Cooperativa

Cooperativa Agricola Multiberries Gorbea Limitada

CONSTITUCIÓN — 18 nov 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-11-18Ver PDF (CVE 1305024)

Información societaria

Cooperativa
Temuco, Araucanía
Administración: Consejo de Administración

Capital

Capital total

$1.007.000

Capital pagado

$1.007.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1007

Texto oficial del extracto

CARLOS ULLOA GONZALEZ, Notario Público, Suplente del Titular don CARLOS ALARCON RAMIREZ, certifica: Por escritura pública otorgada ante mi, con fecha 10 de noviembre del 2017 se redujo a escritura pública acta de Junta General de Socios de la “COOPERATIVA AGRICOLA MULTIBERRIES GORBEA LIMITADA” de fecha 28 de junio del 2017, con la asistencia de 9 socios, que reforma algunos artículos del Estatuto Social de la Cooperativa; quedando estos como sigue: ARTICULO 1°: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “Cooperativa Agrícola Multiberries Gorbea Limitada”, su sigla (o nombre de fantasía) será “Multiberries Gorbea” y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. Artículo 5°: Podrán pertenecer a la cooperativa los pequeños productores agrícolas y los campesinos, las personas de derecho público y de derecho privado que no pervivan fines de lucro y las personas naturales o jurídicas que sean propietarias, usufructuarias, arrendatarias o tenedoras a cualquier titulo de los predios en que la cooperativa desarrolle sus actividades. Y las personas cuyos ingresos provengan principalmente de la explotación agrícola, previa calificación del Consejo de Administración. Artículo 20°: El Capital inicial suscrito y pagado es de $1.007.000 pesos, dividido en 1.007 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $1.000 pesos cada una. Cada Socio suscribe y 53 cuotas de participación. El socio para mantener la calidad de tal, y los socios de posterior ingreso deberán suscribir y pagar el número mínimo de 1.453. Cuotas de Participación. Artículo 31º: DE LAS JUNTAS GENERALES ESPECIALMENTE CITADA. Podrán celebrarse en cualquier fecha, y podrán tratar las materias contempladas en el artículo 23 letras e), f), g) h), i), j), k), l), m), n), ñ), o) y p) de la Ley General de Cooperativas. Artículo 34°: DE LA CITACIÓN: La citación a las Juntas Generales se hará por medio de un aviso de citación, que se publicará, en un medio de comunicación social, con una anticipación de no más de 15 días ni menos de 5 días de la fecha en que se realizará la Junta respectiva. Deberá enviarse, además, una citación a cada integrante por correo regular o correo electrónico, al domicilio o dirección de correo electrónico que tenga registrado en la Cooperativa, con una anticipación mínima de quince días a la fecha de celebración de la Junta. Tanto el aviso como las citaciones por correo deberán contener una referencia a las materias a ser tratadas en ella y las demás menciones que señale el Reglamento. Artículo 55°: Las Reservas son incrementos efectivos de Patrimonio y tienen su origen en disposiciones legales, el presente Estatuto Social, y en acuerdos de la Junta General Obligatoria. Los Fondos de Reserva tienen por objeto proporcionar una mayor estabilidad económica a la Cooperativa, conservar su Capital Social y dar una mayor garantía a los acreedores y a quienes son parte de la cooperativa.- Demás estipulaciones constan escritura pública extractada.- Doy Fe.- Temuco, 15 de noviembre de 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    COOPERATIVA AGRICOLA MULTIBERRIES GORBEA LIMITADA

    CVE 1305024

Relaciones societarias

COOPERATIVA AGRICOLA MULTIBERRIES GORBEA LIMITADA

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