Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Fábrica De Cecinas Artesanales Alejandro Barrera Mora, E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 6 sept 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-09-06Ver PDF (CVE 1267854)

Información societaria

E.I.R.L.
Chillán, Ñuble
Duración: 5 años, renovables tácita y sucesivamente, por iguales periodos de tiempo
Administración: Corresponderá a don ALEJANDRO ANTONIO BARRERA MORA, facultades en escritura.

Objeto social

El objeto de la empresa será la elaboración de cecinas y embutidos artesanales, su comercialización al por mayor y/o su venta al detalle, directamente a público, en locales propios o de propiedad de terceros; el procesamiento de carnes rojas y de ave y de productos cárnicos en general y la venta al por mayor y menor de todo tipo de carnes, subproductos y derivados, sea que estos últimos sean de elaboración propia o de terceros; y en general toda otra actividad que en forma directa o indirecta se encuentre relacionada con los objetos antes enunciados.

Capital

Capital total

$6.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$2.000.000

Socios (1)

NombreParticipación

ALEJANDRO ANTONIO BARRERA MORA

Titular

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Abogado, Notario Público, Titular de la Tercera Notaría de Chillán, con oficio en Paseo Arauco N° 620, de la ciudad de Chillán, Certifica: Por escritura de fecha 31.08.2017, otorgada ante mí, don ALEJANDRO ANTONIO BARRERA MORA, chileno, soltero, Auxiliar Paramédico, 49 años de edad, con domicilio en calle Las Araucarias N° 17, Sector Huape, Chillán, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.- NOMBRE EMPRESA: “FÁBRICA DE CECINAS ARTESANALES ALEJANDRO BARRERA MORA, E.I.R.L.”; nombre de fantasía “CECINAS VIEJO ROBLE, E.I.R.L.".- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DEL NOMBRE: Corresponderá a don ALEJANDRO ANTONIO BARRERA MORA, facultades en escritura.- CAPITAL: SEIS MILLONES DE PESOS que se enteran, pagan e ingresan a la caja empresarial, en la siguiente forma: UNO). Con la suma de DOS MILLONES DE PESOS, el que se hace en este acto, mediante el aporte en dominio de los siguientes bienes muebles: a) Una cámara de frío de tres por tres, hechiza, en regular estado de conservación; b) Una máquina de sellado al vacío, hechiza; c) Una máquina moledora de carne, de acero inoxidable, de una capacidad de seiscientos kilos por hora, marca Torrey; d) Una máquina revolvedora de carne, de acero inoxidable, hechiza; e) Un cooler de una puerta, carga vertical, en regular estado de conservación; f) Una máquina embutidora de cecinas de ocho kilos, hechiza, en regular estado de conservación; g) Una mesa de acero inoxidable de un metro veinte de largo por sesenta centímetros de ancho por ochenta y dos centímetros de alto, hechiza; h) Una mesa de acero inoxidable de ochenta centímetros de largo por sesenta centímetros de ancho por ochenta y dos centímetros de alto, hechiza; i) Un cooler de una puerta corrediza, en regular estado de conservación; j) Una mesa de acero inoxidable de un metro noventa centímetros de largo por ochenta y seis centímetros de ancho, por ochenta centímetros de alto, hechiza; k) Una mesa de acero inoxidable de tres metros de largo por ochenta y cinco centímetros de ancho por ochenta y cinco centímetros de alto, hechiza; y l) Una mesa de acero inoxidable de ochenta de largo por ochenta por ochenta centímetros de ancho por ochenta centímetros de alto, hechiza.- DOS). Con la suma de DOS MILLONES DE PESOS, los que son enterados, pagados e ingresados en la caja empresarial, en este acto, en dinero en efectivo.- TRES). Con la suma de DOS MILLONES DE PESOS, los que serán pagados e ingresados en la caja empresarial, dentro de los veinticuatro meses siguientes a la fecha de suscripción escritura. Esta parte del capital suscrito podrá ser pagado e ingresado en la caja empresarial en dinero en efectivo o maquinarias necesarias para el desarrollo de la actividad productiva de la empresa. Del íntegro pago de esta parte del capital deberá dejarse constancia en escritura pública que se extenderá al efecto, y se subinscribirá al margen de la inscripción conservatoria respectiva.- OBJETO: El objeto de la empresa será la elaboración de cecinas y embutidos artesanales, su comercialización al por mayor y/o su venta al detalle, directamente a público, en locales propios o de propiedad de terceros; el procesamiento de carnes rojas y de ave y de productos cárnicos en general y la venta al por mayor y menor de todo tipo de carnes, subproductos y derivados, sea que estos últimos sean de elaboración propia o de terceros; y en general toda otra actividad que en forma directa o indirecta se encuentre relacionada con los objetos antes enunciados.- DURACIÓN: La empresa tendrá una duración de 5 años, renovables tácita y sucesivamente, por iguales periodos de tiempo, forma estipulada en escritura.- DOMICILIO: Sector Huape, comuna de Chillán, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que se establezcan en ésta u otras ciudades del país.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Chillán, 01 de Septiembre de 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    FÁBRICA DE CECINAS ARTESANALES ALEJANDRO BARRERA MORA, E.I.R.L.

    CVE 1267854

Relaciones societarias

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