Sociedad por Acciones

Drogueria Isomed SpA

CONSTITUCIÓN — 17 dic 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-12-17Ver PDF (CVE 1513366)

Información societaria

SpA
San Miguel, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas.

Objeto social

La comercialización y distribución, producción, importación y exportación de toda clase de productos de perfumería, cosmética dermatología y veterinarios, a sean tópicos u orales. Venta al por mayor o menor de artículos de droguería, perfumería y farmacia. Envasado, fraccionamiento y elaboración de productos y o alimentos naturales. Comercialización de alcoholes desnaturalizados o potables. La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

2000

Socios (1)

NombreParticipación

JUAN ALEJANDRO ZAPATA GUERRERO

Accionista

7.xxx.xxx-k

100%

Administradores (1)

JUAN ALEJANDRO ZAPATA GUERRERO

7.xxx.xxx-kAdministrador

Texto oficial del extracto

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico: Por escritura de fecha 3 de diciembre de 2018, repertorio Número 6110, otorgada ante mí, don JUAN ALEJANDRO ZAPATA GUERRERO, cédula nacional de identidad número siete millones doscientos cincuenta y ocho mil ochocientos sesenta y nueve guión k, domiciliado en Gran Avenida Número mil cuatrocientos cincuenta y tres, comuna de San Miguel, constituyó una sociedad por acciones en conformidad a las disposiciones de los estatutos sociales que se indican a continuación y, supletoriamente, por los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, introducidos por la ley veinte mil ciento noventa, ley dieciocho mil cuarenta y seis, sobre Sociedades Anónimas, Reglamento de Sociedades Anónimas y Código Civil. Nombre de la Sociedad. El nombre de la sociedad será DROGUERIA ISOMED SpA, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluidas las actuaciones ante bancos, el nombre de fantasía el de ISOMED CHILE. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) La comercialización y distribución, producción, importación y exportación de toda clase de productos de perfumería, cosmética dermatología y veterinarios, a sean tópicos u orales. b) Venta al por mayor o menor de artículos de droguería, perfumería y farmacia; c) Envasado, fraccionamiento y elaboración de productos y o alimentos naturales, d) Comercialización de alcoholes desnaturalizados o potables; e) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Domicilio. El domicilio de la sociedad es comuna de San Miguel, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país: Duración. La duración de la sociedad será indefinida. Capital Social. El capital de la sociedad asciende a la suma de dos millones de pesos, representado por dos mil acciones, ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes, y se suscriben y pagan en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio del presente estatuto. Limitación de Responsabilidad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración. La administración, la representación y el uso de la razón social de la sociedad, conforme lo autoriza el Artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio, corresponderá a uno o más administradores designados por la Junta de Accionistas, y durarán en sus cargos mientras la Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier momento, y podrá afectar a todos los administradores o sólo a uno o más de ellos. Artículo Primero Transitorio: Capital y Acciones. El capital de la sociedad, ascendente a la suma de dos millones de pesos, a que se refiere el Artículo Quinto de los estatutos, representado por dos mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, se suscriben y pagan en este acto por que el accionista constituyente, suscribe y paga en este acto la cantidad de dos mil acciones, equivalentes al cien por ciento del total de las acciones antes señaladas, esto es, la cantidad de dos millones de pesos, que ingresa en este acto a la caja social, en consecuencia, se declara íntegramente pagado el capital social.Artículo Segundo Transitorio: Administradores. Desde esta fecha y hasta que su nombramiento sea revocado por la Junta de Accionistas, la Sociedad será administrada por don JUAN ALEJANDRO ZAPATA GUERRERO, ya individualizado, quien actuando individualmente y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, tendrá la administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad con todas y cada una de las facultades referidas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos sociales permanentes de la Sociedad. San Miguel, 3 de diciembre de 2018.

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