Sociedad de Responsabilidad Limitada

Construcciones Medina & Guzmán Limitada

CONSTITUCIÓN — 13 sept 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-09-13Ver PDF (CVE 1271812)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, contados desde ésta fecha y será renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administración: Corresponderá indistintamente a los dos socios, con las más amplias facultades de administración y disposición

Objeto social

La ejecución por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o cualquier otra forma, de toda clase de obras relacionadas con la construcción (menores, civiles, viales y otras), diseño, albañilería, carpintería, cerámicas, pintura y acabado, elaboración, fabricación, refacción, ampliación, demolición, derribo, mantención, reparación, acondicionamiento o remodelación de viviendas, edificios, partes de edificios, estructuras, caminos, puentes, piscinas, construcción, pavimentación y reposición de calles y veredas, espacios públicos, cálculo de estructuras, soldadura, montaje industrial, estructuras metálicas y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, por cuenta propia o de terceros; la urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras civiles; la explotación, a título de arrendamiento u otro, de los inmuebles que sea o llegue a ser dueño o cuya tenencia le corresponda a cualquier título; la ejecución por cuenta propia o ajena, como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales; la inspección y asesoría en obras y materiales, estructuras u otros componentes por ensayos no destructivos y análisis de falla, como además todo tipo de servicios, consultorías, asesorías y supervisión en construcciones, evaluación y supervisión en mantenimiento industrial y equipamiento industrial; la compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, importación y exportación de todo tipo de productos, equipos, maquinaria e insumos, en especial materiales, herramientas y equipos de construcción, como también artículos de ferretería; y en general todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro con los objetivos sociales; preparación de terreno, excavaciones y movimientos de tierra; el desarrollo de proyectos, montajes e instalaciones eléctricas; la construcción de líneas de alta, media y baja tensión subterráneas y aéreas, corrientes débiles; la realización de mantenciones, instalaciones y reparaciones eléctricas de todo tipo, ya sean domésticas o industriales, sin limitación alguna; el montaje y mantención de transformadores; la realización de remodelaciones y mantenciones eléctricas, de sistemas eléctricos y variadores de frecuencia; prestar soluciones de eficiencia energética, integración de tableros eléctricos, banco de baterías, variadores de frecuencia, levantamiento de cableado, y demás actividades conexas que digan relación con el rubro de la electricidad; el desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

JUAN PABLO MEDINA PÉREZ

Socio

50%

KARINA ANDREA GUZMÁN SÁNCHEZ

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Titular 36º Notaría de Santiago, Paseo Ahumada N°312, oficina 236, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy ante mí: don JUAN PABLO MEDINA PÉREZ, y doña KARINA ANDREA GUZMÁN SÁNCHEZ, ambos con domicilio en Pasaje Mataquito Nº 6046, Peñalolén: Constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: “CONSTRUCCIONES MEDINA & GUZMÁN LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía la expresión MEDINA & GUZMÁN LIMITADA.- Objeto: a) La ejecución por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o cualquier otra forma, de toda clase de obras relacionadas con la construcción (menores, civiles, viales y otras), diseño, albañilería, carpintería, cerámicas, pintura y acabado, elaboración, fabricación, refacción, ampliación, demolición, derribo, mantención, reparación, acondicionamiento o remodelación de viviendas, edificios, partes de edificios, estructuras, caminos, puentes, piscinas, construcción, pavimentación y reposición de calles y veredas, espacios públicos, cálculo de estructuras, soldadura, montaje industrial, estructuras metálicas y en general, la ejecución de toda clase de proyectos y obras civiles menores y mayores, por cuenta propia o de terceros; b) La urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras civiles; la explotación, a título de arrendamiento u otro, de los inmuebles que sea o llegue a ser dueño o cuya tenencia le corresponda a cualquier título; c) La ejecución por cuenta propia o ajena, como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma de montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales; d) La inspección y asesoría en obras y materiales, estructuras u otros componentes por ensayos no destructivos y análisis de falla, como además todo tipo de servicios, consultorías, asesorías y supervisión en construcciones, evaluación y supervisión en mantenimiento industrial y equipamiento industrial; e) La compraventa, arrendamiento, subarrendamiento, representación, importación y exportación de todo tipo de productos, equipos, maquinaria e insumos, en especial materiales, herramientas y equipos de construcción, como también artículos de ferretería; y en general todo acto, contrato, operación, adquisición e implementación que se resuelva realizar y que se relacione directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro con los objetivos sociales; f) Preparación de terreno, excavaciones y movimientos de tierra; g) El desarrollo de proyectos, montajes e instalaciones eléctricas; la construcción de líneas de alta, media y baja tensión subterráneas y aéreas, corrientes débiles; la realización de mantenciones, instalaciones y reparaciones eléctricas de todo tipo, ya sean domésticas o industriales, sin limitación alguna; el montaje y mantención de transformadores; la realización de remodelaciones y mantenciones eléctricas, de sistemas eléctricos y variadores de frecuencia; prestar soluciones de eficiencia energética, integración de tableros eléctricos, banco de baterías, variadores de frecuencia, levantamiento de cableado, y demás actividades conexas que digan relación con el rubro de la electricidad; y h) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general.- Representación, administración y uso razón social: Corresponderá indistintamente a don JUAN PABLO MEDINA PÉREZ, y doña KARINA ANDREA GUZMÁN SÁNCHEZ, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición enunciadas en escritura extractada. Capital: $2.000.000, que se aporta y suscribe en este acto en dinero en efectivo de la siguiente manera: don JUAN PABLO MEDINA PÉREZ, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $1.000.000, equivalentes al 50% del capital social; y doña KARINA ANDREA GUZMÁN SÁNCHEZ, aporta, entera, suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo e ingresados al haber social, la suma de $1.000.000, equivalentes al 50% del capital social, con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- Duración: La duración de la empresa será de 5 años, contados desde ésta fecha y será renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales.- Domicilio: SANTIAGO, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada Santiago, 11, septiembre 2017.

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