Sociedade por Ações

Constructora Suyai SpA

CONSTITUCIÓN — 23 de fev. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-02-23Ver PDF (CVE 1552172)

Informações societárias

SpA
Arturo Prat N° 770

Capital

Capital total

$60.000.000

Sócios (1)

NomeParticipação

Andrés Nicolas Collipal Castillo

Accionista

-

Representação legal (1)

Texto oficial do extrato

RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en calle Arturo Prat N° 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de febrero de 2019, ante mí, Don MARCO ANTONIO TOLEDO SANDOVAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos ochenta y un mil seiscientos doce guion tres, domiciliado en calle Arturo Prat ochocientos cuarenta y siete oficina ochocientos uno de la ciudad de Temuco, en representación del socio don ANDRES NICOLAS COLLIPAL CASTILLO, según se acreditará, quien me acreditó su identidad con su respectiva cédula y expone: Que por escritura pública otorgada con fecha veintiuno de agosto de dos mil dieciocho, repertorio número cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cinco, ante el Notario de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, don Andrés Nicolas Collipal Castillo, suscribió escritura de constitución de la sociedad denominada “CONSTRUCTORA SUYAI SPA” o “SUYAI SPA”, cuyo capital es de $60.000.000.- Que la escritura de constitución de la sociedad ya singularizada en la cláusula precedente, por un error involuntario no se inscribió en el Registro de Comercio correspondiente dentro del plazo legal señalado para ello, cumpliéndose sin embargo, con las demás formalidades legales.- Que en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de cuatro de Abril de mil novecientos noventa y siete sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, el compareciente viene en subsanar la omisión indicada en la cláusula segunda, por lo que se procederá a efectuar las inscripciones, sub inscripciones y anotaciones que en rigor correspondieran dentro de los plazos que la ley indica para este caso. Por lo anteriormente indicado, queda saneado el vicio de que adolecía escritura de constitución de la sociedad referida en la cláusula primera precedente. Por lo anteriormente indicado, queda saneado el vicio de que adolecía escritura de constitución de la sociedad referida precedentemente. Temuco, 21 de febrero de 2019.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-12-31Ver PDF (CVE 1521685)

Informações societárias

SpA
Temuco, Araucanía

Capital

Capital total

$60.000.000

Texto oficial do extrato

RODRIGO SANHUEZA RÍOS, Notario Público Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2018, otorgada ante mí, Sr. MARCO ANTONIO TOLEDO SANDOVAL, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos ochenta y un mil seiscientos doce guion tres, domiciliado en calle Arturo Prat ochocientos cuarenta y siete oficina ochocientos uno de la ciudad de Temuco, quien me acreditó su identidad con su respectiva cédula y expuso: Que por escritura pública otorgada con fecha veintiuno de agosto del año dos mi dieciocho, ante el Notario Público Titular de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, se suscribió escritura de constitución de la sociedad por acciones, denominada “CONSTRUCTORA SUYAI SPA” o “SUYAI SPA”. Que la constitución de la sociedad ya singularizada precedente, por omisión involuntaria, no se inscribió en el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo legal señalado para ello, cumpliéndose sin embargo, con las demás formalidades legales.- SANEAMIENTO: Que en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de cuatro de Abril de mil novecientos noventa y siete sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, el compareciente viene en subsanar la omisión indicada, suscribiendo el saneamiento respectivo, por lo que se procederá a efectuar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que en rigor correspondieran dentro de los plazos que la ley indica para este caso. Por lo anteriormente indicado, queda saneado el vicio de que adolecía escritura de constitución de la sociedad referida precedentemente. Capital: $60.000.000.- Temuco, 27 de diciembre de 2018.-

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