Sociedade de Responsabilidade Limitada

Domínguez Godoy Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 17 de jun. de 2021

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2021-06-17Ver PDF (CVE 1962112)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 10 años, renovable en la forma señalada en escritura extractada
Administração: Administración y representación judicial y extrajudicial conjunta por ambos socios

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de asesoría legal o jurídica, y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, ya sea por cuenta propia o terceros, lo que incluirá la representación judicial ante tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de la administración pública y privada. b) La prestación de servicios de consultoría contable, tributaria y administrativa; auditorías financieras, tributarias, administrativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento, capacitación, seminarios y charlas; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter comercial, económico, financiero y técnico, entre los cuales estará la realización de todo tipo de informes y estudios, tanto a nivel nacional como internacional. d) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y, la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. e) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$200.000

Capital integralizado

$200.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

FELIPE ARMANDO DOMÍNGUEZ CELIS

Socio

50%

DOMINGO ANDRÉS GODOY MEYER

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción 65, piso 2, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 2 de junio de 2021, ante mí, don FELIPE ARMANDO DOMÍNGUEZ CELIS, domiciliado en calle Parque N° 12.250, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; y don DOMINGO ANDRÉS GODOY MEYER, domiciliado en calle Las Clarisas N° 20, departamento 211, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: "DOMÍNGUEZ GODOY ABOGADOS LIMITADA" pudiendo utilizar la expresión abreviada de “DOMÍNGUEZ GODOY ABOGADOS LTDA.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de asesoría legal o jurídica, y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, ya sea por cuenta propia o terceros, lo que incluirá la representación judicial ante tribunales ordinarios, especiales, arbitrales y de cualquier otra naturaleza, y ante cualquier autoridad administrativa, fiscal, semifiscal, municipal, ministerial, servicios de la administración pública y privada. b) La prestación de servicios de consultoría contable, tributaria y administrativa; auditorías financieras, tributarias, administrativas y de gestión; diseño e implementación de sistemas de control interno; organizar y dictar cursos de adiestramiento, capacitación, seminarios y charlas; efectuar consultorías y tomar la representación de otras empresas de auditoría nacionales o extranjeras. c) La prestación de servicios de asesoría y consultoría de carácter comercial, económico, financiero y técnico, entre los cuales estará la realización de todo tipo de informes y estudios, tanto a nivel nacional como internacional. d) La inversión en todo tipo de bienes, ya sean raíces o muebles, corporales o incorporales, por cuenta propia o por cuenta ajena; y, la compra, venta, permuta, arrendamiento, adquisición o enajenación, a cualquier título, de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, como asimismo la explotación y administración de éstos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas. e) Todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con estos cometidos y todos los actos y contratos que los socios estimen convenientes o necesarios para la realización del objeto social y las demás actividades que los socios acuerden. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FELIPE ARMANDO DOMÍNGUEZ CELIS y a don DOMINGO ANDRÉS GODOY MEYER, actuando de manera conjunta, con facultades indicadas en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $200.000.-, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) Don Felipe Armando Domínguez Celis, aporta la suma de $100.000.-, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, los que entera en este acto, al contado en dinero efectivo, moneda de curso legal. B) Don Domingo Andrés Godoy Meyer, aporta la suma de $100.000.-, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, los que entera en este acto, al contado en dinero efectivo, moneda de curso legal. Duración: 10 años, renovable en la forma señalada en escritura extractada. Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de junio de 2021.

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