Société par actions

Elite SpA

CONSTITUCIÓN — 22 sept. 2020

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2020-09-22Voir le PDF (CVE 1818640)

Informations sociétaires

SpA
Temuco, Araucanía

Objet social

El desarrollo de actividades de residencia para turistas; la implementación de centros médicos privados (establecimientos de atención ambulatoria), de servicios de médicos prestados de forma independiente y servicios prestados de forma independiente por otros profesionales de la salud; la venta al por menor de artículos y equipos de deporte; la comercialización y distribución de implementos, artículos, insumos deportivos y médicos, al por menor y mayor; desarrollo de actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento, actividades relacionadas con la salud humana y de servicios personales; la asesoría y consultoría en inversión financiera y actividades de servicios de apoyo a las empresas; y prestar servicios de asesorías en materia contable, tributaria, legal, financiera, comercial, informática, médicas y ejecutar los actos y negocios relacionados o no con todo lo ya indicado o lo que acuerden los accionistas.

Associés (2)

NomParticipation

ANDRÉS ITILIER GAETE SALAZAR

Accionista

15.xxx.xxx-8

-

NICOLE FABIOLA AGUILERA ARTIGAS

Accionista

16.xxx.xxx-4

-

Texte officiel de l’extrait

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura de fecha diez de Septiembre de dos mil veinte, ante mí don ANDRÉS ITILIER GAETE SALAZAR, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad número quince millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintisiete guion ocho y doña NICOLE FABIOLA AGUILERA ARTIGAS, chilena, soltera, kinesióloga, cédula de identidad número dieciséis millones quinientos treinta y un mil novecientos sesenta y seis guion cuatro, ambos domiciliados en calle Arturo Pérez Canto cero dos mil cuatrocientos sesenta y cinco, Villa Tobalaba, comuna y ciudad de Temuco, expusieron: Por escritura pública de primero de junio de dos mil veinte otorgada ante el notario público don Jorge Elías Tadres Hales, con repertorio número dos mil setecientos catorce guion dos mil veinte, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el día diez de junio, constituyeron la sociedad ELITE SpA, los socios, vienen en corregir y sanear el vicio incurrido en la escritura, consistente en: La omisión de la inscripción oportuna en el Registro de Comercio del Conservador de Temuco del extracto de la escritura pública de constitución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo cuatrocientos veintiséis y siguientes del Código de Comercio. Asimismo, los socios vienen en ampliar el objeto social, en el sentido de agregar la siguiente actividad: “la comercialización y distribución de implementos, artículos, insumos deportivos y médicos, al por menor y mayor”, en consecuencia, acuerdan modificar la cláusula tercera del pacto social, por la que sigue: “TERCERO.- Del objeto social. Que el objeto de la Sociedad será el desarrollo de actividades de residencia para turistas; la implementación de centros médicos privados (establecimientos de atención ambulatoria), de servicios de médicos prestados de forma independiente y servicios prestados de forma independiente por otros profesionales de la salud; la venta al por menor de artículos y equipos de deporte; la comercialización y distribución de implementos, artículos, insumos deportivos y médicos, al por menor y mayor; desarrollo de actividades deportivas y otras actividades de esparcimiento, actividades relacionadas con la salud humana y de servicios personales; la asesoría y consultoría en inversión financiera y actividades de servicios de apoyo a las empresas; y prestar servicios de asesorías en materia contable, tributaria, legal, financiera, comercial, informática, médicas y ejecutar los actos y negocios relacionados o no con todo lo ya indicado o lo que acuerden los accionistas. Para conseguir su objeto, la sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos y negocios, por si o a través de terceros, así como asociarse - si fuere necesario -, con otras personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, y aún, representándolas o asociándose en participación.” En todo lo no modificado seguirán vigentes todas las estipulaciones del contrato de sociedad. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada, Temuco, 15 de Septiembre de 2020.

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