Société par actions

Constructora P&m SpA

CONSTITUCIÓN — 30 juin 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-06-30Voir le PDF (CVE 1423772)

Informations sociétaires

SpA
Calle O’carrol N°560, local 2
Durée: indefinido
Administration: Por un Directorio compuesto y elegido forma señalada Titulo Tercero, provisoriamente según Artículo Primero Transitorio

Objet social

será la construcción, el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, todo lo anterior sin perjuicio que los socios de común acuerdo extiendan el giro social a cualquier otra actividad lucrativa relacionada directa o indirectamente con el objeto social.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Actions

1 000

Associés (2)

NomParticipation

PATRICIO ENRIQUE NUÑEZ CARRASCO

Accionista

12.xxx.xxx-7

95%

MARCIAL ANDRES ROJAS ESPINOZA

Accionista

11.xxx.xxx-2

5%

Administrateurs (1)

MARCIAL ANDRES ROJAS ESPINOZA

11.xxx.xxx-2Administrador

Texte officiel de l’extrait

DANIEL V. MONDACA PEDRERO, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en Avenida General José de San Martín N°255, certifico: Por escritura de fecha hoy, repertorio Nº1758/2018, ante mí; don PATRICIO ENRIQUE NUÑEZ CARRASCO, chileno, comerciante, soltero, C.I. N°12.656.333-7, con domicilio en Chapa Verde N°103, Villa Los Cantaros, comuna de Machalí; y don MARCIAL ANDRES ROJAS ESPINOZA, chileno, factor comercio, casado, C.I. N°11.949.985-2, con domicilio en Pasaje El Álamo N°93, El Guindal, comuna de Machalí; constituyen sociedad por acciones, la cual se regirá conforme a las normas contenidas en el párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio en su nuevo texto establecido por la Ley 20.190, y supletoriamente, en aquello que no se contraponga a su naturaleza, por las disposiciones de las sociedades anónimas cerradas, y por lo dispuesto en sus propios estatutos. Razón Social: “CONSTRUCTORA P&M SpA” sin embargo, la sociedad podrá actuar ante terceros, inclusive con los bancos y sociedades financieras, con el nombre de fantasía “P&M SpA”. Objeto: será la construcción, el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, todo lo anterior sin perjuicio que los socios de común acuerdo extiendan el giro social a cualquier otra actividad lucrativa relacionada directa o indirectamente con el objeto social. Administración: Por un Directorio compuesto y elegido forma señalada Titulo Tercero, provisoriamente según Artículo Primero Transitorio, como Director y Primer Presidente a don MARCIAL ANDRES ROJAS ESPINOZA, amplias facultades.- Domicilio: Calle O’carrol N°560, local 2, comuna de Rancagua, pudiendo establecer sucursales en el resto del país o en el extranjero. Duración: indefinido. Capital: Es de diez millones de pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, sin preferencia, sin valor nominal, que se suscriben y que se pagan en la forma que señala el artículo tercero transitorio, de los estatutos y que ha quedado totalmente suscrito y pagado, en dinero efectivo, enterado, en el acto, en la caja social, a razón de 1.000 acciones de $10.000.- Que corresponden 950 acciones para don Patricio Enrique Núñez Carrasco, y 50 acciones para don Marcial Andrés Rojas Espinoza. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Rancagua, 25 de junio de 2018.

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