Sociedad por Acciones

Dozamaqspa

CONSTITUCIÓN — 26 nov 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-11-26Ver PDF (CVE 1142099)

Información societaria

SpA
La Serena, Coquimbo

Objeto social

a) La compra, arriendo, venta o permuta sobre todo tipo de bienes muebles, ya sea para vender, arrendar o permutar estos mismos de igual forma como las compró, arrendó o permutó o de otra manera distinta, como sea la naturaleza del negocio o las exigencias del mercado según el corriente de plaza o al gusto, cuenta o medida del consumidor o destinatario de los bienes; b) La creación, adquisición y explotación de todo tipo de establecimientos de comercio y de todo giro en cualquier punto del país o en el extranjero; en especial aquella que verse sobre la reparación y mantención mecánica de todo tipo de vehículos, camiones y motocicletas, sin distinción de tipo, clase o marca, sean estos para el transporte de carga, de pasajeros o de uso particular, de maquinaria pesada para la construcción y agrícola como tolvas, carros, brazos mecánicos, tractores, entre otros; la compra y venta de repuestos para tales efectos de toda marca y modelo, sean estos originales o alternativos; el servicio de grúas para todo tipo de vehículos a cualquier destino del país; c) El arrendamiento de todo tipo de bienes muebles con ánimo de subarrendarlos; d) La creación y explotación de toda empresa que tenga por finalidad la fabricación, manufacturación, almacenaje, tiendas, bazares, como también aquellas que tengan por finalidad el transporte y/o fletamento de toda clase de bienes o mercaderías sea esta por mar, tierra o aire y a cualquier destino del país o en el extranjero; se incluyen además aquellas que tienen como finalidad el depósito de mercancías, provisiones o suministros de comercio y su despacho de todo tipo de bienes a cualquier destino; e) La creación de empresas que tengan por finalidad la construcción, remodelación, ampliación y demás operaciones afines sobre bienes inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, tanto en radio urbano o rural; f) La creación y explotación de espectáculos públicos como privados tanto artísticos, deportivos, culturales y en general los que tengan como finalidad la entretención, como teatros, cines, conciertos y sin distinción alguna; como asimismo la creación y explotación de restoranes, bares, cabaret, discotecas, clubes nocturnos, salas de fiestas y en general aquellos que tengan por finalidad la ingesta de todo tipo de alimentos y bebidas alcohólicas y analcohólicas, del modo que establece el ordenamiento jurídico y ceñido al control sanitario de rigor; la creación y explotación de hoteles, moteles, hospederías, pensiones, albergues y aquellas de análoga finalidad, con la limitación que cumplan con las normas generales de orden público y que no afecten la moral y las buenas costumbres del lugar en que se realice y sin perjuicio de las restricciones administrativas a que deba someterse la ejecución de la misma, tanto en Chile como en el extranjero; g) Aquellas que tengan por fin realizar todo tipo de operaciones sobre letras de cambio, pagarés y cheques, sobre documentos a la orden, cualesquiera que sean su causa y objeto y las personas que allí intervienen, y las remesas de dinero de una plaza a otra en virtud de un contrato de cambio y de conformidad a las normas vigentes sobre operaciones sobre letras de cambio, pagarés y cheques, h) La administración y gestión de todo tipo de actividades, servicios o negocios relacionados con el área mercantil, sean estos propios o ajenos, como asimismo la representación de empresas nacionales o internacionales, ya sea por mandato mercantil o netamente privado, sin distinción alguna; i) La prestación de toda clase de servicios materiales e inmateriales, profesionales o técnicos, la asesoría o consultoría de cualquier tipo a toda clase de personas, sean estas naturales o jurídicas, de derecho privado o público, con fines de lucro o sin él; j) Constituir y participar en toda clase de sociedades y cuentas en participación; k) Celebrar y ejecutar toda clase de mandatos mercantiles del modo que indica el artículo doscientos treinta y tres y siguientes del Código de Comercio, con todo tipo de personas, tanto en Chile como en el extranjero, como mandante o mandatario; l) Importar y exportar toda clase de bienes muebles o mercaderías, desde cualquier punto de La República en caso de las importaciones o a cualquiera otra nación del globo en caso de exportar, sin perjuicio da las normativas aduaneras y de control de comercio exterior establecidas por el Estado; m) Celebrar y ejecutar todo tipo de convenciones y contratos, ya sea para la realización del objeto social o para efectuar todo tipo de actos, tanto civiles como comerciales; n) En general, explotar todo tipo de giro comercial que puede ser efectuado en el territorio nacional y en el extranjero, sin distinción de clase o género, respetando el orden público general como económico, la moral y las buenas costumbres, sin perjuicio de la costumbre mercantil aplicable al o los negocios en qué verse el acto.

Capital

Capital total

$2.100.000

Capital pagado

$2.100.000

Capital pendiente

$0

Acciones

21

Socios (1)

NombreParticipación

Sergio Cristian Zamora Valenzuela

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

Rubén Reinoso Herrera, notario titular, cuarta notaría La Serena, Cordovez 405, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de noviembre de 2016, inscrita en el Registro de Instrumentos Públicos, Repertorio N° 7145-2016, otorgada ante mí: Sergio Cristian Zamora Valenzuela, chileno, 57 años de edad, casado bajo el régimen de separación de bienes, ingeniero, domiciliado en Pedro Pablo Muñoz número 350 Oficina E, La Serena, constituyó una sociedad por acciones. Nombre o Razón Social: “DOZAMAQSpA”. Objeto:a) La compra, arriendo, venta o permuta sobre todo tipo de bienes muebles, ya sea para vender, arrendar o permutar estos mismos de igual forma como las compró, arrendó o permutó o de otra manera distinta, como sea la naturaleza del negocio o las exigencias del mercado según el corriente de plaza o al gusto, cuenta o medida del consumidor o destinatario de los bienes; b) La creación, adquisición y explotación de todo tipo de establecimientos de comercio y de todo giro en cualquier punto del país o en el extranjero; en especial aquella que verse sobre la reparación y mantención mecánica de todo tipo de vehículos, camiones y motocicletas, sin distinción de tipo, clase o marca, sean estos para el transporte de carga, de pasajeros o de uso particular, de maquinaria pesada para la construcción y agrícola como tolvas, carros, brazos mecánicos, tractores, entre otros; la compra y venta de repuestos para tales efectos de toda marca y modelo, sean estos originales o alternativos; el servicio de grúas para todo tipo de vehículos a cualquier destino del país; c) El arrendamiento de todo tipo de bienes muebles con ánimo de subarrendarlos; d) La creación y explotación de toda empresa que tenga por finalidad la fabricación, manufacturación, almacenaje, tiendas, bazares, como también aquellas que tengan por finalidad el transporte y/o fletamento de toda clase de bienes o mercaderías sea esta por mar, tierra o aire y a cualquier destino del país o en el extranjero; se incluyen además aquellas que tienen como finalidad el depósito de mercancías, provisiones o suministros de comercio y su despacho de todo tipo de bienes a cualquier destino; e) La creación de empresas que tengan por finalidad la construcción, remodelación, ampliación y demás operaciones afines sobre bienes inmuebles, tanto en Chile como en el extranjero, tanto en radio urbano o rural; f) La creación y explotación de espectáculos públicos como privados tanto artísticos, deportivos, culturales y en general los que tengan como finalidad la entretención, como teatros, cines, conciertos y sin distinción alguna; como asimismo la creación y explotación de restoranes, bares, cabaret, discotecas, clubes nocturnos, salas de fiestas y en general aquellos que tengan por finalidad la ingesta de todo tipo de alimentos y bebidas alcohólicas y analcohólicas, del modo que establece el ordenamiento jurídico y ceñido al control sanitario de rigor; la creación y explotación de hoteles, moteles, hospederías, pensiones, albergues y aquellas de análoga finalidad, con la limitación que cumplan con las normas generales de orden público y que no afecten la moral y las buenas costumbres del lugar en que se realice y sin perjuicio de las restricciones administrativas a que deba someterse la ejecución de la misma, tanto en Chile como en el extranjero; g) Aquellas que tengan por fin realizar todo tipo de operaciones sobre letras de cambio, pagarés y cheques, sobre documentos a la orden, cualesquiera que sean su causa y objeto y las personas que allí intervienen, y las remesas de dinero de una plaza a otra en virtud de un contrato de cambio y de conformidad a las normas vigentes sobre operaciones sobre letras de cambio, pagarés y cheques, h) La administración y gestión de todo tipo de actividades, servicios o negocios relacionados con el área mercantil, sean estos propios o ajenos, como asimismo la representación de empresas nacionales o internacionales, ya sea por mandato mercantil o netamente privado, sin distinción alguna; i) La prestación de toda clase de servicios materiales e inmateriales, profesionales o técnicos, la asesoría o consultoría de cualquier tipo a toda clase de personas, sean estas naturales o jurídicas, de derecho privado o público, con fines de lucro o sin él; j) Constituir y participar en toda clase de sociedades y cuentas en participación; k) Celebrar y ejecutar toda clase de mandatos mercantiles del modo que indica el artículo doscientos treinta y tres y siguientes del Código de Comercio, con todo tipo de personas, tanto en Chile como en el extranjero, como mandante o mandatario; l) Importar y exportar toda clase de bienes muebles o mercaderías, desde cualquier punto de La República en caso de las importaciones o a cualquiera otra nación del globo en caso de exportar, sin perjuicio da las normativas aduaneras y de control de comercio exterior establecidas por el Estado; m) Celebrar y ejecutar todo tipo de convenciones y contratos, ya sea para la realización del objeto social o para efectuar todo tipo de actos, tanto civiles como comerciales; n) En general, explotar todo tipo de giro comercial que puede ser efectuado en el territorio nacional y en el extranjero, sin distinción de clase o género, respetando el orden público general como económico, la moral y las buenas costumbres, sin perjuicio de la costumbre mercantil aplicable al o los negocios en qué verse el acto..Capital:$2.100.000, dividido en 21 acciones, nominativas, de igual valor cada una, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: Sergio Cristian Zamora Valenzuela suscribe la cantidad de 21 acciones, equivalentes a $2.100.000, que se obliga a pagarlas en dinero efectivo en este acto. Demás estipulaciones escritura extractada. La Serena, 23 noviembre de 2016.

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