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Cooperativa De Trabajo Aymara Pacha Ltda.

CONSTITUCIÓN — 2021年10月9日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2021-10-09查看 PDF(CVE 2023455)

公司資料

Cooperativa
calle Idelfonso Marcial Rivera número seiscientos noventa

公司目的

La cooperativa tiene como objetos específicos: a) Producir o transformar bienes o prestar servicios de capacitación y difusión a terceros principalmente sobre la cultura, principios, educación y medicina Aymara, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. b) La realización tanto con sus socios y socias como con terceros, de todas las operaciones que la Ley General de Cooperativas y su Reglamento permita a las Cooperativas de Trabajo. c) La difusión y protección de la cultura de los pueblos originarios de nuestro país. d) Promover los principios y valores del cooperativismo entre sus socias y socios. e) Propender al bienestar personal y económico de sus socias y socios. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas.

資本

總資本

$2.000.000

法定代理(8)

MARIA JOSE ROJAS ERBETTA

13.xxx.xxx-9代表 Claudia Marcela Vera Pedreros16.xxx.xxx-k

MARIA JOSE ROJAS ERBETTA

13.xxx.xxx-9代表 Elizabeth Paola Ramos López17.xxx.xxx-6

MARIA JOSE ROJAS ERBETTA

13.xxx.xxx-9代表 Marlenne Uberlinda Gallardo Ávila9.xxx.xxx-3

MARIA JOSE ROJAS ERBETTA

13.xxx.xxx-9代表 Rosa Alejandra Cabrera Huacte15.xxx.xxx-3

MARIA JOSE ROJAS ERBETTA

13.xxx.xxx-9代表 Luis Alberto Navarro Rojas15.xxx.xxx-7

MARIA JOSE ROJAS ERBETTA

13.xxx.xxx-9代表 Gervasio Israel Herrera Gallardo19.xxx.xxx-3

MARIA JOSE ROJAS ERBETTA

13.xxx.xxx-9代表 Desiree Maylen Herrera Gallardo15.xxx.xxx-k

摘要官方正文

OSVALDO RODRIGO MANTHEY PINTO, Abogado, Notario Público de la Primera Notaria de La Serena, Suplente del Titular don Pedro Felipe Villarino Krumm, con oficio en esta ciudad calle Los Carrera Nº 521, certifico: por escritura pública fecha 29 de Septiembre 2021, Repertorio 553 ante don Pedro Felipe Villarino Krumm, doña MARIA JOSE ROJAS ERBETTA, chilena, abogada, soltera, cédula nacional de identidad número trece millones cuatrocientos siete mil cuatrocientos ochenta guion nueve, domiciliada en calle Idelfonso Marcial Rivera número seiscientos noventa de la comuna y ciudad de La Serena en representación de Irma Marlen Saquez Surco, C.I 16.225.723-4, Claudia Marcela Vera Pedreros, C.I 16.865.944-K, Elizabeth Paola Ramos López, C.I 17.625.231-6, Marlenne Uberlinda Gallardo Ávila, C.I 9.791.704-3, Rosa Alejandra Cabrera Huacte, C.I 15.022.342-3, Luis Alberto Navarro Rojas, C.I 15.424.925-7, Gervasio Israel Herrera Gallardo, C.I 19.493.639-3, Desiree Maylen Herrera Gallardo, C.I 15.979.380-k, por mandato especial otorgado en el artículo tercero transitorio de los estatutos de la COOPERATIVA DE TRABAJO AYMARA PACHA LTDA., reducidos a escritura pública con fecha dieciséis de agosto de dos mil veintiuno ante don Oscar Soto Hernández, notario suplente del interino, viene en sanear dicha escritura en cuanto a complementar el objeto social el cual señalaba OBJETO: a) Producir o transformar bienes o prestar servicios a terceros, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. b) La realización tanto con sus socios y socias como con terceros, de todas las operaciones que la Ley General de Cooperativas y su Reglamento permita a las Cooperativas de Trabajo, c) La difusión y protección de la cultura de los pueblos originarios de nuestro país, d) Promover los principios y valores del cooperativismo entre sus socias y socios, e) Propender al bienestar personal y económico de sus socias y socios. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Debiendo señalar OBJETO SOCIAL: La cooperativa tiene como objetos específicos: a) Producir o transformar bienes o prestar servicios de capacitación y difusión a terceros principalmente sobre la cultura, principios, educación y medicina Aymara, mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución debe fijarse de acuerdo a la labor realizada por cada cual. b) La realización tanto con sus socios y socias como con terceros, de todas las operaciones que la Ley General de Cooperativas y su Reglamento permita a las Cooperativas de Trabajo. c) La difusión y protección de la cultura de los pueblos originarios de nuestro país. d) Promover los principios y valores del cooperativismo entre sus socias y socios. e) Propender al bienestar personal y económico de sus socias y socios. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas”. Capital: $2.000.000.- En lo demás quedan vigentes las cláusulas del estatuto de la cooperativa. La Serena, 06 de Octubre de 2021.

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