Sociedad por Acciones

Empresa Eléctrica Chaica SpA

CONSTITUCIÓN — 1 jul 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-07-01Ver PDF (CVE 1614658)

Información societaria

SpA
Puerto Montt, Los Lagos
Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a don Carlos Alfredo Yáñez Navarrete, en adelante el “Administrador”, quien podrá actuar en representación de la Sociedad, investido de todas las facultades de administración y disposición en todo asunto, negocio, operación, actuación, juicio, acto, o contrato, ya sea que diga o no relación con el objeto social, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros.

Objeto social

La generación, transmisión transporte, suministro, compra y venta de energía hidroeléctrica o de cualquier naturaleza, o los elementos o insumos necesarios para producirla, incluidos el diseño, construcción, operación administración y mantenimiento de centrales hidroeléctricas de pasada y sistemas de transmisión; y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, la explotación de los mismos, se por cuenta propia o ajena, la planificación, desarrollo, operación y explotación de todo tipo de actividades y negocios relacionados con el rubro eléctrico y energético en general, bajo todas sus formas y modalidades.

Capital

Capital total

1.283.046,51 dólares de Estados Unidos de Norteamérica

Capital pagado

1.283.046,51 dólares de Estados Unidos de Norteamérica

Capital pendiente

0

Acciones

27.136

Socios (1)

NombreParticipación

Carlos Alfredo Yáñez Navarrete

Accionista

100%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

Álvaro Andrés Gajardo Casañas, Notario Público Titular 4ª Notaría Puerto Montt, Urmeneta Nº542, certifica que se ha reducido a escritura pública hoy, ante mí: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “EMPRESA ELÉCTRICA CHAICA SpA”. celebrada en Puerto Montt el día 03.06.2019,en la cual se acordó Aprobar las modificaciones de los Estatutos Sociales de la Sociedad, en relación a la administración, designación de nuevo administrador y sus facultades y aprobar Estatutos Refundidos. De esta forma se modifica el Título Tercero de los Estatutos Sociales, referido a la Administración, conforme al artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, revocando la administración anterior y reemplazando dicho título en el sentido de que el uso de la razón social y la administración de la sociedad le corresponderá a don Carlos Alfredo Yáñez Navarrete, quien la ejercerá por sí o por medio de uno o más delegados que designe, con todas las facultades establecidas en el Título Tercero de la Sociedad, así como también, se deberán modificar en igual sentido, todos aquellos artículos del Estatutos referidos a la Administración. A consecuencia de todas las últimas modificaciones que han afectado a Chaica, queda un nuevo texto refundido de los Estatutos de la Sociedad, de acuerdo a lo siguiente: Nombre de la Sociedad: “EMPRESA ELÉCTRICA CHAICA SpA”. Objeto: La generación, transmisión transporte, suministro, compra y venta de energía hidroeléctrica o de cualquier naturaleza, o los elementos o insumos necesarios para producirla, incluidos el diseño, construcción, operación administración y mantenimiento de centrales hidroeléctricas de pasada y sistemas de transmisión; y la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, la explotación de los mismos, se por cuenta propia o ajena, la planificación, desarrollo, operación y explotación de todo tipo de actividades y negocios relacionados con el rubro eléctrico y energético en general, bajo todas sus formas y modalidades. Capital: 1.283.046,51 dólares de Estados Unidos de Norteamérica, dividido en 27.136 acciones, ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por el único y actual accionista don Carlos Alfredo Yáñez Navarrete. Administración: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá a don Carlos Alfredo Yáñez Navarrete, en adelante el “Administrador”, quien podrá actuar en representación de la Sociedad, investido de todas las facultades de administración y disposición en todo asunto, negocio, operación, actuación, juicio, acto, o contrato, ya sea que diga o no relación con el objeto social, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros. Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Montt, 13 de Junio de 2019.-

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