Cooperativa Campesina Pukoyam Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
Dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella.
Capital
Capital total
$840.000
Capital libéré
$840.000
Capital restant dû
$0
Actions
420
Texte officiel de l’extrait
CARLOS ALARCON RAMIREZ, Notario Público Titular Temuco, A. Bello 911, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha primero de Junio del año 2018, repertorio 4003-2018, doña VALESKA ALEJANDRA GARCIA ECHEVERRIA, domiciliada en pasaje Río Chabunco número 02767, Temuco, debidamente facultada, redujo a escritura pública “ACTA JUNTA GENERAL DE SOCIOS DE LA COOPERATIVA CAMPESINA PUKOYAM LIMITADA”, como siegue: ACTA JUNTA GENERAL DE SOCIOS DE LA COOPERATIVA CAMPESINA PUKOYAM LIMITADA de fecha 17 de abril del 2018, con la asistencia de 8 socios, que reforman íntegramente los artículos del Estatuto Social de la Cooperativa, que se encuentra inscrita a Fojas 01 Nº 01 del Registro de Comercio del año 2007; modificación inscrita a Foja 03 Nº2 del Registro de Comercio del año 2011; y modificación inscrita a Fojas 33 Nº 28 Registro de Comercio del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Tolten, quedando estos como sigue: ARTICULO 1°: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “Cooperativa Campesina PUKOYAM LIMITADA ”, su sigla (o nombre de fantasía) será “ COOPEKOYAM LIMITADA” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. ARTICULO 2°: DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en la Comuna de Tolten, provincia de Cautín, Novena Región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. ARTICULO 3°: DURACIÓN: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. ARTÍCULO 4°: OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. ARTICULO 6°: CAPITAL: El Capital inicial suscrito y pagado es de $840.000 pesos, dividido en 420 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $2.000 pesos cada una. ARTICULO 9°: CORRECCIÓN MONETARIA: Para efectos tributarios la Cooperativa corregirá monetariamente sus activos y pasivos de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Ley N° 824, de 1974. ARTICULO 13°: RESERVAS: Las Reservas son incrementos efectivos de Patrimonio y tienen su origen en disposiciones legales, el presente Estatuto Social, y en acuerdos de la Junta General Obligatoria. ARTICULO 38°: DE LA JUNTA GENERAL OBLIGATORIA: A lo menos una Junta General de Socios y Socias se realizará obligatoriamente dentro del primer semestre de cada año y en ella deberán tratarse las materias establecidas en el artículo 23 letras a), b), c) y d) de la Ley General de Cooperativa.- Temuco, 01 de Junio de 2018.- Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Doy Fe.- Temuco, 11 de Junio del año 2018.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
COOPERATIVA CAMPESINA PUKOYAM LIMITADA
CVE 1413414
Relations sociétaires
COOPERATIVA CAMPESINA PUKOYAM LIMITADA
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