Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Cristian Marcelo Perez Nilo Jr Networks Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 jul 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-07-03Ver PDF (CVE 1424465)

Información societaria

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años, contados desde esta fecha, renovable tácita y sucesivamente períodos iguales, manera expresada escritura social
Administración: Administración, representación y uso de la razón corresponde al constituyente con las más amplias facultades.

Objeto social

la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la ingeniería en telecomunicaciones, y sin que el siguiente orden sea taxativo, la sociedad podrá dedicarse a realizar asesorías, consultorías y creación de empresas; integrar y proyectar los principios de la ingeniería para plantear soluciones a problemas del ámbito tecnológico; planificar, proyectar, diseñar y calcular sistemas, redes y servicios de generación, transmisión, detección y manejo y gestión de la información. Dirigir, organizar y explotar servicios de telecomunicaciones; ejecutar, supervisar y evaluar proyectos relacionados con el área de las telecomunicaciones; dirigir departamentos de redes de transmisión de datos y sistemas de telecomunicaciones; así como empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones tanto públicas como privadas. Del mismo modo la sociedad podrá dirigir proyectos y construcción de equipos electrónicos analógicos y/o digitales; así liderar investigación y de proyectos de construcción de sistemas de Telecomunicaciones y de redes de datos. Dirigir y asesorar todo tipo de industrias que utilicen sistemas electrónicos de comunicaciones. Así como la prestación y realización de todo tipo de asesorías, consultorías, planificaciones, estudios, informes, evaluaciones, desarrollos y tasaciones en materia de ingeniería en telecomunicación, sean estos proyectos privados o públicos. Podrá también la empresa, atendido su objeto social, el armar, reparar y transportar equipos electrónicos. Con el objeto de dar cumplimiento a los fines sociales la empresa podrá perseverar, además, en la adquisición y enajenación de bienes raíces, pudiendo comprar, vender y arrendar, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma, disponer de su administración y percepción de sus frutos. Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; la sociedad podrá también dedicarse a la compra y venta, arriendo y consignación de cualquier clase de vehículos motorizados, maquinarias, etcétera, cuando la celebración de estos actos sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; y en general para el cumplimiento y buen funcionamiento de su objeto social la empresa podrá celebrar toda clase de los actos y/o contratos y/o negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, cuando estos negocios y actividades se relacionen directa o indirectamente con el giro antes mencionado, y la prestación de servicios en general y cualquier otro objeto que en el futuro; y en general para el cumplimiento y buen funcionamiento de su objeto social la empresa podrá celebrar toda clase de los actos y/o contratos y/o negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, cuando estos negocios y actividades se relacionen directa o indirectamente con el giro antes mencionado.

Capital

Capital total

$2.500.000

Capital pagado

$500.000

Capital pendiente

$2.000.000

Socios (1)

NombreParticipación

CRISTIAN MARCELO PEREZ NILO

Titular

14.xxx.xxx-3

-

Administradores (1)

CRISTIAN MARCELO PEREZ NILO

14.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial del extracto

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Segunda Notaría Santiago, Amunátegui número setenta y tres, certifico: por escritura ante mí, de fecha 05 junio 2018, don CRISTIAN MARCELO PEREZ NILO, chileno, ingeniero de transmisión, casado, separado totalmente de bienes, de treinta y ocho años de edad, cédula de identidad catorce millones quinientos ocho mil novecientos noventa y uno guion tres, domiciliado en pasaje Vermeer número dos mil treinta y uno, comuna de Maipú, Santiago, constituye empresa comercial individual de responsabilidad limitada. Nombre: "CRISTIAN MARCELO PEREZ NILO JR NETWORKS EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", nombre fantasía “JR NETWORKS E.I.R.L.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias, oficinas o sucursales dentro o fuera del país.- Capital: $2.500.000, los que el constituyente aporta y enterará de la siguiente forma, $500.000, dinero efectivo, este acto; saldo mediante aporte en dominio del furgón, marca Fiat, modelo UNO cargo uno punto dos, inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados con el número GTFP cuarenta y cinco guion nueve, avaluado este acto por el constituyente en $2.000.000. Objeto: la prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la ingeniería en telecomunicaciones, y sin que el siguiente orden sea taxativo, la sociedad podrá dedicarse a realizar asesorías, consultorías y creación de empresas; integrar y proyectar los principios de la ingeniería para plantear soluciones a problemas del ámbito tecnológico; planificar, proyectar, diseñar y calcular sistemas, redes y servicios de generación, transmisión, detección y manejo y gestión de la información. Dirigir, organizar y explotar servicios de telecomunicaciones; ejecutar, supervisar y evaluar proyectos relacionados con el área de las telecomunicaciones; dirigir departamentos de redes de transmisión de datos y sistemas de telecomunicaciones; así como empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones tanto públicas como privadas. Del mismo modo la sociedad podrá dirigir proyectos y construcción de equipos electrónicos analógicos y/o digitales; así liderar investigación y de proyectos de construcción de sistemas de Telecomunicaciones y de redes de datos. Dirigir y asesorar todo tipo de industrias que utilicen sistemas electrónicos de comunicaciones. Así como la prestación y realización de todo tipo de asesorías, consultorías, planificaciones, estudios, informes, evaluaciones, desarrollos y tasaciones en materia de ingeniería en telecomunicación, sean estos proyectos privados o públicos. Podrá también la empresa, atendido su objeto social, el armar, reparar y transportar equipos electrónicos. Con el objeto de dar cumplimiento a los fines sociales la empresa podrá perseverar, además, en la adquisición y enajenación de bienes raíces, pudiendo comprar, vender y arrendar, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma, disponer de su administración y percepción de sus frutos. Invertir en bienes muebles, corporales o incorporales, de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos; la sociedad podrá también dedicarse a la compra y venta, arriendo y consignación de cualquier clase de vehículos motorizados, maquinarias, etcétera, cuando la celebración de estos actos sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; y en general para el cumplimiento y buen funcionamiento de su objeto social la empresa podrá celebrar toda clase de los actos y/o contratos y/o negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, cuando estos negocios y actividades se relacionen directa o indirectamente con el giro antes mencionado, y la prestación de servicios en general y cualquier otro objeto que en el futuro; y en general para el cumplimiento y buen funcionamiento de su objeto social la empresa podrá celebrar toda clase de los actos y/o contratos y/o negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, cuando estos negocios y actividades se relacionen directa o indirectamente con el giro antes mencionado.- Duración: cinco años, contados desde esta fecha, renovable tácita y sucesivamente períodos iguales, manera expresada escritura social. Administración, representación y uso de la razón corresponde al constituyente don CRISTIAN MARCELO PEREZ NILO, con las más amplias facultades. Responsabilidad socio constituyente queda limitada pago su aporte.- Demás cláusulas escritura extractada. Santiago, 08 junio 2018.

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