Cooperativa

Cooperativa Para La Comercializacion De Leña Certificada Y Productos Derivados Limitada

CONSTITUCIÓN — 17 dic 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-12-17Ver PDF (CVE 1151777)

Información societaria

Cooperativa
Concepción, Biobío
Duración: indefinida

Objeto social

La Cooperativa tiene como objetos específicos la Comercialización sea en compra o en venta de leña, trozos aserrables, madera, aserrada trozos pulpables, astillas, bosques en pie; y en general cualquier otro objeto que los socios acuerden. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas.

Capital

Capital total

$100.000

Capital pagado

$100.000

Capital pendiente

$0

Acciones

2

Texto oficial del extracto

MARLENE LORENA CONTRERAS SOTO, Oficial Primero, notario público suplente del titular de la Segunda Notaría de Coronel don René Marcelo Arriagada Basaur, con oficio en calle Cochrane n° 130, 2° piso, Coronel, certifico: que, por escritura pública otorgada ante mí, se redujo el acta de la junta general constitutiva de la Cooperativa para la comercialización de leña certificada y productos derivados Limitada, también Coolecert.- Nombre o razón social: COOPERATIVA PARA LA COMERCIALIZACION DE LEÑA CERTIFICADA Y PRODUCTOS DERIVADOS LIMITADA, TAMBIÉN COOLECERT.- Nombre de fantasía: COOLECERT.- Domicilio: Coronel, provincia de Concepción, región del Bio Bio, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración: indefinida.- Objeto: La Cooperativa tiene como objetos específicos la Comercialización sea en compra o en venta de leña, trozos aserrables, madera, aserrada trozos pulpables, astillas, bosques en pie; y en general cualquier otro objeto que los socios acuerden. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Capital: El Capital inicial suscrito y pagado es de $100.000, dividido en 2 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $50.000 cada una. Los socios de posterior ingreso deberán suscribir y pagar el número mínimo de Cuotas de capital cuyo valor fijará anualmente la Junta General que debe realizarse obligatoriamente dentro del primer cuatrimestre de cada año, El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija el Estatuto. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Coronel 15 de diciembre de 2016.-

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Relaciones societarias

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