Société à responsabilité limitée

Eventos Santa Catalina Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 janv. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-01-13Voir le PDF (CVE 2253143)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Cinco años contados esta fecha, prorrogables por períodos iguales, tácita e indefinidamente.
Administration: Corresponderá a los socios GUSTAVO ANDRÉS LAGOS LEIVA y CATALINA CONSTANZA LARRAÍN MUÑOZ, actuando conjunta o separadamente, en forma indistinta y con amplias facultades, sin perjuicio de limitaciones consignadas en la escritura para la ejecución y celebración de determinados actos y contratos -los que requerirán actuación conjunta- relativos a la constitución de garantías y cauciones de cualquier especie y naturaleza, la apertura y cierre de cuentas bancarias, la contratación de créditos, la obtención de boletas de garantía bancaria, el ingreso a sociedades constituidas, la constitución de nuevas sociedades y la autocontratación. A su turno, la facultad de delegación total o parcial de facultades de administración a terceros se encuentra restringida a que el administrador delegante ejecute el acto de delegación contando con autorización expresa, previa o coetánea, por parte del otro coadministrador.

Objet social

El objeto de la sociedad será la producción, organización, administración, realización, difusión y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de eventos, banquetes, celebraciones, fiestas, manifestaciones, espectáculos y demás actividades análogas, entre otras, de carácter social, gastronómica, cultural, literaria, deportiva, turística, científica y artística. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes a los fines indicados y al desarrollo de su negocio, así como toda otra actividad directa o indirectamente relacionada y que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital libéré

$2.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

GUSTAVO ANDRÉS LAGOS LEIVA

Socio

12.xxx.xxx-8

50%

CATALINA CONSTANZA LARRAÍN MUÑOZ

Socio

15.xxx.xxx-9

50%

Administrateurs (2)

GUSTAVO ANDRÉS LAGOS LEIVA

12.xxx.xxx-8Administrador

CATALINA CONSTANZA LARRAÍN MUÑOZ

15.xxx.xxx-9Administrador

Texte officiel de l’extrait

COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita veinte, Comuna de Las Condes certifico que por escritura pública otorgada con fecha 10/01/2023, Repertorio 237/2023, ante mi, don GUSTAVO ANDRÉS LAGOS LEIVA, ingeniero, C.N.I. N° 12.720.894-8, domiciliado en La Cumbre N° 1.349, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; y doña CATALINA CONSTANZA LARRAÍN MUÑOZ, comunicadora audiovisual, C.N.I. N° 15.781.553-9, domiciliada en La Nieves N° 3.790, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “EVENTOS SANTA CATALINA LIMITADA”, pudiendo usar siglas comerciales o nombres de fantasía “EVENTOS SANTA CATALINA LTDA.” o “EVENTOS SANTA CATALINA”. OBJETO: El objeto de la sociedad será la producción, organización, administración, realización, difusión y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de eventos, banquetes, celebraciones, fiestas, manifestaciones, espectáculos y demás actividades análogas, entre otras, de carácter social, gastronómica, cultural, literaria, deportiva, turística, científica y artística. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos conducentes a los fines indicados y al desarrollo de su negocio, así como toda otra actividad directa o indirectamente relacionada y que acuerden los socios. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a los socios GUSTAVO ANDRÉS LAGOS LEIVA y CATALINA CONSTANZA LARRAÍN MUÑOZ, actuando conjunta o separadamente, en forma indistinta y con amplias facultades, sin perjuicio de limitaciones consignadas en la escritura para la ejecución y celebración de determinados actos y contratos -los que requerirán actuación conjunta- relativos a la constitución de garantías y cauciones de cualquier especie y naturaleza, la apertura y cierre de cuentas bancarias, la contratación de créditos, la obtención de boletas de garantía bancaria, el ingreso a sociedades constituidas, la constitución de nuevas sociedades y la autocontratación. A su turno, la facultad de delegación total o parcial de facultades de administración a terceros se encuentra restringida a que el administrador delegante ejecute el acto de delegación contando con autorización expresa, previa o coetánea, por parte del otro coadministrador. CAPITAL: $2.000.000 que socios aportan de la siguiente forma: a) GUSTAVO ANDRÉS LAGOS LEIVA, aporta la suma de $1.000.000, que paga y entera en este acto, al contado, quedando ingresada en arcas sociales, correspondiéndole, en consecuencia, un 50% de participación social; b) CATALINA CONSTANZA LARRAÍN MUÑOZ, aporta la suma de $1.000.000, que paga y entera en este acto, al contado, quedando ingresada en arcas sociales, correspondiéndole, en consecuencia, un 50% de participación social. Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, correspondiente al registro conservatorio con asiento en la comuna de Santiago para el servicio del territorio jurisdiccional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de dicha ciudad, sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares del país. DURACIÓN: Cinco años contados esta fecha, prorrogables por períodos iguales, tácita e indefinidamente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2023.mmo.-

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