Eventos Urbaes Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será A) Creación, organización, administración, difusión, realización, producción, venta por cuenta propia o ajena de actividades culturales, literarias, sociales, deportivas, turísticas, científicas, artísticas y de toda clase de eventos en general, entre los que se cuentan: banquetes, fiestas, matrimonios, bautizos, paseos de curso, cumpleaños, presentaciones, manifestaciones; B) Contratación de toda clase de artistas, deportistas, personajes públicos, y en general a toda persona necesaria para el desarrollo de un evento; C) La contratación de teatros, locales, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculo, empresas, sociedades de profesionales, y lo necesario para el desarrollo de cursos, simposios, congresos, paseos, reuniones, y otros en que se haga comunicación entre los interesados, o para el público, y todo aquello que diga relación que en la actualidad, o en el futuro con estas actividades. D) Podrá realizar todas las demás actividades que acuerden los socios.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
CRISTIAN JUAN BAESLER MARTÍNEZ Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Socio | - | 50% | $1.000.000 |
Administradores (2)
CRISTIAN JUAN BAESLER MARTÍNEZ
Texto oficial del extracto
FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular de la 41 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, subsuelo, comuna y ciudad de Santiago, Certifica: Por escritura pública de fecha 20 de noviembre del 2017, ante mí, CRISTIAN JUAN BAESLER MARTÍNEZ, y MÓNICA PILAR URRUTIA MATURANA, ambos con domicilio en calle Camino el Tineo 5450-G, comuna y ciudad de Talagante, de paso por esta ciudad, constituyen sociedad de responsabilidad limitada hasta el monto de sus respectivos aportes, bajo los siguientes estatutos: RAZÓN SOCIAL: EVENTOS URBAES LIMITADA, y su nombre de fantasía “Casona de Don Leopoldo”. OBJETO: El objeto de la sociedad será A) Creación, organización, administración, difusión, realización, producción, venta por cuenta propia o ajena de actividades culturales, literarias, sociales, deportivas, turísticas, científicas, artísticas y de toda clase de eventos en general, entre los que se cuentan: banquetes, fiestas, matrimonios, bautizos, paseos de curso, cumpleaños, presentaciones, manifestaciones; B) Contratación de toda clase de artistas, deportistas, personajes públicos, y en general a toda persona necesaria para el desarrollo de un evento; C) La contratación de teatros, locales, restaurantes, hoteles, reservas de espectáculo, empresas, sociedades de profesionales, y lo necesario para el desarrollo de cursos, simposios, congresos, paseos, reuniones, y otros en que se haga comunicación entre los interesados, o para el público, y todo aquello que diga relación que en la actualidad, o en el futuro con estas actividades. D) Podrá realizar todas las demás actividades que acuerden los socios. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá a CRISTIAN JUAN BAESLER MARTÍNEZ, y MÓNICA PILAR URRUTIA MATURANA, quienes actuando separada e indistintamente, podrán obligarla con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin limitación de ninguna especie, debiendo anteponer la razón social a su firma personal, podrán ejercer las facultades mencionadas en la escritura extractada. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $2.000.000.- que se entera de la siguiente forma: a) CRISTIAN JUAN BAESLER MARTÍNEZ aporta $1.000.000, b) MÓNICA PILAR URRUTIA MATURANA aporta $1.000.000.- Todos los aportes se pagan en el acto en dinero efectivo ya ingresado a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará automatica, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 10 años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 noviembre 2017. Félix Jara Cadot N.P..-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
EVENTOS URBAES LIMITADA
CVE 1310849
