De Ángel SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La comercialización, compra, venta, distribución, importación, exportación, fabricación, elaboración, transformación, fraccionamiento, envasado, reenvasado, maquila, almacenamiento y transporte, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, sean materias primas, productos elaborados o semielaborados, y en especial, pero no de manera exclusiva, de sales de todo tipo, incluyendo sal común, sal marina, sal industrial y sales destinadas al consumo humano, alimentario o nutricional, en cualquiera de sus presentaciones, formatos o calidades, incluyendo especialmente sales provenientes del Desierto de Atacama, cualquiera sea su origen natural, proceso de obtención, tratamiento o acondicionamiento posterior; b) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar, encargar o subcontratar procesos productivos, prestar y recibir servicios de maquila, procesamiento, logística, envasado, etiquetado, control de calidad y certificación, cumpliendo en todo caso con la normativa sanitaria, alimentaria, ambiental, minera -cuando corresponda- y de comercio exterior vigente en Chile, así como con las autorizaciones sectoriales que resulten aplicables; c) La realización de inversiones de todo tipo, por cuenta propia o de terceros, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes, derechos y activos, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo, entre otros, acciones, derechos sociales, cuotas de fondos, bonos, instrumentos de deuda, valores mobiliarios en general, instrumentos financieros, derivados, efectos de comercio, créditos, derechos personales o reales, así como participaciones en sociedades, comunidades, asociaciones, fondos de inversión públicos o privados, fondos mutuos u otras entidades de cualquier naturaleza jurídica; d) Asimismo, la sociedad podrá constituir, adquirir, enajenar, administrar, explotar y disponer de toda clase de inversiones, financieras, inmobiliarias, comerciales, industriales, agrícolas, mineras, energéticas, tecnológicas o de servicios, participar en la constitución, reorganización, fusión, división, transformación, asociación, joint venture o disolución de sociedades o negocios, asumir la calidad de socia, accionista, inversionista, controladora o minoritaria, y ejercer todos los derechos inherentes a dichas calidades, para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá financiar o refinanciar inversiones propias o de terceros, otorgar y recibir préstamos, créditos, mutuos, con o sin garantía, constituir, otorgar y aceptar garantías reales o personales, invertir en activos alternativos, y celebrar toda clase de actos y contratos civiles, comerciales y financieros, sean nominados o innominados, sin más limitaciones que las establecidas por la ley; e) La sociedad podrá además administrar inversiones propias, prestar servicios de gestión, administración, estructuración y asesoría de inversiones a sociedades relacionadas, sin captar recursos del público, y adquirir, arrendar, administrar y enajenar bienes inmuebles, urbanos o rurales; y, en general, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean directa o indirectamente conducentes, necesarios o complementarios para el desarrollo de su objeto social, aun cuando no se encuentren expresamente mencionados en el presente artículo, siempre que no se trate de actividades reservadas por la ley a entidades especialmente reguladas.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Accionista 76.048.174-2 | 76.048.174-2 | - | - |
Accionista 76.748.902-1 | 76.748.902-1 | - | - |
Administrateurs (2)
PEDRO FRANCISCO BASTIDAS LEIVA
Représentation légale (2)
PEDRO FRANCISCO BASTIDAS LEIVA
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa Nº 201, local 101, certifico: Por escritura pública de fecha 29 de Julio de 2026, Rep. 5.151 - 2.026, ante mí, don PEDRO FRANCISCO BASTIDAS LEIVA, chileno, soltero, ingeniero civil, cédula nacional de identidad Nº 12.659.582-4, en representación de la sociedad LA FUERZA PRODUCCIONES SpA, sociedad del giro de publicidad y medios, Rol Único Tributario Nº 76.048.174-2, ambos domiciliados Avenida Libertador Bernardo O'Higgins Nº 980, oficina Nº 1.201, comuna y ciudad de Santiago; y don LEONARDO RENÉ ROSAS DÍAZ, chileno, ingeniero comercial, divorciado, cédula nacional de identidad Nº 8.681.144-8, en representación de la sociedad PUERTO CORRAL SpA, sociedad del giro inversiones, Rol Único Tributario Nº 76.748.902-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Aguas Claras Nº 860, casa Nº 4, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; constituyeron una sociedad por acciones, cuyo nombre es "DE ÁNGEL SpA". Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La comercialización, compra, venta, distribución, importación, exportación, fabricación, elaboración, transformación, fraccionamiento, envasado, reenvasado, maquila, almacenamiento y transporte, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, sean materias primas, productos elaborados o semielaborados, y en especial, pero no de manera exclusiva, de sales de todo tipo, incluyendo sal común, sal marina, sal industrial y sales destinadas al consumo humano, alimentario o nutricional, en cualquiera de sus presentaciones, formatos o calidades, incluyendo especialmente sales provenientes del Desierto de Atacama, cualquiera sea su origen natural, proceso de obtención, tratamiento o acondicionamiento posterior; b) Asimismo, la sociedad podrá desarrollar, encargar o subcontratar procesos productivos, prestar y recibir servicios de maquila, procesamiento, logística, envasado, etiquetado, control de calidad y certificación, cumpliendo en todo caso con la normativa sanitaria, alimentaria, ambiental, minera -cuando corresponda- y de comercio exterior vigente en Chile, así como con las autorizaciones sectoriales que resulten aplicables; c) La realización de inversiones de todo tipo, por cuenta propia o de terceros, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes, derechos y activos, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo, entre otros, acciones, derechos sociales, cuotas de fondos, bonos, instrumentos de deuda, valores mobiliarios en general, instrumentos financieros, derivados, efectos de comercio, créditos, derechos personales o reales, así como participaciones en sociedades, comunidades, asociaciones, fondos de inversión públicos o privados, fondos mutuos u otras entidades de cualquier naturaleza jurídica; d) Asimismo, la sociedad podrá constituir, adquirir, enajenar, administrar, explotar y disponer de toda clase de inversiones, financieras, inmobiliarias, comerciales, industriales, agrícolas, mineras, energéticas, tecnológicas o de servicios, participar en la constitución, reorganización, fusión, división, transformación, asociación, joint venture o disolución de sociedades o negocios, asumir la calidad de socia, accionista, inversionista, controladora o minoritaria, y ejercer todos los derechos inherentes a dichas calidades, para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá financiar o refinanciar inversiones propias o de terceros, otorgar y recibir préstamos, créditos, mutuos, con o sin garantía, constituir, otorgar y aceptar garantías reales o personales, invertir en activos alternativos, y celebrar toda clase de actos y contratos civiles, comerciales y financieros, sean nominados o innominados, sin más limitaciones que las establecidas por la ley; e) La sociedad podrá además administrar inversiones propias, prestar servicios de gestión, administración, estructuración y asesoría de inversiones a sociedades relacionadas, sin captar recursos del público, y adquirir, arrendar, administrar y enajenar bienes inmuebles, urbanos o rurales; y, en general, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean directa o indirectamente conducentes, necesarios o complementarios para el desarrollo de su objeto social, aun cuando no se encuentren expresamente mencionados en el presente artículo, siempre que no se trate de actividades reservadas por la ley a entidades especialmente reguladas. Capital: $1.000.000 y se encuentra dividido en 1.000.000 de acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de la escritura extractada. Domicilio: Santiago. Duración. Indefinida. Administración: La administración de la sociedad, y el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a uno o más gerentes o administradores designados por los accionistas reunidos en Junta, o bien, mediante escritura pública donde concurran accionistas que representen la totalidad de las acciones emitidas. En el artículo segundo transitorio de la escritura extractada se designó como administradores a don PEDRO FRANCISCO BASTIDAS LEIVA y a don LEONARDO RENÉ ROSAS DÍAZ, quienes, actuando de manera conjunta representarán a la sociedad con todas las facultades indicadas en el artículo noveno de los Estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 03 de agosto de 2026.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
DE ÁNGEL SpA
CVE 2850045
