escritura. B) INVERSIONES CINNAMON S.A., suscribe: treinta y dos mil ochocientas dieciocho (32.818) acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de treinta y dos millones ochocientos dieciocho mil ciento veinticinco pesos ($32.818.125) del capital social, que pagará en el plazo de sesenta días hábiles contados desde la inscripción de la presente escritura. De conformidad a lo prescrito por el artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio y quince de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, las acciones emitidas o que se emitan podrán pagarse en dinero efectivo o mediante el aporte de otros bienes, muebles o inmuebles. En este caso, los aportes serán avaluados de común acuerdo por la sociedad y el aportante”, lo anterior con el objeto de evitar cualquier vicio de nulidad. Facultades del compareciente para otorgar la presente escritura, en cláusula CUARTO de la escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Quillota, 17 de marzo de 2020.
公司資料
公司目的
La producción y elaboración, en forma directa o a través de terceras personas, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de alimentos cárneos como asimismo su comercialización, distribución y exportación; la prestación de todo tipo de servicios, ya sea que los realice directamente o lo haga actuando como intermediario entre terceras personas; cualquiera otra actividad que los socios acuerden; y en general desarrollar cualquier otra actividad que se encuentre relacionada directa o indirectamente con el giro social.
資本
總資本
$300.000.000
實繳資本
$4.168.073
待繳資本
$295.831.927
股份
300,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 95.660.000-6 | 95.660.000-6 | 92.394% | $277.181.875 |
Accionista 76.363.077-3 | 76.363.077-3 | 10.939333333333334% | $32.818.125 |
摘要官方正文
GISELLE TAPIA ROMO, Abogado, Notario Público de las comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, oficio calle Diego Lillo N°331, La Calera, suplente del Titular LIDIA CHAHUÁN ISSA, certifica: Por escritura pública, fecha 3 de enero de 2020, otorgada ante mí, CECINAS VENEZIA S.A., sociedad del giro de su denominación, RUT N°95.660.000-6, domiciliada en Carrera N°924, La Calera, e INVERSIONES CINNAMON S.A., sociedad del giro de su denominación, RUT N°76.363.077-3, domiciliada en Avenida Adrián, N°170, Artificio, La Calera, constituyeron una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: “Fábrica de Cecinas Venezia SpA”; Objeto: El objeto de la empresa será el siguiente: a) La producción y elaboración, en forma directa o a través de terceras personas, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de alimentos cárneos como asimismo su comercialización, distribución y exportación; b) La prestación de todo tipo de servicios, ya sea que los realice directamente o lo haga actuando como intermediario entre terceras personas c) Cualquiera otra actividad que los socios acuerden, y d) en general desarrollar cualquier otra actividad que se encuentre relacionada directa o indirectamente con el giro social.; Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de $300.000.000, dividido y representado en 300.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben, enteran y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) CECINAS VENEZIA S.A., suscribe: 277.182 acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $277.181.875 del capital social, de los cuales paga $4.168.073, equivalente a 4.168, en dinero efectivo, los que en este acto ingresan a la caja social; el saldo lo pagará en el plazo de 60 días hábiles contados desde la inscripción de la presente escritura. B) INVERSIONES CINNAMON S.A., suscribe: 32.818 acciones ordinarias de la serie única, equivalentes a la suma de $32.818.125 del capital social, que pagará en el plazo de 60 días hábiles contados desde la inscripción de la presente escritura. De conformidad a lo prescrito por el artículo 424 del Código de Comercio y 15 de la Ley N¦18.046 sobre Sociedades Anónimas, las acciones emitidas o que se emitan podrán pagarse en dinero efectivo o mediante el aporte de otros bienes, muebles o inmuebles. En este caso, los aportes serán avaluados de común acuerdo por la sociedad y el aportante. Domicilio: Se ubicará en la ciudad de La Calera, Chile, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer sucursales en otras ciudades o países; Duración: tendrá una duración inicial de 3 años contados desde la fecha de la presente escritura; Dentro de dicho período, socios que representen, al menos, un 60% de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad podrán, mediante una declaración por escritura pública que deberá inscribirse en el Registro de Comercio y anotarse al margen de la inscripción social constitutiva, determinar que la sociedad no prorrogará su vigencia una vez expirado el plazo indicado, época en la que deberá producirse forzadamente su liquidación, sin perjuicio que los socios acuerden efectuarla antes. Si la declaración de no continuar la vigencia de la sociedad no se efectúa en tiempo y forma, al expirar el plazo de vigencia inicial, la sociedad renovará su vigencia automáticamente, por iguales periodos; Administración, representación y uso de la razón social: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto de tres miembros titulares, accionistas o no, elegidos por la Junta General Ordinaria de Accionistas, que durarán tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del periodo y podrán ser reelegidos indefinidamente.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- La Calera, 28 de enero de 2020.
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