Consorcio Ecmosan SpA
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Participar en forma de consorcio en licitaciones del SERVIU, MOP u otras entidades públicas o privadas para la ejecución de obras de ingeniería y construcción, pudiendo participar en otras licitaciones por acuerdo unánime de los accionistas
Capital
Capital total
$4.500.000.000
Capital pendiente
$4.500.000.000
Acciones
4500
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
WSR INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA Accionista 76.362.524-9 | 76.362.524-9 | 50% | $500.000.000 |
EMPRESA CONSTRUCTORA ECMOVIAL LIMITADA Accionista 76.089.160-6 | 76.089.160-6 | 50% | $4.000.000.000 |
Administradores (4)
Representación legal (2)
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior LUIS FELIFE SEPULVEDA PONCE, Notario Público, Prat 863, Valparaíso, certifico: que por escritura pública de fecha 21 julio de 2026, bajo REPERTORIO N.°1975/2026, ante mí, comparecieron: WALDO HÉCTOR SÁNCHEZ ROMÁN, RUT 9.751.869-7, en representación de la sociedad WSR INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA, RUT 76.362.524-9; y JOSÉ ANTONIO MORALES CORVALÁN, RUT 12.487.022-4, en representación de la sociedad EMPRESA CONSTRUCTORA ECMOVIAL LIMITADA, RUT 76.089.160-6; quienes constituyeron una sociedad por acciones, bajo el nombre “CONSORCIO ECMOSAN SpA.”, rigiéndose por los siguientes estatutos: PRIMERO: La sociedad se denominará CONSORCIO ECMOSAN SpA., nombre fantasía ECMOSAN SpA., con domicilio en Villa Alemana, pudiendo establecer agencias y sucursales en el país o en el extranjero. Su objeto principal es participar en forma de consorcio en licitaciones del SERVIU, MOP u otras entidades públicas o privadas para la ejecución de obras de ingeniería y construcción, pudiendo participar en otras licitaciones por acuerdo unánime de los accionistas. La sociedad durará hasta la completa liquidación del contrato o contratos adjudicados, incluidas sus prórrogas y garantías, con posibilidad de extensión automática por nuevos contratos si los accionistas así lo acuerdan por unanimidad. En caso de fallecimiento de un accionista, la sociedad continuará con sus herederos. SEGUNDO: La sociedad será administrada por dos Gerentes Generales que actuarán siempre en forma conjunta: WALDO HÉCTOR SÁNCHEZ ROMÁN y, alternativamente, JOSÉ ANTONIO MORALES CORVALÁN o ANDRÉS EDUARDO CORVALÁN VIDAL, según designe la junta de accionistas. Cualquier acto que comprometa a la sociedad requerirá la firma o acuerdo expreso de Waldo Sánchez y de uno de los otros dos. En caso de ausencia o impedimento de Waldo Sánchez, será reemplazado automáticamente por FELIPE ANDRÉS SÁNCHEZ SCIARAFFIA. Los gerentes conjuntos tienen amplias facultades de administración y representación judicial y extrajudicial, incluyendo las detalladas en los numerales del artículo quinto de la escritura extractada. Requerirán acuerdo previo, expreso y por escrito de la totalidad de los accionistas para: I. constituir a la sociedad en fiadora, avalista o codeudora de terceros; II. otorgar hipotecas o prendas sobre bienes sociales para garantizar obligaciones de terceros; III. enajenar bienes raíces corporativos; y IV. cualquier endeudamiento directo que exceda de 5.000 UF en un solo acto o en la suma de actos dentro de un mismo año calendario (quedando excluido el endeudamiento ordinario hasta 5.000 UF para el giro normal de los negocios). TERCERO: Los accionistas se reunirán en Juntas cuando sean convocadas por el Gerente General, a iniciativa propia o a petición de accionistas que representen a lo menos el 10% de las acciones con derecho a voto. Las citaciones deberán expresar el objeto de la reunión, y solo podrán tratarse los asuntos incluidos en la convocatoria, salvo acuerdo unánime de la totalidad de las acciones con derecho a voto. Podrán auto convocarse válidamente las Juntas a las que concurra la totalidad de las acciones con derecho a voto. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de las acciones presentes o representadas, salvo que la ley o los estatutos exijan quórum superior. Podrá omitirse la Junta si la decisión consta en escritura pública firmada por todos los accionistas con derecho a voto. De las deliberaciones se dejará constancia en un libro de actas llevado por el Gerente General. CUARTO: Al 31 de diciembre de cada año se practicará un balance general. El Gerente General enviará a los accionistas una memoria, balance, estado de ganancias y pérdidas e informe de inspectores o auditores. A solicitud de cualquier accionista, deberá convocarse a Junta para aprobar dichos antecedentes. Las utilidades se distribuirán en partes iguales: 50% para WSR INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA y 50% para EMPRESA CONSTRUCTORA ECMOVIAL LIMITADA. La responsabilidad de los accionistas se limita al monto de sus aportes, y la responsabilidad por obligaciones sociales será soportada en la misma proporción de participación (50% y 50%). QUINTO: Cualquier controversia entre los accionistas, o entre éstos y la sociedad o sus administradores, será sometida a mediación conforme a las reglas del Centro de Arbitraje y Mediación de Valparaíso. Si no se lograre acuerdo, podrá someterse a arbitraje, con árbitro designado por el mismo Centro. SEXTO: El capital de la sociedad asciende a $4.500.000.000 (cuatro mil quinientos millones de pesos), dividido en 4.500 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, cada una con un valor de $1.000.000. La sociedad WSR INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SPA suscribe 500 acciones ($500.000.000) y la sociedad EMPRESA CONSTRUCTORA ECMOVIAL LIMITADA suscribe 4.000 acciones ($4.000.000.000), pagaderas en dinero o especie dentro del plazo de dos años. SÉPTIMO: Se faculta al portador de copia autorizada de la escritura o de su extracto para gestionar inscripciones, publicaciones y demás trámites legales. Se otorga poder especial a Patricio Arancibia Arancibia para tramitar ante el SII la iniciación de actividades y obtención de RUT, y ante la Municipalidad para obtener la patente comercial. Cualquier transferencia de acciones a un tercero ajeno a los actuales accionistas requerirá el consentimiento previo y escrito del otro accionista, bajo sanción de nulidad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valparaíso, 21 de julio de 2026.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
CONSORCIO ECMOSAN SpA
CVE 2844440
