Cooperativa Apícola Bee Export Placilla Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
Compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad apícola, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella, especialmente la de crianza, reproducción, selección, explotación, venta y arriendo de abejas y colmenas; producción, importación, venta, distribución y explotación de miel de abejas, polen, cera, jalea real, propóleos y todos los derivados de la actividad apícola, como asimismo de materiales y utensilios apícolas; polinización de frutales y sembradíos en general; arriendo y compra de predios para desarrollar la actividad apícola, y en general, las demás actividades relacionadas con dicho objeto que los socios acuerden realizar.
Capital
Capital total
$110.000
Capital integralizado
$110.000
Capital pendente
$0
Ações
100
Sócios (21)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 17.xxx.xxx-4 | 17.xxx.xxx-4 | - | - |
Socio 16.xxx.xxx-1 | 16.xxx.xxx-1 | - | - |
Socio 8.xxx.xxx-3 | 8.xxx.xxx-3 | - | - |
Socio 7.xxx.xxx-7 | 7.xxx.xxx-7 | - | - |
Mireya de las Merc. González Padilla Socio 9.xxx.xxx-k | 9.xxx.xxx-k | - | - |
Socio 7.xxx.xxx-5 | 7.xxx.xxx-5 | - | - |
Edith de la Luz Mendez Rodríguez Socio 8.xxx.xxx-4 | 8.xxx.xxx-4 | - | - |
Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | - | - |
Socio 934.xxx-7 | 934.xxx-7 | - | - |
Socio 6.xxx.xxx-1 | 6.xxx.xxx-1 | - | - |
Manuel Osvaldo Valdivia Jiménez Socio 9.xxx.xxx-5 | 9.xxx.xxx-5 | - | - |
Socio 8.xxx.xxx-7 | 8.xxx.xxx-7 | - | - |
Carlos Mauricio Rosales Carreño Socio 10.xxx.xxx-6 | 10.xxx.xxx-6 | - | - |
Socio 13.xxx.xxx-0 | 13.xxx.xxx-0 | - | - |
Socio 12.xxx.xxx-9 | 12.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 11.xxx.xxx-2 | 11.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 7.xxx.xxx-4 | 7.xxx.xxx-4 | - | - |
Socio 13.xxx.xxx-9 | 13.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 12.xxx.xxx-2 | 12.xxx.xxx-2 | - | - |
Socio 9.xxx.xxx-9 | 9.xxx.xxx-9 | - | - |
Socio 6.xxx.xxx-7 | 6.xxx.xxx-7 | - | - |
Administradores (5)
Carlos Mauricio Rosales Carreño
Texto oficial do extrato
CARLOS HORACIO GUZMAN BAIGORRIA, abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de San Fernando, con oficio en calle Chillán N°595- A, Comuna de San Fernando; certifico: Por escritura pública de Constitución de fecha 20/11/2019, Repertorio N° 3631-2019, y escritura pública de Modificación de Estatutos de fecha 15-01-2020, Repertorio N°125-2020, ambas otorgadas en esta misma Notaria y ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Constitución junto con los Estatutos de la “COOPERATIVA APICOLA BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA”, en los términos que se contienen en la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y su Estatuto Social; cuyo extracto es el siguiente: ACTA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA DE LA COOPERATIVA APICOLA BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA, TAMBIÉN BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA. En la comuna de Placilla, Provincia de Colchagua, Región de O’Higgins, con fecha catorce de mayo de dos mil dieciocho, siendo las veinte horas, en la Casa de la Cultura de la Ilustre Municipalidad de Placilla, de la Comuna de Placilla, se constituye la Junta General Constitutiva de la COOPERATIVA APICOLA BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA, presidida por don Raúl Anselmo Franz Ramírez, presidente del Comité Organizador, actuando como secretaria Maritza Elizabeth Araya Cruz, y con la asistencia de veintiún personas que concurren a la constitución de la Cooperativa, quienes se individualizan con sus respectivas cédulas de identidad en la nómina que se acompaña al final de la presente acta, según estipulaciones de la escritura extractada.- ACUERDOS: Tras una breve deliberación, los asistentes acordaron por unanimidad constituir una Cooperativa Agrícola denominada “COOPERATIVA APICOLA BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA”, de nombre de fantasía “BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA”, en los términos que se contienen en la Ley General de Cooperativas, su Reglamento, y este Estatuto Social. La Secretaria da lectura al proyecto de Estatuto, el que es aprobado por unanimidad. En virtud de lo anterior, el Estatuto de la Cooperativa es el siguiente: ESTATUTO SOCIAL “COOPERATIVA APICOLA BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA” cuyo nombre de fantasía es “BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA”, con la que podrá actuar en todas sus operaciones sociales; DOMICILIO: Placilla, Provincia de Colchagua, Región de O´Higgins, sin perjuicio de constituir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- DURACIÓN: Indefinida.- OBJETO: Compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad apícola, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella, especialmente la de crianza, reproducción, selección, explotación, venta y arriendo de abejas y colmenas; producción, importación, venta, distribución y explotación de miel de abejas, polen, cera, jalea real, propóleos y todos los derivados de la actividad apícola, como asimismo de materiales y utensilios apícolas; polinización de frutales y sembradíos en general; arriendo y compra de predios para desarrollar la actividad apícola, y en general, las demás actividades relacionadas con dicho objeto que los socios acuerden realizar.- CAPITAL Y PATRIMONIO SUSCRITO Y PAGADO: “El capital inicial suscrito y pagado es de $110.000, dividido en 100 cuotas de participación, de un valor inicial de $1.100 cada una”.- Consejo de administración: Realiza la elección del Concejo de Administración, en el cual la unanimidad de los socias y socios presentes ratifican al concejo de administración compuesto por 3 miembros titulares y 2 miembros suplentes (Articulo Quincuagésimo del estatuto), así mismo se procede a ratificar los cargos de presidente, secretario y Vicepresidente del Concejo de administración.- Consejo de Administración: El Concejo de Administración queda compuesto por los siguientes socios, se deja constancia que equivale a lo que en otras organizaciones se denomina un Directorio. Concejo de Administración: Presidente: Jose Gabriel Cornejo Mejias. Vicepresidente (Tesorero): Felix del Carmen Silva Vidal. Secretario Luis Alberto Lopez Cepeda. Suplentes: Primer Director Sergio Alejandro Urbina Araya. Segundo Director Carlos Mauricio Rosales Cornejo.- ATRIBUCIONES: El Consejo de Administración y/o Gerente Administrador y el Gerente, durarán dos años en funciones.- La Junta de Vigilancia y/o Inspector de Cuentas y el Consejo de Educación, durarán un año en funciones.- La Junta General de la COOPERATIVA APICOLA BEE EXPORT PLACILLA LIMITADA es la autoridad suprema de la Cooperativa y está formada por la reunión de quienes son asociados de la misma y que figuren debidamente inscritos en el registro social. Sus acuerdos, adoptados con sujeción a las disposiciones legales, Reglamentarias y Estatutarias, obligan a todos los miembros de la Cooperativa.- Las reuniones de la Junta General serán presididas por el Consejo de Administración.- Como administrador de los bienes de la Cooperativa, el Consejo de Administración y/o Gerente Administrador y sin que la enumeración sea taxativa, tendrán las siguientes facultades: a) Ejecutar todas las operaciones económicas y sociales para la marcha y expansión de la Cooperativa, las que podrá delegar; b) Convocar a las Juntas Generales; c) Nombrar y remover a quien se desempeñe en la Gerencia cuando la hubiere (facultad no aplicable al gerente administrador); d) Decidir sobre todas las materias de interés de la Cooperativa, a excepción de las que sean atribuciones de la Junta de Vigilancia; e) Responder de la marcha administrativa y técnica de la Cooperativa, teniendo a su cargo la dirección y responsabilidad de los negocios sociales; f) Elegir de entre sus miembros a un/a Presidente/a, un/a Vicepresidente/a y un/a Secretario/a; g) Examinar los Balances e Inventarios presentados por quien se desempeñe en la Gerencia, pronunciarse sobre ellos y someterlos a la consideración de la Junta General, previo informe de la Junta de Vigilancia que se hubiere designado; h) Contratar, abrir y cerrar con el Banco Privado, Corporaciones de Derecho Público o Privado, Instituciones Fiscales, Semifiscales o con particulares, cuentas corrientes comerciales o bancarias, de depósito o de crédito; girar y sobregirar dichas cuentas; reconocer los saldos semestrales, contratar avances contra aceptación, sobregiros u otras formas de crédito en cuentas corrientes, préstamos o mutuos, de toda especie; girar, aceptar, reaceptar, ceder, endosar, en cobranza o en garantía y sin restricciones, cobrar, descontar, avalar, protestar y cancelar letras de cambio, cheques, pagarés, libranzas y documentos negociables en general; otorgar prendas, fianzas y otras garantías; cobrar, percibir y dar recibos de dinero; constituirla en codeudor solidario; endosar y retirar documentos en custodia y/o en garantía; comprar y vender bienes muebles, acciones, bonos y demás valores mobiliarios; ceder créditos y aceptar cesiones; realizar por sí mismo o encomendar a terceros la importación o adquisición de artículos o mercaderías; retirar o endosar documentos de embarque, solicitar créditos; celebrar contratos relativos al financiamiento de los negocios; dar o tomar en arrendamiento; renovar, transigir y comprometer; celebrar contratos de trabajo, de seguro y de depósito, de flete o de transporte, de construcción de obras materiales o de cualquiera otra naturaleza u otro que fuere necesario para la marcha de la Cooperativa; conferir mandatos generales o especiales. El Consejo podrá delegar parte de estas facultades; i) Previa autorización de la Junta General, podrá comprar, enajenar o hipotecar bienes inmuebles y sin ella, contratar préstamos o mutuos y constituir las garantías necesarias; j) Pronunciarse sobre la renuncia de quienes sean parte de la cooperativa; k) Admitir la incorporación de nuevos miembros y tramitar su exclusión conforme a las disposiciones del presente Estatuto Social, cuando proceda; l) Proponer a la Junta General la constitución o incremento de fondos de reserva, si lo estimare conveniente; m) Facilitar a quienes son parte de la cooperativa el ejercicio de sus derechos; n) Designar el Comité de Educación; o) Examinar y pronunciarse sobre los proyectos que el Comité de Educación le presente respecto de la labor educativa; p) Proponer a la Junta el ingreso en calidad de socia a otra Cooperativa, incluidas las de Ahorro y Crédito.- El consejo podrá tratar cualquier materia de su competencia tanto en sesiones ordinarias como extraordinarias. Las facultades establecidas en el artículo 56 del estatuto de la Cooperativa letras f), g) h), i) j), k) y l) son aplicables a la gerenta administradora o al gerente administrador.- El Consejo deberá otorgar mandato al o la Gerente con las facultades que acuerde. Son atribuciones y deberes mínimos del Gerente: a) Proponer al Consejo de Administración anualmente o cuando le fuese solicitado un Programa de Actividades y su respectivo Presupuesto y Planta del Personal; b) Ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración; c) Representar judicialmente a la Cooperativa, sin perjuicio de las facultades del Consejo de Administración, teniendo, en todo caso, las facultades fijadas en el artículo 8° del Código de Procedimiento Civil; d) Vigilar el cumplimiento de las obligaciones económicas de los cooperados o cooperadas, para la Cooperativa y viceversa; e) Presentar al Consejo de Administración anualmente, un Balance General de las operaciones sociales y un Inventario General de los bienes de la Cooperativa; f) Representar a la cooperativa en los bancos e instituciones financieras con las más amplias facultades que se precisen; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; celebrar contratos de apertura de cuenta corriente bancaria de depósito o de crédito y cerrarlas, pudiendo depositar, girar y sobregirar en ellas, sea mediante cheques, órdenes de pago o transferencias electrónicas, imponerse de su movimiento, modificarlos y ponerles término o solicitar su terminación; aprobar y objetar saldos; requerir y retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; abrir cuentas de ahorro, a la vista o a plazo, hacer depósitos en ellas, retirar fondos total o parcialmente, cerrar las cuentas; colocar y retirar dineros, sea en moneda nacional o extranjera, y valores en depósito, custodia o garantía o cancelar los certificados respectivos; tomar y cancelar vales vista, boletas bancarias o boletas de garantía; celebrar toda clase contratos de futuros, swaps, opciones y en general con instrumentos derivados; asumir riesgos de cambio, liquidar y/o remesar divisas y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera; g) Celebrar contratos de promesa, compraventa, arrendamiento, con o sin opción de compra, leasing. factoring, permuta, comodato, depósito, transporte, mutuos, préstamos, concesiones, seguros, y, en general toda clase contratos nominados e innominados, pudiendo comprar, vender, adquirir, transferir y enajenar a cualquier título toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, moneda extranjera, efectos públicos o de comercio, y derechos de cualquier naturaleza; fijar precios, rentas, renunciar derechos y acciones y, especialmente la acción resolutoria, cabidas o deslindes, condiciones de pago, plazos y demás cláusulas, modalidades y estipulaciones que sean de la esencia, de naturaleza o meramente accidentales; aceptar toda clase de garantías que se constituyan a favor de la Cooperativa; h) Constituir toda clase de garantías, hipotecas, prendas, fianzas simples y/o solidarias, avales en letras de cambio o pagarés, warrant, gravar los bienes sociales con derechos de uso, usufructo, habitación, etcétera; constituir servidumbres activas o pasivas; posponerlas; i) Girar, suscribir, cancelar, aceptar, endosar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, descontar, cobrar, protestar cheques, letras de cambio, pagarés, y demás documentos mercantiles, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera; Ceder y aceptar cesiones de crédito, sean nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles, valores mobiliarios, efectos públicos y de comercio; j) Cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la Cooperativa a cualquier título que sea en dinero, en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces, muebles, valores mobiliarios, efectos de comercio, etcétera; k) Contratar y efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, estando facultados para representar a la Cooperativa en todas las operaciones, diligencias, trámites o actuaciones relacionadas con importaciones y exportaciones ante los bancos comerciales, Banco Central de Chile y cualquier otra entidad o autoridad competente pudiendo al efecto representar y firmar registros de importación y exportación, abrir acreditivos divisibles o indivisibles, revocables o irrevocables, presentar solicitudes anexas, cartas explicativas, declaraciones juradas y toda otra documentación pertinente que fuere exigida por los bancos o por el Banco Central de Chile y solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales ha autorizado una determinada operación; autorizar cargos en las cuentas corrientes de la Cooperativa a causa de operaciones de comercio exterior, otorgar, retirar, endosar, enajenar y negociar en cualquier forma documentos de embarque, facturas y conocimientos y carta de porte y documentos consulares y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las operaciones que fueren conducentes al adecuado cumplimiento del encargo que se les confiere; l) Pagar en efectivo, por dación en pago de bienes muebles e inmuebles, por consignación, subrogación, cesión de bienes, etcétera, todo lo que la Cooperativa adeudare por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones ya sea por novación, remisión, compensación, etcétera; m) Conferir mandatos y poderes generales y especiales, revocarlos, delegar y reasumir, aceptar en todo o en parte, sus poderes cuantas veces lo estimen necesario; n) Cuidar que los libros de Contabilidad y de Socios y Socias, sean llevados al día y con claridad, de lo que será responsable directo; o) Dar las informaciones que le fueren solicitadas por el Consejo de Administración y asistir a sus sesiones, cuando fuese necesario; p) Contratar y poner término a los servicios de los y las trabajadores/as, de acuerdo con las normas que le imparta el Consejo de Administración y responsabilizarles por el desempeño de sus funciones; q) Facilitar las visitas que efectúen los funcionarios o las funcionarias del Departamento de Cooperativas, y dar a los integrantes de la cooperativa durante los 15 días precedentes a las Juntas Generales, y a los miembros de la Junta de Vigilancia durante todo el año, las explicaciones que soliciten sobre los negocios sociales; r) Llevar los siguientes libros: 1. Libro de Registro de Socios y Socias; 2. Libro de actas de la Junta General de Socios y Socias; 3. Libro de actas del Consejo de Administración; 4. Libro de Asistencia de las Juntas Generales; 5. Libro de registro de los integrantes, titulares y suplentes, del Consejo de Administración, los o las Gerentes, liquidadores y apoderados o apoderadas de la Cooperativa; 6. Libro en que se registren los poderes otorgados por la Cooperativa; s) En general, impulsar la acción de la Cooperativa para el cumplimiento de sus fines y ejercer las funciones y atribuciones que el Consejo de Administración le delegue.- NOMINA DE SOCIOS O SOCIAS ASISTENTES A LA JUNTA GENERAL CONSTITUTIVA. Nombres y Apellidos Pamela Cepeda Valenzuela. Profesión o Actividad T. Agrícola. Domicilio Socio/a Ruta I-Noventa s Placilla. Cédula de Identidad diecisiete millones quinientos mil cuatrocientos ocho guión cuatro Firma (Hay firma ilegible) Correo Electrónico Emprende1989@gmail.com. Nombres y Apellidos Sabina Cepeda Valenzuela. Profesión o Actividad T. Agrícola. Domicilio Socio/a Villa Rucalemu pje. Ñieruca ciento ochenta y seis Placilla. Cédula de Identidad dieciséis millones trescientos nueve mil ochocientos noventa y uno guión uno Firma (Hay firma ilegible) Correo Electrónico. Nombres y Apellidos Ana Julia Cuadra Ilabaca. Profesión o Actividad Comerciante. Domicilio Socio/a La Dehesa Abajo ciento dieciocho Placilla. Cédula de Identidad ocho millones cuatrocientos dieciséis mil setecientos veintidós guión tres Firma (Hay firma ilegible) Correo Electrónico julianacuadra@yahoo.cl. Nombres y Apellidos Marta Cornejo González. Profesión o Actividad Auxiliar de aseo. Domicilio Socio/a Villa Ebenezer setecientos once Placilla. Cédula de Identidad siete millones ochocientos sesenta y siete mil quinientos sesenta y seis guión siete Firma (Hay firma ilegible) Correo Electrónico. Nombres y Apellidos Mireya de las Merc. González Padilla. Profesión o Actividad Dueña de casa. Domicilio Socio/a Población Rucalemu doscientos treinta y cinco Placilla. Cédula de Identidad nueve millones sesenta y cuatro mil setecientos trece guión k Firma (Hay firma ilegible) Correo Electrónico. Nombres y Apellidos Edith Mariela Moller Silva. Profesión o Actividad Dueña de casa. Domicilio Socio/a Lo Moscoso ciento cincuenta y ocho Placilla. Cédula de Identidad siete millones seiscientos ocho mil trescientos noventa y siete guión cinco Firma (Hay firma ilegible) Correo El
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
Cooperativa Apícola Bee Export Placilla Limitada
CVE 1714603
