Cooperativa

Cooperativa De Buzos Pescadores Artesanales Y Armadores Los Luchadores Limitada

CONSTITUCIÓN — 2 mar 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-03-02Ver PDF (CVE 1361097)

Información societaria

Cooperativa
Los Muermos, Los Lagos
Duración: indefinida

Objeto social

La cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la explotación de áreas de manejo, mediante el cultivo, extracción, producción, compra, venta, distribución, comercialización, transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la explotación de productos del mar, la exportación de sus productos o servicios; desarrollo y fomento productivo; cuidado y protección del medio ambiente y la construcción, compra, venta de naves menores. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el cumplimiento de sus objetivos la cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualquiera de las actividades indicadas en el extracto.

Capital

Capital total

$50.000

Capital pagado

$50.000

Capital pendiente

$0

Acciones

5

Texto oficial del extracto

CLAUDIA LORENA BRAHM BAHAMONDE, abogado, Notario Público Titular de Los Muermos, Antonio Varas 103, CERTIFICO: Por escritura pública, Repertorio N°139-2018, hoy ante mí, MIRSON SEBASTIÁN NAVARRO CÁRCAMO, chileno, soltero, buzo, Céd. Id. N°17.861.568-8, Chanhué s Maullín, de paso en ésta, redujo a escritura pública el “ACTA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA COOPERATIVA DE BUZOS PESCADORES ARTESANALES Y ARMADORES LOS LUCHADORES LIMITADA, celebrada en esta ciudad con fecha 20 de febrero del presente año con 5 miembros o asociados, Cooperativa que se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. DOMICILIO: Comuna Los Muermos, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. DURACIÓN: indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. OBJETO: La cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la explotación de áreas de manejo, mediante el cultivo, extracción, producción, compra, venta, distribución, comercialización, transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la explotación de productos del mar, la exportación de sus productos o servicios; desarrollo y fomento productivo; cuidado y protección del medio ambiente y la construcción, compra, venta de naves menores.- La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el cumplimiento de sus objetivos la cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Solicitar y explotar áreas de manejo, a cualquier título, y en especial áreas de manejo de algas y de todo otro recurso bentónico. b) Proporcionar a los socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquier otro título, al contado o a plazo, repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades. c) Estimular la unidad y cohesión de los socios para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua. d) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios. e) Fomentar el empleo de modernas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales. f) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus socios como a terceros. g) Incorporar a la Cooperativa la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados. h) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo. i) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de los socios. j) Adquirir para sí o para distribuir entre sus socios los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas. k) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus socios y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo; l) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a los asociados y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; m) Propender a la integración del joven y la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socio-culturales, etc.; n) Contratar créditos con entidades tanto privadas, cooperativas como públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo de las faenas pesqueras. Para poder desarrollar el objetivo recién señalado, no siendo esta una Cooperativa de Ahorro y Crédito, se dará cumplimiento con la normativa que dicte el Departamento de Cooperativa para tal efecto; o) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; p) Establecer cualquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus asociados y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de estos; q) En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar el servicio y beneficio a los socios y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $50.000, dividido en 5 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $10.000.- cada una. Los socios de posterior ingreso deberán suscribir y pagar el número mínimo de una Cuota de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria de Socios que se pronunció sobre el balance al treinta y uno de diciembre del año inmediatamente anterior. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Los Muermos, 21 de Febrero de 2018.

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