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Sociedad de Responsabilidad Limitada

Consultora Defensa Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 dic 2019

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2019-12-19Ver PDF (CVE 1699774)

Información societaria

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Duración: tres años, renovable tacita y sucesivamente por igual periodo, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino en la forma señalada
Administración: corresponderá ejercerla, a los socios don GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS y doña PAULA ANDREA MUÑOZ DIAZ, en forma conjunta o individualmente

Objeto social

Será la prestación de asesorías jurídicas, representación judicial, la compra, venta, asesoría y administración de bienes raíces; y en general, realizar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$3.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS

Socio

16.xxx.xxx-1

50%

PAULA ANDREA MUÑOZ DÍAZ

Socio

16.xxx.xxx-3

50%

Administradores (2)

GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS

16.xxx.xxx-1Administrador

PAULA ANDREA MUÑOZ DÍAZ

16.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial del extracto

LUIS ANDRES AREVALO LARA, Notario Suplente del Titular 2º Notaría Rancagua Jaime Bernales Valenzuela, Bueras 359 Of. 102, certifico: Por escritura de fecha 09-12-2019, repertorio N° 6875-2019, ante mí, don GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS, chileno, soltero, egresado de derecho, treinta y cuatro años de edad, C.I. N° 16.180.342-1, domiciliado en Rubio 285, oficina 511, Rancagua, y doña PAULA ANDREA MUÑOZ DÍAZ, chilena, soltera, Abogada, treinta y dos años de edad, C.I. N° 16.323.868-3, domiciliada en Rubio 285, oficina 511, Rancagua, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: será “CONSULTORA DEFENSA LIMITADA”, nombre de fantasía “CONSULTORA DEFENSA”. DOMICILIO: Rubio 285, oficina 511, Rancagua, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país. OBJETO SOCIAL: Será la prestación de asesorías jurídicas, representación judicial, la compra, venta, asesoría y administración de bienes raíces; y en general, realizar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL: $3.000.000.- que los socios aportan, al contado en dinero efectivo y en siguientes proporciones: a) GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS, aporta $1.500.000.- equivalentes al 50% del capital social; b) PAULA ANDREA MUÑOZ DIAZ, aporta $1.500.000.- equivalentes al 50% del capital social. RESPONSABILIDAD: limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZON SOCIAL: corresponderá ejercerla, a los socios don GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS y doña PAULA ANDREA MUÑOZ DIAZ, en forma conjunta o individualmente. DURACION: La sociedad empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá duración de tres años, renovable tacita y sucesivamente por igual periodo, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino en la forma señalada. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Rancagua, 11 de Diciembre de 2019.

ConstituciónDiario Oficial · 2019-05-22Ver PDF (CVE 1593506)

Información societaria

Ltda
calle Rubio N°285, oficina 511
Duración: tres años, renovable tacita y sucesivamente por igual periodo, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino en la forma señalada de la escritura extractada
Administración: Corresponderá ejercerla, a los socios GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS y PAULA ANDREA MUÑOZ DIAZ, quien actuando en forma conjunta o individualmente por la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus firmas, obligarán y representarán a la sociedad, judicial y extrajudicialmente

Objeto social

actividad de asesorías jurídicas, representación judicial, la compra, venta, asesoría y administración de bienes raíces, en general, realizar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$3.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS

Socio

50%

PAULA ANDREA MUÑOZ DIAZ

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

DANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular 5 Notaría de Rancagua, Av. General José de San Martín 255, certifica: Por escritura pública fecha hoy, repertorio 1417/2019, ante mí; don GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS, y doña PAULA ANDREA MUÑOZ DÍAZ, ambos domiciliados en calle Rubio N°285, oficina 511, comuna de Rancagua; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: Será “CONSULTORA DEFENSA LIMITADA”, nombre de fantasía “CONSULTORA DEFENSA”. Domicilio: Será en calle Rubio N°285, oficina 511, comuna de Rancagua, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país. Objeto social: será actividad de asesorías jurídicas, representación judicial, la compra, venta, asesoría y administración de bienes raíces, en general, realizar toda otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro con lo anterior; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Capital social: $3.000.000, que los socios en este acto enteran, al contado en dinero efectivo y en siguientes proporciones: a) GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS, aporta $1.500.000 equivalentes al 50% del capital social; b) PAULA ANDREA MUÑOZ DIAZ, aporta $1.500.000 equivalentes al 50% del capital social. Responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración y eso de razón social: Corresponderá ejercerla, a los socios don GABRIEL ALONSO VERA CAMPOS y doña PAULA ANDREA MUÑOZ DIAZ, quien actuando en forma conjunta o individualmente por la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus firmas, obligarán y representarán a la sociedad, judicial y extrajudicialmente, con las más amplias y completas facultades y derechos, indicadas en la escritura extractada. Duración: La sociedad empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá duración de tres años, renovable tacita y sucesivamente por igual periodo, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle termino en la forma señalada de la escritura extractada. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 14 de mayo de 2019.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    CONSULTORA DEFENSA LIMITADA

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    CONSULTORA DEFENSA LIMITADA

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Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial