Société par actions

Empresa Eléctrica Lagunas SpA

CONSTITUCIÓN — 12 oct. 2023

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2023-10-12Voir le PDF (CVE 2389537)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: indefinida

Objet social

La Sociedad tendrá por objeto: Uno/ En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional; Dos/ En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energía eléctrica o usuarios finales/clientes libres; Tres/ Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; Cuatro/ Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; Quinto/ Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros; Sexto/ Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros; Séptimo/ Comercializar excedentes de energías provenientes de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis de la ley veinte mil doscientos cincuenta y siete; Octavo/ Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras; Nueve/ La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica; Diez/ Diseño, desarrollo, gestión y/o ejecución de todo tipo de proyectos, energía, arquitectura u otra especialidad relativa a la generación de electricidad; Once/ Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, telegrafía, transmisiones de télex y de data y radiocomunicaciones; Doce/ Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para venderlos a terceros; Trece/ La construcción de una o más centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales; Catorce/ Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica o de producción, almacenamiento, transporte y comercialización de hidrógeno verde u otros productos o derivados de éste; Quince/ Efectuar toda clase de inversión y celebrar todo tipo de actos y contratos traslaticios o de mera tenencia, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, destinados a su adquisición, explotación, comercialización y administración y que digan relación con cualquiera de los objetos y giros antes referidos; Dieciséis/ Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación de cualquier tipo; Diecisiete/ Evaluar, diseñar, desarrollar, invertir en, construir, operar y mantener proyectos para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización de hidrógeno verde u otros productos o derivados de éste; Dieciocho/ Comercialización, transporte y distribución de hidrógeno verde o otros productos y/o derivados de éste; y Diecinueve/ Realizar todos los actos, y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los accionistas efectuar

Capital

Capital total

US$1.000

Capital libéré

US$1.000

Capital restant dû

US$0

Actions

1 000

Associés (1)

NomParticipation

AES ANDES S.A.

Accionista

100%

Texte officiel de l’extrait

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la 8° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 3 de octubre de 2023, repertorio N° 14.777-2023, ante mí, AES Andes S.A. constituyó una sociedad por acciones: Razón Social: EMPRESA ELÉCTRICA LAGUNAS SpA; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno/ En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional; Dos/ En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energía eléctrica o usuarios finales/clientes libres; Tres/ Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; Cuatro/ Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación, térmicos, hidráulicos o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales; Quinto/ Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros; Sexto/ Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros; Séptimo/ Comercializar excedentes de energías provenientes de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis de la ley veinte mil doscientos cincuenta y siete; Octavo/ Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras; Nueve/ La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica; Diez/ Diseño, desarrollo, gestión y/o ejecución de todo tipo de proyectos, energía, arquitectura u otra especialidad relativa a la generación de electricidad; Once/ Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, telegrafía, transmisiones de télex y de data y radiocomunicaciones; Doce/ Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para venderlos a terceros; Trece/ La construcción de una o más centrales de generación eléctrica de cualquier tipo para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales; Catorce/ Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica o de producción, almacenamiento, transporte y comercialización de hidrógeno verde u otros productos o derivados de éste; Quince/ Efectuar toda clase de inversión y celebrar todo tipo de actos y contratos traslaticios o de mera tenencia, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, destinados a su adquisición, explotación, comercialización y administración y que digan relación con cualquiera de los objetos y giros antes referidos; Dieciséis/ Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación de cualquier tipo; Diecisiete/ Evaluar, diseñar, desarrollar, invertir en, construir, operar y mantener proyectos para la producción, almacenamiento, transporte y comercialización de hidrógeno verde u otros productos o derivados de éste; Dieciocho/ Comercialización, transporte y distribución de hidrógeno verde o otros productos y/o derivados de éste; y Diecinueve/ Realizar todos los actos, y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los accionistas efectuar; Capital: El capital de la sociedad será de mil dólares de los Estados Unidos de América, dividido en mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, suscritas por el accionista AES ANDES S.A., las que se suscriben, pagan y pagarán en la forma indicada en el artículo primero transitorio. En este acto AES ANDES S.A. suscribe mil acciones, que corresponden al cien por ciento de las acciones de la sociedad, las cuales se pagan íntegramente en este acto; Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 06 de octubre de 2023.- Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Público.-

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