Constructora E Inmobiliaria Solar Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
ejecutar obras y proyectos del área de la ingeniería, construcción y servicios, la fabricación y montaje de estructuras metálicas, el desarrollo y tendido de proyectos en piping, el montajes de vigas y soportes; la mantención y saneamientos industriales, la construcción y desarrollo de proyectos habitacionales; la compra, venta y explotación de bienes raíces, urbanización de terrenos y el desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios; la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales y su explotación; la inversión en instrumentos financieros, y en general realizar todos los negocios lícitos que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$16.000.000
Capital pagado
$16.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
HECTOR MAXIMILIANO VEGA ARENAS Socio | - | 30% | $4.800.000 |
Socio | - | 25% | $4.000.000 |
Socio | - | 15% | $2.400.000 |
Socio | - | 15% | $2.400.000 |
Socio | - | 15% | $2.400.000 |
Administradores (3)
Texto oficial del extracto
CAMILO VALENZUELA RIVEROS, Notario Santiago, Titular Primera Notaria Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 24 de Noviembre de 2017, ante mí, Repertorio N° 5065/2017, HÉCTOR MAXIMILIANO VEGA ARENAS, MARIA EUGENIA LANGE, VALENTINA NATALIA VEGA JELVEZ, HECTOR ESTEBAN VEGA JELVEZ, todos domiciliados en Jesús 615, La Reina y GABRIELA VEGA JULIA, domiciliada en Pedro de Valdivia 2712, Depto. 305, Ñuñoa, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes, bajo razón social “CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA SOLAR LIMITADA” y nombre de fantasía “SOLAR C&I LTDA.”. Objeto: ejecutar obras y proyectos del área de la ingeniería, construcción y servicios, la fabricación y montaje de estructuras metálicas, el desarrollo y tendido de proyectos en piping, el montajes de vigas y soportes; la mantención y saneamientos industriales, la construcción y desarrollo de proyectos habitacionales; la compra, venta y explotación de bienes raíces, urbanización de terrenos y el desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios; la inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales y su explotación; la inversión en instrumentos financieros, y en general realizar todos los negocios lícitos que los socios acuerden. Domicilio: Santiago. Capital: El capital de la sociedad es la suma de dieciséis millones de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) don HECTOR MAXIMILIANO VEGA ARENAS, aporta cuatro millones ochocientos mil pesos, equivalente al treinta por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, b) doña MARIA EUGENIA LANGE, aporta cuatro millones de pesos, equivalente al veinticinco por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, c) doña GABRIELA VEGA JULIA, aporta dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente al quince por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, d) doña VALENTINA NATALIA VEGA JELVEZ, aporta dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente al quince por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, y e) don HECTOR ESTEBAN VEGA JELVEZ, aporta dos millones cuatrocientos mil pesos, equivalente al quince por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social. Administración, representación y uso razón social corresponderá separada e indistintamente a HECTOR MAXIMILIANO VEGA ARENAS, a MARIA EUGENIA LANGE y a GABRIELA VEGA JULIA. Duración: La sociedad tendrá una duración de tres años a contar del 24 de Noviembre de 2017, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prorrogas, en su caso.-. Santiago, 24 de Noviembre de 2017. Rh.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA SOLAR LIMITADA
CVE 1312595
