Sociedad de Responsabilidad Limitada

Embotelladora Welko Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 dic 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-12-19Ver PDF (CVE 1152191)

Información societaria

Ltda
Laja, Biobío
Duración: Tres años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administración: Administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a ambos socios, quienes podrán representar a la sociedad indistintamente

Objeto social

Comercialización de agua purificada envasada, e insumos relacionados, y en general, toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerden los socios

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

LUIS ALBERTO BARRALES CÁRCAMO

Socio

50%

ABEL ISAAC CARRASCO VILLARROEL

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

JUAN ANTONIO PUGA LOZANO, Notario Público Laja, certifica: Por Escritura Pública de 05 de diciembre de 2016, don LUIS ALBERTO BARRALES CÁRCAMO, domiciliado en calle Manuel Rodríguez N° 906 comuna de Laja y don ABEL ISAAC CARRASCO VILLARROEL, domiciliado en calle Pedro Lagos N° 315 comuna de Laja, constituyeron una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. Razón social: "EMBOTELLADORA WELKO LIMITADA", sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, incluso ante Bancos, con el nombre de fantasía “AGUA PURIFICADA WELKO LTDA." Objeto: comercialización de agua purificada envasada, e insumos relacionados, y en general, toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerden los socios. Capital: $4.000.000.- los cuales se aportan por los socios de la siguiente forma: a) El socio don LUIS ALBERTO BARRALES CÁRCAMO, con la suma de $2.000.000 equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales, que se enteran de la siguiente forma: con la suma de $2.000.000.- en dinero efectivo, que en este acto ingresan a la caja social; b) El socio don ABEL ISAAC CARRASCO VILLARROEL , con la suma de $2.000.000 equivalente a un cincuenta por ciento de los derechos sociales, que se enteran de la siguiente forma: con la suma de $2.000.000.- en dinero efectivo, que en este acto ingresan a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Administración, representación y uso razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a ambos socios, quienes podrán representar a la sociedad indistintamente, quienes anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, teniendo además la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo efectuar todos los actos, celebrar todos los contratos y convenios y, en general, realizar toda clase de operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- Domicilio: Laja, sin perjuicio que puedan establecerse agencias, sucursales u oficinas en otras ciudades del país o del extranjero.- Duración: La sociedad empezará a regir a contar fecha escritura y tendrá una duración de tres años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del período respectivo.- Demás estipulaciones, escritura extractada.- Laja, 15 de Diciembre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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