Sociedade de Responsabilidade Limitada

Comercializadora Vitri Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 de mai. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-05-12Ver PDF (CVE 1214323)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años, tácitamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo acuerdo unánime de los socios manifestado por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto con anticipación mínima de seis meses al vencimiento
Administração: Corresponderá a ambos socios, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente

Objeto social

La comercialización, importación, distribución, compra y venta por cualquier medio de productos nutricionales en general, ya sean elaborados o en su estado natural, suplementos alimenticios y polivitamínicos entre otros y en general de toda clase de productos que digan relación con el área de la nutrición; así como también la importación, exportación, comercialización y arriendo de productos o artículos médicos tales como bombas de infusión continua, bioimpedanciometros, bajadas para nutrición enteral, calorímetro indirecto, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden siempre que sea relacionado con el objeto social.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

ELENA EMELINA CANALES GONZÁLEZ

Socio

13.xxx.xxx-2

50%

MARCO ANTONIO CONEJEROS GAJARDO

Socio

11.xxx.xxx-1

50%

Administradores (2)

ELENA EMELINA CANALES GONZÁLEZ

13.xxx.xxx-2Administrador

MARCO ANTONIO CONEJEROS GAJARDO

11.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial do extrato

HERNÁN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público, titular de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 1160, ofs. 101 y 102, certifica: por escritura pública de fecha 4 de mayo de 2017, ante mí, doña ELENA EMELINA CANALES GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 13.030.257-2 y don MARCO ANTONIO CONEJEROS GAJARDO, cédula de identidad N° 11.403.387-1, ambos con domicilio en calle Carmen Lidia N° 5334, comuna de Quinta Normal, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyen una Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZÓN SOCIAL: “COMERCIALIZADORA VITRI LIMITADA”, nombre de fantasía “NUTRICIÓN ABC”. OBJETO: El objeto de la Sociedad será: La comercialización, importación, distribución, compra y venta por cualquier medio de productos nutricionales en general, ya sean elaborados o en su estado natural, suplementos alimenticios y polivitamínicos entre otros y en general de toda clase de productos que digan relación con el área de la nutrición; así como también la importación, exportación, comercialización y arriendo de productos o artículos médicos tales como bombas de infusión continua, bioimpedanciometros, bajadas para nutrición enteral, calorímetro indirecto, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden siempre que sea relacionado con el objeto social. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a doña ELENA EMELINA CANALES GONZÁLEZ y a don MARCO ANTONIO CONEJEROS GAJARDO, quienes podrán actuar conjunta, separada e indistintamente.- CAPITAL: El capital social será la suma de $2.000.000, los que serán aportados por los socios, de la siguiente manera: UNO) doña ELENA EMELINA CANALES GONZÁLEZ, aporta la suma de $1.000.000 de pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole por tanto, el 50% de los haberes y derechos sociales; DOS) don MARCO ANTONIO CONEJEROS GAJARDO, aporta la suma de $1.000.000 de pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole por tanto, el 50% de los haberes y derechos sociales. DOMICILIO: Ciudad de Santiago. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de 5 años, la que se entenderá tácitamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Santiago, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva.- Santiago, 9 de Mayo de 2017.- H. Cuadra G.

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