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Cooperativa

Cooperativa Pesquera Atacama Mar Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 ago 2026

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2026-08-06Ver PDF (CVE 2850614)

Información societaria

Cooperativa
Avenida Zuiderster N°1010
Duración: indefinida

Objeto social

Dedicarse a todas las actividades relacionadas con captura, procesamiento, manipulación, comercialización, exportación e importación de productos del mar, incluyendo la investigación, evaluación, planificación, prospección, explotación, experimentación y desarrollo de recursos pesqueros en general, respecto de toda clase de seres u organismos que tengan en el agua su medio normal de vida; la pesca marítima, lacustre y fluvial de toda clase de seres u organismos y en especial pescados, krill, mariscos y algas, con embarcaciones y útiles propios o ajenos; la adquisición de toda clase de embarcaciones destinadas a la pesca y su aprovechamiento a cualquier título; la utilización de las embarcaciones propias en la pesca para otras empresas; la adquisición, instalación y explotación, a cualquier título, de plantas y maquinarias para la industrialización, elaboración y preparación de los productos del mar y sus subproductos y derivados, especialmente productos en estado fresco, secos, congelados, refrigerados, salados, ahumados, deshidratados, en conserva, harina y aceite de pescado y de otros seres u organismos; la venta, transporte, comercialización y distribución de los productos de la propia industria, tanto en el país como en el extranjero; la instalación y explotación de muelles, viveros, centros de cultivo y de toda obra relacionada con la industria pesquera y conservera; la obtención de concesiones fiscales, marítimas y municipales destinadas al desarrollo del objeto social; la explotación del transporte marítimo en todas sus formas, y los demás negocios relacionados con los objetivos indicados. La extracción y pesca de seres u organismos que tengan en el agua su tedio normal de vida; la elaboración, transformación y comercialización de dichos seres; la compraventa de productos del mar y la comercialización de ellos, ya sea en los mercados nacionales o extranjeros; las consignaciones de los mismos, y el desempeño de agencias comerciales; la compraventa de buques pesqueros u otros, y su explotación comercial, ya sea a través de su arrendamiento o en cualquier otra forma; el comercio de toda clase de mercaderías ya sea de importación o de exportación, distribución en el mercado nacional, representaciones o agencias; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Acciones

1000

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior Por escritura pública, de fecha 31 de Julio de 2026, Repertorio N°461-2026, ante mí, CAROLINA MORENO JASHES, Abogado, Notaria Pública Titular, con domicilio en calle Edwards N° 450 de Caldera, certifica que compareció: Don VICTOR HUGO NUÑEZ ARANCIBIA, Cédula Nacional de Identidad número doce millones novecientos treinta y nueve mil doscientos noventa guion ocho, y don PABLO ANDRÉS ARACENA ROMERO, Cédula Nacional de Identidad número diecisiete millones seiscientos cinco mil trescientos veintiséis guion siete, quienes debidamente facultados redujeron a escritura pública el acta de constitución de la “COOPERATIVA PESQUERA ATACAMA MAR LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía será: “ATACAMA MAR LIMITADA”, junta constitutiva que se realizó el 01 de Julio del año 2026, conformada por 10 socios y socias que concurrieron a la constitución. La Cooperativa está domiciliada en Avenida Zuiderster N°1010, Comuna de Caldera, región de Atacama, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Tendrá una duración indefinida. La cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse El objeto de la sociedad será dedicarse a todas las actividades relacionadas con captura, procesamiento, manipulación, comercialización, exportación e importación de productos del mar, incluyendo la investigación, evaluación, planificación, prospección, explotación, experimentación y desarrollo de recursos pesqueros en general, respecto de toda clase de seres u organismos que tengan en el agua su medio normal de vida; la pesca marítima, lacustre y fluvial de toda clase de seres u organismos y en especial pescados, krill, mariscos y algas, con embarcaciones y útiles propios o ajenos; la adquisición de toda clase de embarcaciones destinadas a la pesca y su aprovechamiento a cualquier título; la utilización de las embarcaciones propias en la pesca para otras empresas; la adquisición, instalación y explotación, a cualquier título, de plantas y maquinarias para la industrialización, elaboración y preparación de los productos del mar y sus subproductos y derivados, especialmente productos en estado fresco, secos, congelados, refrigerados, salados, ahumados, deshidratados, en conserva, harina y aceite de pescado y de otros seres u organismos; la venta, transporte, comercialización y distribución de los productos de la propia industria, tanto en el país como en el extranjero; la instalación y explotación de muelles, viveros, centros de cultivo y de toda obra relacionada con la industria pesquera y conservera; la obtención de concesiones fiscales, marítimas y municipales destinadas al desarrollo del objeto social; la explotación del transporte marítimo en todas sus formas, y los demás negocios relacionados con los objetivos indicados. La extracción y pesca de seres u organismos que tengan en el agua su tedio normal de vida; la elaboración, transformación y comercialización de dichos seres; la compraventa de productos del mar y la comercialización de ellos, ya sea en los mercados nacionales o extranjeros; las consignaciones de los mismos, y el desempeño de agencias comerciales; la compraventa de buques pesqueros u otros, y su explotación comercial, ya sea a través de su arrendamiento o en cualquier otra forma; el comercio de toda clase de mercaderías ya sea de importación o de exportación, distribución en el mercado nacional, representaciones o agencias; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. El capital suscrito y pagado es de 10.000.000 pesos, dividido en 1.000 cuotas de participación, de un valor inicial de 10.000 pesos cada una. Demás estipulaciones en escritura extractada. Caldera, 04 de Agosto de 2026.

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Relaciones societarias

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