Electrónica Sielcom Puertas Del Mar Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Actividad comercial en sus formas más amplias, en especial compraventa de valores, compraventa de bienes raíces y muebles, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, representación de empresas nacionales o extranjeras, fabricación y manufactura de artículos relacionados con vestuario, distribución y venta al por mayor y al detalle de los productos que elabora la sociedad, adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, valores, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas, uso de licencias relacionadas con el rubro, comercialización y promoción de productos y mercaderías, servicios de transportes, alimentación, computacionales, educacionales, turismo, servicios de ingeniería, eléctricos, proyectos, construcciones, asesorías y comercialización de equipos y materiales eléctricos, electromecánicos, metalmecánicos, electrónicos, telecomunicaciones, refrigeración, aire acondicionado, computación, compraventa, arrendamiento, consignación, corretaje, instalación, reparación y asistencia técnica de equipos de radiotelefónica y telefonía, equipos de transmisión, detección, señalización, radio y televisión, radar y satelitales, equipos de seguridad, alarmas, baja y media tensión, computacionales y redes, refrigeración y aire acondicionado, materiales eléctricos, maquinarias para el área alimenticia, tramitación de concesiones de frecuencias y otros actos comerciales relacionados, pudiendo celebrar todos los actos, contratos y negociaciones vinculados directa o indirectamente con sus fines sociales.
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | 50% | $10.000.000 |
CLAUDIO PAOLO GALLEGUILLOS ANDRADE Socio 11.xxx.xxx-6 | 11.xxx.xxx-6 | 50% | $10.000.000 |
Administradores (2)
CLAUDIO PAOLO GALLEGUILLOS ANDRADE
Representación legal (1)
Texto oficial del extracto
OSCAR FERNÁNDEZ MORA, Abogado, Notario Público, Titular 2ª Notaria La Serena, Cordovez 588,local 108, certifico: Que por escritura pública hoy ante mí: Don ROBERTO JOEL PARRA REYES, chileno, comerciante, divorciado, domiciliado en la Serena, calle O’Higgins cuatrocientos treinta y nueve, cédula nacional de identidad número siete millones quinientos veintiséis mil trescientos treinta y uno guión siete, quien comparece en representación de la “SOCIEDAD SERVICIOS INGENIERIA, EQUIPOS SIELCOM LIMITADA” Rol Unico Tributario número setenta y siete millones veintiséis mil seiscientos guión nueve; y don CLAUDIO PAOLO GALLEGUILLOS ANDRADE, chileno, Ingeniero Experto en Prevención de Riesgos, domiciliado en La Serena, Parque Altamura número cuatrocientos cincuenta y siete, Villa Santa margarita del Mar, cédula nacional de identidad número once millones quinientos siete mil seiscientos once guion seis, , quienes constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: ELECTRÓNICA SIELCOM PUERTAS DEL MAR LIMITADA, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía “ SIELCOM LIMITADA”. OBJETO: El objeto de giro de la sociedad será la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la compraventa de valores, la compraventa de bienes raíces y muebles, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras y demás relacionadas que los socios acuerden, la fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con vestuario, distribución y venta al por mayor y al detalle de los productos que elabora la sociedad, la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, valores, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que le sean permitidas directas e indirectamente, relacionadas con el rubro señalado, representación de firmas nacionales o extranjeras, comercialización, compraventa, promoción por cuenta propia o ajena de toda clase de productos y mercaderías, servicios de transportes de todo tipo, por vía terrestre, marítima, etc., prestación de servicios de alimentación a terceros por cuenta propia o de terceros, servicios computacionales, educacionales, de turismo, etc.; prestación de servicios de ingeniería, eléctricos, proyectos, construcciones, asesorías y comercialización de equipos, aparatos, productos, accesorios y repuestos destinados al área eléctrica, electromecánica, metalmecánica, electrónica de radio, telefonía, comunicaciones, refrigeración, aire acondicionado, computación; compraventa, arrendamientos, consignación, corretaje, instalación, reparación y asistencia técnica por cuenta propia o ajena, de equipos radiotelefónicos y/o telefónicos, equipos y aparatos de transmisión, detección, señalización, radio y televisión, en HF,VHF y UHF; equipo e instalación de radar y satelitales; equipos y aparatos de seguridad, alarmas alámbricas e inalámbricas; equipos de baja y media tensión, equipos computacionales y redes; equipos de refrigeración y aire acondicionado, equipos y materiales eléctricos en general; equipos y maquinarias para el área alimenticia en general; aparatos, accesorios, productos y repuestos; la tramitación por cuenta propia o de terceros de solicitudes de concesión de frecuencias y cualesquier otra forma de explotación de este giro de comercio o de sus actividades que digan relación con el ramo y en general ejecutar todos los actos comerciales de este giro o de cualesquier otro que los socios acuerden. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que atiendan a la consecución o que relacionen con los fines sociales y cualesquiera otras actividades relacionadas o no con el giro principal y cualesquiera otro que acuerden los socios en lo futuro o determine y decida el representante legal de la misma, tenga o no relación con los anteriores El objeto de giro de la sociedad será la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la compraventa de valores, la compraventa de bienes raíces y muebles, importación y exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras y demás relacionadas que los socios acuerden, la fabricación y la manufactura de toda clase de artículos relacionados con vestuario, distribución y venta al por mayor y al detalle de los productos que elabora la sociedad, la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, valores, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas; el uso de las licencias que le sean permitidas directas e indirectamente, relacionadas con el rubro señalado, representación de firmas nacionales o extranjeras, comercialización, compraventa, promoción por cuenta propia o ajena de toda clase de productos y mercaderías, servicios de transportes de todo tipo, por vía terrestre, marítima, etc., prestación de servicios de alimentación a terceros por cuenta propia o de terceros, servicios computacionales, educacionales, de turismo, etc.-Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que atiendan a la consecución o que relacionen con los fines sociales y cualesquiera otras actividades relacionadas o no con el giro principal y cualesquiera otro que acuerden los socios en lo futuro o determine y decida el representante legal de la misma, tenga o no relación con los anteriores. ADMINISTRACION: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios ROBERTO JOEL PARRA REYES y don CLAUDIO PAOLO GALLEGUILLOS ANDRADE, los que podrán actuar siempre en forma conjunta y de consuno en todos los actos concernientes a la sociedad, inclusive tratándose de asuntos bancarios y/o financieros, debiendo anteponer a su firma, la razón social que obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro y además en la celebración de todos los contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social y la representarán con las amplias facultades; y sin que la enumeración sea taxativa, podrá abrir y cerrar cuentas bancarias de depósito de crédito o de ahorro y especiales, en moneda nacional o extranjera; girar y sobregirar en cuenta corriente y dar órdenes de cargos en cuenta corriente, mediante procedimientos cibernéticos y/o telegráficos, de fax, telefónicos, computacionales, multimedia u otro cualquiera; girar, depositar, endosar, cobrar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago, hacer protestar cheques, y otros documentos a la vista, y retirarlos; retirar talonarios de cheques, solicitar, impugnar, reconocer y aprobar saldos; abrir y cerrar cuentas a la vista o a plazo y realizar depósitos y retiros o giros en las mismas; cancelar y endosar depósitos a plazo o la vista. Girar aceptar y reaceptar, suscribir, endosar en dominio, en garantía o en comisión de cobranza, renovar, revalidar, anular, cobrar, prorrogar, hacer protestar, descontar, cancelar letras de cambio, pagarés, cheques y cualquier clase de instrumentos negociables o efectos de comercio; y ejercer las acciones que a la sociedad corresponden respecto de tales documentos. Contratar toda clase de operaciones de crédito, especialmente, con bancos e instituciones financieras, banco del estado de chile, corporación de fomento de la producción u otras instituciones de crédito, nacionales o extranjeros, bajo cualquier modalidad y en especial a las que se refiere la Ley dieciocho mil diez, esto es, crédito bajo la forma de apertura de líneas de crédito, préstamos o mutuos, préstamos con letras o avances contra aceptación o contra valores, descuentos, créditos, o avances en cuenta corriente. Estos créditos pueden otorgarse o concederse, con o sin garantía, en moneda nacional o extranjera, reajustable o no; abrir en bancos, por cuenta propia o ajena, créditos simples y documentarios, revocables e irrevocables, divisibles e indivisibles, confirmados o inconfirmados; autorizar cargos en cuenta corriente, realizar toda clase de depósitos bancarios, simples o en cuenta corriente, para boletas bancarias de garantía o para cualquier otro fin; operar en forma amplia en el mercado de capitales y/o de inversiones; adquirir derechos en fondos mutuos de cualquier tipo. Cobrar y percibir, judicial y extrajudicialmente, cuanto se adeude a la sociedad y otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones. Entregar y retirar bienes y documentos en custodia abierta o cerrada, cobranza o garantía. Arrendar cajas de seguridad, abrirlas, retirar lo que en ellas se encuentre y poner término a su arrendamiento. Realizar toda clase de operaciones de comercio exterior, exportaciones e importaciones de toda clase de bienes, abrir y modificar registros o informes de importación y anexas a los mismos y cartas explicativas, pudiendo hacer toda clase de representaciones, declaraciones y firmar todos los documentos necesarios. Retirar efectos y mercaderías de aduanas. Representar a la sociedad ante el banco central del Estado de Chile y demás bancos comerciales, en todo lo relativo a comercio exterior, con amplias e ilimitadas facultades. Firmar, entregar, negociar, retirar, cancelar y endosar conocimientos de embarque, cartas de porte o cartas guías relativas al transporte terrestre, aéreo o marítimo. Retirar toda clase de operaciones de cambios internacionales; en especial, comprar y vender, en general, enajenar divisas, al contado o a futuro, provengan del comercio exterior visible o invisible, hacer conversiones y pactar arbitrajes. Celebrar, modificar, dejar sin efecto, anular, resolver, revocar, resciliar, rescindir, prorrogar, terminar, disolver, renovar y poner término, otorgar y suscribir, por instrumento público o privado, toda clase de contratos o actos jurídicos, incluso auto contratar, esto es, celebrar actos jurídicos consigo mismo. Comprar, vender, permutar, aportar transferir y, en general, enajenar, donar, dar en pago, ceder, depositar, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, entre ellos valores mobiliarios, bonos, debentures y acciones; celebrar toda clase de contratos y convenciones, pactando, pagando, celebrando y percibiendo precios, saldos de precios, intereses, reajustes, condiciones, plazos, garantías y demás cláusulas, estipulaciones y modalidades, con o sin pacto de retrocompra o retroventa; fijar cabidas y deslindes y demás elementos de determinación de inmuebles; requerir y firmar inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces o facultar para ello. Estos actos pueden tener por objeto el dominio, el usufructo, derechos personales sobre los mismos o sobre una parte o cuota de ellos. Celebrar toda clase de contratos preparatorios, entre ellos el contrato de promesa de compraventa y el contrato de opción y leasing respecto de toda clase de bienes. Dar y tomar en arriendo toda clase de bienes, con o sin opción de compra. Depositar y retirar mercaderías o bienes en almacenes generales de depósito y en almacenes de aduanas, dejar mercaderías en consignación y otorgar mandatos al efecto, endosar vales de depósitos y de prenda. Entregar en depósito valores de oferta pública en Empresas de depósitos y adquirir y transferir incluso los que estén en depósito, y ejercer todos los derechos de depositante, según la Ley dieciocho mil ochocientos setenta y seis. Dar y recibir especies en comodato, mutuo, anticresis, convenir intereses y multas. Contratar y modificar seguros que caucionen toda clase de riesgos, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas. Realizar toda clase de operaciones de bolsa y corretaje. Comprar y vender bonos, acciones y valores mobiliarios en general, con o sin garantía, con o sin pacto de retroventa o retro compra; suscribir bonos, letras de crédito y acciones. Celebrar, modificar y poner término a toda clase de contratos de trabajo y de prestación de servicios, sean ellos profesionales o no. Celebrar y modificar contratos o convenios colectivos. Firmar actas de avenimiento, otorgar finiquitos. Realizar y pactar la extinción de toda clase de obligaciones por pago, novación, compensación o cualquier otra forma de extinguir obligaciones. Pedir y otorgar rendiciones de cuentas. Convenir, aceptar y pactar estimaciones de perjuicios, cláusulas penales y multas. Celebrar toda clase de contratos de transporte y fletamento, sea como fletante, fletador o beneficiario. Ingresar a sociedades ya constituidas, constituir sociedades de cualquier tipo, cooperativas, asociaciones gremiales, asociaciones o cuentas en participación, sociedades anónimas, modificarlas, disolverlas, liquidarlas, dividirlas, fusionarlas y transformarlas de un tipo a otro; formar parte de comunidades, pactar indivisión, designar administradores pro indiviso. Representar a la sociedad con voz y voto en las sociedades en que forme parte. Ceder a cualquier título toda clase de créditos sean nominativos, o a la orden o al portador, aceptar cesiones. Ceder y aceptar cesiones de toda clase de bienes y derechos. Aceptar, posponer y cancelar toda clase de garantías. Conceder quitas o esperas. Nombrar agentes, representantes, comisionistas, distribuidores y concesionarios; celebrar contratos de corretaje o mediación, distribución y comisiones para comprar y vender. Renunciar a todo derecho o acción derivados de los actos o contratos celebrados. Renunciar a las acciones resolutorias que emanen de cualquier contrato. Constituir y aceptar usufructos, fideicomisos, servidumbres y censos. Pedir y aceptar adjudicaciones de toda clase de bienes. Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación o por cesión de bienes, todo lo que el mandante adeudare y en general, extinguir obligaciones, novar y asumir deudas de terceros. Constituir y pactar domicilios especiales. Solicitar propiedad comercial sobre marcas comerciales, modelos industriales, patentes de invención pudiendo oponerse a inscripciones de terceros. Transferir, adquirir y celebrar contratos de royalties o licencia sobre toda clase de propiedad intelectual o industrial y procedimientos industriales. Solicitar concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto, terrestres o marítimas. Convenir con el fisco o las municipalidades u otras Corporaciones públicas o privadas, todo lo concerniente a expropiaciones por causa de utilidad pública. Ceder y adquirir derechos de suscriptor en las compañías de teléfonos y otras empresas de comunicaciones y telefónicas de servicio público, como asimismo celebrar con dichas empresas cualquier tipo de contrato relacionado con los suministros de los servicios telefónicos, de fax y otros que proporcionen esas empresas pudiendo comprar, vender, ceder, arrendar, transferir y, en general, adquirir y enajenar, a cualquier título, derechos en líneas telefónicas, pudiendo también celebrar los contratos respectivos, tanto con las mencionadas empresas como asimismo con otras personas, naturales o jurídicas. Representar a la sociedad ante toda clase de personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, entre ellas el instituto de normalización previsional, servicio nacional de salud, las cajas de previsión, el servicio de impuestos internos y el servicio nacional de aduanas, administradoras de fondos de pensiones, instituto de salud previsional, bancos y, en especial, el Banco del Estado de chile y la Corporación de Fomento de la Producción con las más amplias facultades, pudiendo presentar y suscribir todo tipo de peticiones, solicitudes, reclamaciones y realizar cualquier trámite, diligencia y gestión. Enviar, recibir y retirar toda clase de correspondencia, certificada o no, giros, faxes, paquetes postales, encomiendas y, en general cuanta especie, bien, pieza o artículo venga destinado a nombre de la sociedad. Celebrar contratos de confección de obra material mueble o inmueble, incluidos expresamente los contratos de construcción, por suma alzada, administración, serie de precios unitarios o de cualquier otra forma, al igual que su documentación anexa o complementaria y subcontratar; celebrar contratos de aprovisionamiento y suministros de materiales. Presentarse a toda clase de propuestas y registros de contratistas y firmar los documentos que se requieran al efecto. Celebrar contratos de movimientos de tierras, de instalación y/o confección de especialidades. Representar a la sociedad en cualquier tipo de licitaciones o propuestas, ya sean públicas o privadas, suscribiendo toda la documentación preliminar, anexa o complementaria que pueda requerirse. Suscribir documentos, solicitudes, cartas, contratos y convenios de cualquier tipo, cursar estados de pago, aceptar los reparos, observaciones o modificaciones que a estos estados de pago les formulen las personas naturales o jurídicas con quienes hubiere contratado la sociedad. Representar en juicios a la sociedad ante toda clase de Tribunales, ordinarios o especiales, con las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del código de procedimiento civil, esto es, desistirse en primera instancia de la demanda o acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos o a los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, aprobar convenios judiciales y extrajudiciales, percibir, otorga
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
ELECTRÓNICA SIELCOM PUERTAS DEL MAR LIMITADA
CVE 1326673
