Cooperativa de Ahorro y Crédito de Educadores Manuel Montt Ltda.
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Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría de Santiago, Amunategui 73, certifico que con fecha 30 de Enero de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Asamblea General de Socios, celebrada con fecha 23 de junio de 2018, de Cooperativa de Ahorro y Crédito de Educadores Manuel Montt Ltda., y/o Credumontt Ltda., entre otras materias, aprobó la modificación al Estatuto Social que incluye en esas modificaciones, Al respecto lo que sigue, la de acuerdo a la nueva normativa incorporada a la Ley de Cooperativas los puntos son los siguientes: 1.-En cuanto a las notificaciones estas deberán realizarse a los socios por la vía de correo certificado, correo electrónico o cualquier otro medio de comunicación idóneo y expedito para el caso, especialmente en lo relativo a la notificación a la asamblea podrá realizarse mediante correo electrónico, se entenderá notificado el socio con el solo registro de envío del correo electrónico; 2.- En el caso de la exclusión de un socio sólo podrá ser acordada por el Consejo de Administración, en la sesión en cuya tabla figure la exclusión y se ajustará a lo dispuesto en la “Minuta relativa al proceso de Exclusión Resolución” vigente desde el 23 de diciembre de 2013 del DAES; cuyas normas se aplicaran en todo aquello que no esté contemplado en este Estatuto y en aquello que este Estatuto se aparte de lo dispuesto en dicha minuta; 3.-Se procurara la igualdad y equidad de género como forma de integración de los órganos de la Cooperativa, y se instara a la participación y fomento en igualdad, Se entenderá como equidad a las proporciones en igual cantidad, cuando proceda, de integrantes de cada género, ahora bien, en el caso de ser órganos colegiados de cantidades impares, siempre primará la mayor cantidad de votos, y se deberá conformar dos listas, de postulantes hombres y postulantes mujeres.- 4.- En atención a la R.A.E 2478 del 28 de agosto de 2015, la cooperativa podrá llevar a cabo sus Juntas Generales de Socios por medios remotos, cumpliendo al efecto con el procedimiento que se describe en el mismo texto, procurando un acceso controlado, la confidencialidad, participación, respaldo de la información entre otros; 5.- Los miembros Suplentes del Consejo de Administración, se reducen de cinco integrantes a tres que durarán un año en sus cargos y que podrán ser reelegidos.- Se someten las modificaciones del estatuto a votación a mano alzada, con 8 votos a favor y 2 en contra, se da por aprobada la propuesta. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 06 de Febrero de 2019.
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