Sociedad de Responsabilidad Limitada

Effort Progress Capacitacion Limitada

CONSTITUCIÓN — 9 ago 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-08-09Ver PDF (CVE 1253780)

Información societaria

Ltda
Iquique, Tarapacá
Duración: cinco años
Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a ambos socios en forma conjunta, separada o indistintamente.

Objeto social

La prestación de servicios de capacitación.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

EULOGIA MARIA ROJAS GALDOS

Socio

50%

MARCIA GENOVEVA MENA BELMAR

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

ABNER BERNABÉ POZA MATUS, Notario Público, Serrano N°191, Iquique; Certifico: Por escritura pública otorgada ante mi suplente Don DARÍO CHACÓN VICENTELO de la segunda Notaría de Iquique, con oficio en calle Serrano número ciento noventa y uno, Iquique, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de julio del año 2017, ante mí, Doña MARCIA GENOVEVA MENA BELMAR y doña EULOGIA MARIA ROJAS GALDOS, constituyeron, sociedad Comercial responsabilidad Limitada, razón social EFFORT PROGRESS CAPACITACION LIMITADA, pudiendo usar como nombre de fantasía PROGRESS CAPACITACION LTDA.- Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de capacitación. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: Uno) La socia EULOGIA MARIA ROJAS GALDOS, aporta la suma de quinientos mil pesos, que entera en este acto, al contado en dinero efectivo y que ingresan en caja social, aporte representativo del cincuenta por ciento del capital social; y Dos) La socia MARCIA GENOVEVA MENA BELMAR, aporta la suma de quinientos mil pesos, que entera en este acto, al contado en dinero efectivo y que ingresan en caja social, aporte representativo del cincuenta por ciento del capital social. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Comenzará a regir desde esta fecha y durará cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga. Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a ambos socios en forma conjunta, separada o indistintamente; de acuerdo a la forma establecida en cláusula pertinente. Escritura social extractada. Iquique 04 de agosto de 2017, Doy Fe.-

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