Iberocenter
Sociedad por Acciones

Cóndor Solar SpA

CONSTITUCIÓN — 23 oct 2020

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2020-10-23Ver PDF (CVE 1835781)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de dos años cada uno
Administración: Directorio compuesto por cinco miembros

Objeto social

Desarrollar actividades de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo infraestructura e instalaciones asociadas; transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de recursos, elementos o insumos necesarios para la producción de electricidad o su explotación; venta, disposición o comercialización de la producción de electricidad; prestación de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional de proyectos de energía eléctrica; inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; y toda actividad y operación necesaria para el cumplimiento de los negocios anteriores.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pendiente

$1.000.000

Acciones

1.000.000

Socios (1)

NombreParticipación

Ricardo Orlando Sylvester Zapata

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia. Certifico: Por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 19 de octubre de 2020, bajo el repertorio 20.357-2020, Ricardo Orlando Sylvester Zapata, domiciliado para estos efectos en Av. Nueva Providencia 1881, oficina 1015, comuna de Providencia, constituyó sociedad por acciones. Razón Social. El nombre de la Sociedad será “Cóndor Solar SpA”. Domicilio. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Lo anterior es sin perjuicio de poder establecer oficinas o sucursales en cualquier parte del país o el extranjero. Duración. /i/ La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura. /ii/ La duración de la Sociedad se prorrogará en forma automática por periodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, a menos que accionistas de la Sociedad que representen al menos el setenta por ciento del capital de la Sociedad, manifiesten su voluntad en contrario, mediante declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio Respectivo, con a lo menos seis meses contados antes del vencimiento del periodo original de vigencia o de cualquiera de las prórrogas que se encontrare en curso. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, en forma individual o en conjunto con otros, actuando por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: /i/ El desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; /ii/ la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; /iii/ la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; /iv/ la venta, disposición, o comercialización a cualquier título de la producción de electricidad; /v/ la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional de proyectos de energía eléctrica; /vi/ la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social; /vii/ toda actividad y operaciones que acuerden los accionistas y que sean necesarias para el cumplimiento de los negocios anteriores. capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000, moneda de curso legal, dividido en 1.000.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, el que es suscrito íntegramente por don Ricardo Orlando Sylvester Zapata y que deberá pagarse, enterando los fondos a la caja social, dentro del plazo máximo de dos años contados de la fecha de la presente escritura. Administración de la Sociedad.- La Sociedad será administrada por un directorio compuesto por cinco miembros. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 21 de octubre de 2020.-

ConstituciónDiario Oficial · 2020-08-10Ver PDF (CVE 1797122)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida

Objeto social

La generación, compra, venta, distribución y comercialización de energía eléctrica en cualquiera de sus formas, pudiendo para ello participar en todo tipo de licitaciones, públicas y privadas; el desarrollo de proyectos de generación eléctrica; la construcción de centrales de generación y redes de distribución de energía de cualquier tipo tales como hidroeléctrica, eólicos y solares, entre otras; y la prestación de servicios técnicos relacionados a las actividades descritas en la letra a), b) y c) del presente artículo. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporables; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de concesiones mineras y eléctricas o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regula la actividad eléctrica y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su objeto. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada, sin limitación alguna, para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social.

Capital

Capital total

$500.000

Capital pagado

$500.000

Capital pendiente

$0

Acciones

50

Socios (1)

NombreParticipación

LAND AND SEA SpA

Accionista

100%

Representación legal (1)

Javi er Lorenzo Campos Cárcamo

En representación de LAND AND SEA SpA

Texto oficial del extracto

Juan Ignacio San Martín Schröder, abogado, Notario Suplente de la 43° Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifica que: Por escritura pública de 24 de julio de 2020, otorgada ante mí, Repertorio N° 18.813 / 2020, Javi er Lorenzo Campos Cárcamo en representación de LAND AND SEA SpA, ambos domiciliados en Av. Apoquindo 6275, oficina 43, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad por acciones: Razón Social: CÓNDOR SOLAR SpA. Pudiendo usar el nombre de fantasía CÓNDOR SOLAR. Domicilio: Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: a) La generación, compra, venta, distribución y comercialización de energía eléctrica en cualquiera de sus formas, pudiendo para ello participar en todo tipo de licitaciones, públicas y privadas; b) El desarrollo de proyectos de generación eléctrica; c) La construcción de centrales de generación y redes de distribución de energía de cualquier tipo tales como hidroeléctrica, eólicos y solares, entre otras y d) La prestación de servicios técnicos relacionados a las actividades descritas en la letra a), b) y c) del presente artículo. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá adquirir y enajenar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento y otras formas de cesión temporal, toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporables; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase u objeto, constituir toda clase de concesiones mineras y eléctricas o demás derechos reales cuya constitución requiera resolución judicial o administrativa; celebrar toda clase de contratos, incluyendo los de sociedad, pudiendo participar en sociedades ya existentes y adquirir acciones o derechos en ellas; constituir, obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar o explotar en cualquiera forma las concesiones y mercedes respectivas a que se refieren la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normas que regula la actividad eléctrica y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el desarrollo de su objeto. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada, sin limitación alguna, para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social. Capital: $500.000, dividido en 50 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado en este acto por LAND AND SEA SpA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de julio de 2020.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    Cóndor Solar SpA

    CVE 1835781

  2. CONSTITUCIÓN

    CÓNDOR SOLAR SpA

    CVE 1797122

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)