Sociedad de Responsabilidad Limitada

Editorial Pino Oregon Limitada

CONSTITUCIÓN — 29 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-29Ver PDF (CVE 1455339)

Información societaria

Ltda
Iquique, Tarapacá
Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social.
Administración: corresponderá a los socios HRVOJ BOGDAN OSTOJIC PERIC y MARÍA ANGÉLICA ARRIETA ASTORGA, individual, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura

Objeto social

por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la explotación del ramo editorial, gráfico e imprenta, digital o tradicional, sea adquiriendo derechos de autor, sea editando libros, folletos, revistas, diarios y periódicos y otras publicaciones por encargo de los autores o de terceros, sea intermediando entre estas personas y una o más imprentas, sea editando, diagramando y/o imprimiendo, en sus propias instalaciones; sea comprando y/o vendiendo libros de otras editoriales o de clientes directos; sea estudiando programas de publicidad y de propaganda y su puesta en marcha; y cualquier otro acto o negocio derivado, análogo, vinculado, conexo, coadyuvante o complementario de los anteriores, u otros que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$5.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

HRVOJ BOGDAN OSTOJIC PERIC

Socio

45%

MARÍA ANGÉLICA ARRIETA ASTORGA

Socio

45%

ALEJANDRA OSTOJIC ARRIETA

Socio

5%

ANDREJ KONSTANTIN OSTOJIC ARRIETA

Socio

5%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

MÓNICA ANDREA GÓMEZ PINO, abogado, Notario Público Suplente del Titular Carlos Ernesto Vila Molina, de la 4ta. Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch Nº525, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí: HRVOJ BOGDAN OSTOJIC PERIC, Barros Arana N° 1745, Iquique, por sí y en representación de ALEJANDRA OSTOJIC ARRIETA, Amapolas N° 1500, depto. 602, Providencia, Santiago, y de ANDREJ KONSTANTIN OSTOJIC ARRIETA, Antonio Varas N° 854, of.604, Temuco, y MARÍA ANGÉLICA ARRIETA ASTORGA, Barros Arana N° 1745, Iquique; constituyen sociedad responsabilidad limitada al monto de sus aportes. RAZÓN SOCIAL: EDITORIAL PINO OREGON LIMITADA. NOMBRES FANTASÍA: EDITORIAL PINO OREGON LTDA. y/o EDITORIAL PINO OREGON. OBJETO: por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la explotación del ramo editorial, gráfico e imprenta, digital o tradicional, sea adquiriendo derechos de autor, sea editando libros, folletos, revistas, diarios y periódicos y otras publicaciones por encargo de los autores o de terceros, sea intermediando entre estas personas y una o más imprentas, sea editando, diagramando y/o imprimiendo, en sus propias instalaciones; sea comprando y/o vendiendo libros de otras editoriales o de clientes directos; sea estudiando programas de publicidad y de propaganda y su puesta en marcha; y cualquier otro acto o negocio derivado, análogo, vinculado, conexo, coadyuvante o complementario de los anteriores, u otros que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN, USO RAZÓN SOCIAL Y USO NOMBRES FANTASÍA: corresponderá a los socios HRVOJ BOGDAN OSTOJIC PERIC y MARÍA ANGÉLICA ARRIETA ASTORGA, individual, separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. CAPITAL:$5.000.000, que socios aportan y pagan de la siguiente forma: i) HRVOJ BOGDAN OSTOJIC PERIC, $2.250.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo; ii) MARÍA ANGÉLICA ARRIETA ASTORGA, $2.250.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo; iii) ALEJANDRA OSTOJIC ARRIETA, $250.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo; y iv) ANDREJ KONSTANTIN OSTOJIC ARRIETA, $250.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la escritura, y se entenderá prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. IQUIQUE, 10 de Agosto de 2018.

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