Sociedad de Responsabilidad Limitada

Delfín Hotelería y Turismo Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-16Ver PDF (CVE 1447015)

Información societaria

Ltda
Pichilemu, O'Higgins
Duración: 5 años a contar fecha escritura que extracto, renovable automática y sucesivamente por períodos de 10 años
Administración: Administración, representación y uso razón social corresponderá individualmente a Enrique Delgadillo Casillas. En caso de actos, contratos, operaciones, declaraciones y/o transacciones que obliguen a la sociedad y que su cuantía exceda la suma de $3.000.000, administración recaerá y corresponderá conjuntamente a Enrique Delgadillo Casillas y Philippe Kullmer Montesinos.

Objeto social

a) Los servicios integrales de Hospedaje, Hotelería, Cafetería y Restaurant; b) La sociedad podrá realizar la prestación de servicios de alojamiento, arriendo y subarriendo de cabañas, piezas, camping y similares, pudiendo realizar este giro en inmuebles propios o arrendados a terceros para tal efecto; c) Podrá realizar la explotación de establecimientos de expendio de Comestibles y Bebestibles: en este sentido la sociedad podrá establecer y explotar todo tipo de locales comerciales, que expendan, sirvan o produzcan alimentos de toda clase, ya sean bebestibles o comestibles; fríos o calientes; para consumir en el local o para llevar; la actividad se desarrollará en establecimientos tales como Restaurantes, Hoteles, Cafetería, Cabañas, Quioscos, locales de venta de café o bebidas de fantasía o alcohólicas, en todos los tipos y formas que se lo permita la patente comercial; d) Podrá efectuar eventos o banquetes a pedido de particulares, fuera o dentro de sus locales, pudiendo concurrir a efectuarlos al domicilio del solicitante, y en general cualquier otra actividad que esté relacionado con este giro; estas actividades la desarrollará en locales propios, arrendados, o prestados por particulares para ese efecto y en general la sociedad podrá explotar todo el rubro de los bebestibles y comestibles que existan en el presente o en el futuro, como objeto de esta sociedad, y e) En general la sociedad efectuará la realización de cualquier acto o contrato que las socios acuerden, que esté directa o indirectamente relacionado con la consecución de los fines sociales.

Capital

Capital total

$40.000.000

Capital pagado

$40.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

El Torito Restoran SpA

Socio

1%

Enrique Delgadillo Casillas

Socio

10%

Mariza Delgadillo Casillas

Socio

89%

Administradores (2)

Representación legal (1)

El Torito Restoran SpA

En representación de sociedad

Texto oficial del extracto

Juan Pablo Urzúa Ortiz de Rozas, Titular Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Notaria de Pichilemu, Daniel Ortúzar Nº 621, certifica: por escritura pública de fecha 31 de Julio de 2018, Repertorio N° 1137-2018, ante mí, El Torito Restoran SpA, Loreto Nº 51, Recoleta, Región Metropolitana, Enrique Delgadillo Casillas y Mariza Delgadillo Casillas, ambos Las Acacias Nº 1069, Pichilemu, Sexta Región, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “Delfín Hotelería Y Turismo Limitada”. Domicilio: ciudad de Pichilemu. Objeto: a) Los servicios integrales de Hospedaje, Hotelería, Cafetería y Restaurant; b) La sociedad podrá realizar la prestación de servicios de alojamiento, arriendo y subarriendo de cabañas, piezas, camping y similares, pudiendo realizar este giro en inmuebles propios o arrendados a terceros para tal efecto; c) Podrá realizar la explotación de establecimientos de expendio de Comestibles y Bebestibles: en este sentido la sociedad podrá establecer y explotar todo tipo de locales comerciales, que expendan, sirvan o produzcan alimentos de toda clase, ya sean bebestibles o comestibles; fríos o calientes; para consumir en el local o para llevar; la actividad se desarrollará en establecimientos tales como Restaurantes, Hoteles, Cafetería, Cabañas, Quioscos, locales de venta de café o bebidas de fantasía o alcohólicas, en todos los tipos y formas que se lo permita la patente comercial; d) Podrá efectuar eventos o banquetes a pedido de particulares, fuera o dentro de sus locales, pudiendo concurrir a efectuarlos al domicilio del solicitante, y en general cualquier otra actividad que esté relacionado con este giro; estas actividades la desarrollará en locales propios, arrendados, o prestados por particulares para ese efecto y en general la sociedad podrá explotar todo el rubro de los bebestibles y comestibles que existan en el presente o en el futuro, como objeto de esta sociedad, y e) En general la sociedad efectuará la realización de cualquier acto o contrato que las socios acuerden, que esté directa o indirectamente relacionado con la consecución de los fines sociales.. Capital: $40.000.000 que se entera y paga por socios, siguiente forma: a) El Torito Restoran SpA $400.000, equivalentes al 1% de los derechos sociales, que paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; b) Enrique Delgadillo Casillas $4.000.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales, que paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, ya ingresado en caja social; y, c) Mariza Delgadillo Casillas $35.600.000, equivalentes al 89% de los derechos sociales, mediante aporte en dominio pleno inmueble que se individualiza en escritura que extracto y que socios común acuerdo avalúan en dicha suma. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes. Administración, representación y uso razón social: corresponderá individualmente a Enrique Delgadillo Casillas. En caso de actos, contratos, operaciones, declaraciones y/o transacciones que obliguen a la sociedad y que su cuantía exceda la suma de $3.000.000, administración recaerá y corresponderá conjuntamente a Enrique Delgadillo Casillas y Philippe Kullmer Montesinos. Duración: 5 años a contar fecha escritura que extracto, renovable automática y sucesivamente por períodos de 10 años, forma establecida en mismo instrumento. Quiebra, insolvencia y/o fallecimiento socios: no pondrá término sociedad, la que continuará con los sucesores legales, según sea el caso, quienes deberán designar un mandatario común. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Pichilemu, 31 de Julio de 2018.

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