Cooperativa Agroecológica, Silvoagropecuaria Y De Servicios Amuley Lef Traru Limitada
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公司目的
La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, así como la prestación de los servicios de cualquier naturaleza que los socios y/o terceros requieran, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. Para el cumplimiento de sus objetivos la Cooperativa podrá entregar directamente o indirectamente, de forma remunerada o no remunerada o en cualquier otro título a sus asociados y/o terceros, insumos, materiales, herramientas, servicios, en el más amplio sentido de la palabra, en todas aquellas materias relacionadas con las actividades desarrolladas o a desarrollar por la cooperativa o que cuente con las competencias, para lo cual podrá contratar los servicios de personas o instituciones competentes; en general, la realización de todas aquellas actividades económicas, sociales y culturales necesarias al adecuado cumplimiento de sus objetivos sociales y económicos.
資本
總資本
$13.000.000
股份
50
摘要官方正文
JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que con fecha 06 de Septiembre de 2018, ante mí, don FRANCISCO SEGUNDO CHEUQUE ANCATEN, chileno, soltero, cédula nacional de identidad trece millones quinientos catorce mil setecientos sesenta y ocho guion cero, agricultor, domiciliado en calle Melipeuco número cero mil doscientos quince, de la comuna de Temuco; redujo a escritura pública el acta de la Junta General de la COOPERATIVA AGROECOLÓGICA, SILVOAGROPECUARIA Y DE SERVICIOS AMULEY LEF TRARU LIMITADA, de fecha 10 de agosto de 2018, mediante la cual se acordaron los nuevos Estatutos que son del tenor siguiente: NOMBRE: La Cooperativa se denominará “Cooperativa Agroecológica, Silvoagropecuaria y de servicios Amuley Lef Traru Limitada”, su nombre de fantasía será “Cooperativa Amuley Lef Traru” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en la Comuna de Lautaro, región de la Araucanía, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. DURACIÓN: La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. OBJETO SOCIAL: La Cooperativa tiene como objetos específicos dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos relacionados con la actividad silvoagropecuaria y agroindustrial, así como la prestación de los servicios de cualquier naturaleza que los socios y/o terceros requieran, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. Para el cumplimiento de sus objetivos la Cooperativa podrá entregar directamente o indirectamente, de forma remunerada o no remunerada o en cualquier otro título a sus asociados y/o terceros, insumos, materiales, herramientas, servicios, en el más amplio sentido de la palabra, en todas aquellas materias relacionadas con las actividades desarrolladas o a desarrollar por la cooperativa o que cuente con las competencias, para lo cual podrá contratar los servicios de personas o instituciones competentes; en general, la realización de todas aquellas actividades económicas, sociales y culturales necesarias al adecuado cumplimiento de sus objetivos sociales y económicos. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. ACTIVIDADES: Para el cumplimiento de sus objetivos la Cooperativa, sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa o excluyente, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: a) Explotar cualquier recurso, bien, predio, en general cualquier título, de carácter silvoagropecuario, recursos naturales con fines de producción energías renovables, los que podrá adquirir en dominio, obtener en concesión, en comodato, bajo contrato de arrendamiento, entre otras figuras legales que le brinden dominio a la Cooperativa. b) Proporcionar a sus socias y socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquiera otros títulos, al contado o a plazo, reproductores finos o mejorados, vacas lecheras, animales de trabajo y ganado en general, aves, abonos, semillas, máquinas y sus repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades. c) Estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua. d) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local. e) Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías y normativas, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales. f) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica, entre otros, tanto a sus integrantes como a terceros. g) Incorporar a la Cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales, regionales o internacionales que beneficien a sus asociados y asociadas. h) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo. i) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros. j) Explotar y administrar en conjunto predios de diferentes propietarios o propietarias, k) Adquirir para sí o para distribuir entre sus integrantes o terceros los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas. l) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus miembros y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo; m) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; n) Propender a la integración del joven y la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socio-culturales, empoderamiento y roles, etc.; o) Contratar créditos con entidades sean privadas, Cooperativas o públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas. p) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; q) Establecer cualesquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus miembros o terceros y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de ellos y ellas, y r) En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. CAPITAL: El Capital actualizado suscrito y valorizado por la junta general es de trece millones de pesos, donde cada socio aporto quinientos mil pesos, dividido en cincuenta Cuotas de Participación, de un valor inicial de diez mil pesos cada una. Quienes ingresen con posterioridad a la actualización de los estatutos de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de diez Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al treinta y uno de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en éste Estatuto. En lo no previsto en el presente Estatuto regirán las disposiciones de carácter general y especial que contiene la Ley General de Cooperativas y su Reglamento. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada.- Temuco, 20 de Septiembre de 2018.-
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COOPERATIVA AGROECOLÓGICA, SILVOAGROPECUARIA Y DE SERVICIOS AMULEY LEF TRARU LIMITADA
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