Comercializadora Hanga Roa Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto de la sociedad será: a) Captura o pesca, procesamiento, manipulación, comercialización, exportación e importación de productos del mar, especialmente pescados, mariscos y algas, con embarcaciones y útiles propios o ajenos; la adquisición, fabricación o arrendamiento de toda clase de embarcaciones, implementos y artículos e insumos destinados a la pesca y su aprovechamiento a cualquier título; la utilización de embarcaciones propios o ajenas y de sus implementos en la pesca para otras organizaciones; b) la adquisición, instalación y explotación, a cualquier titulo, de plantas y maquinarias para la industrialización, elaboración y preparación de los productos del mar y sus subproductos y derivados; c) la venta, transporte, comercialización, exportación y distribución de estos productos; la instalación y explotación de astilleros muelles, viveros, centros de cultivo y de toda la obra relacionada con la actividad pesquera, d) como asimismo la compra, venta, loteo, arrendamiento, subarrendamiento, urbanización, explotación, construcción y administración de todo tipo de bienes muebles como inmuebles según su naturaleza; y en general todo tipo de actividad comercial que los socios indiquen o establezcan para el desarrollo de las actividades principales de la sociedad.
資本
總資本
$5.000.000
實繳資本
$5.000.000
待繳資本
$0
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS Socio | - | 20% | $1.000.000 |
VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS Socio | - | 20% | $1.000.000 |
DENY ARNOLDO LANDEROS ZAMBRANO Socio | - | 20% | $1.000.000 |
FRANCY ANDREA LANDEROS ZAMBRANO Socio | - | 20% | $1.000.000 |
VALESKA EDITH LANDERO ZAMBRANO Socio | - | 20% | $1.000.000 |
管理人(2)
OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS
VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS
摘要官方正文
Ministerio del Interior RODRIGO ESTEBAN ROJAS CASTILLO, Abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaria de Concepción, con asiento en San Pedro de la Paz, con oficio en Avenida Michimalonco número mil cuarenta y cinco, cetifico: Que, por escritura pública de fecha 28 de mayo de 2026, repertorio N°1053/2026, otorgada ante mí: OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS, VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS, DENY ARNOLDO LANDEROS ZAMBRANO, d) FRANCY ANDREA LANDEROS ZAMBRANO, y VALESKA EDITH LANDEROS ZAMBRANO, todos domiciliados en calle Las Margaritas 1626, comuna de San Pedro de la Paz, Región del Bio; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada; Razón social: COMERCIALIZADORA HANGA ROA LIMITADA", nombre de fantasía “HANGA ROA LTDA”. Objeto: Objeto social. El objeto de la sociedad será: a) Captura o pesca, procesamiento, manipulación, comercialización, exportación e importación de productos del mar, especialmente pescados, mariscos y algas, con embarcaciones y útiles propios o ajenos; la adquisición, fabricación o arrendamiento de toda clase de embarcaciones, implementos y artículos e insumos destinados a la pesca y su aprovechamiento a cualquier título; la utilización de embarcaciones propios o ajenas y de sus implementos en la pesca para otras organizaciones; b) la adquisición, instalación y explotación, a cualquier titulo, de plantas y maquinarias para la industrialización, elaboración y preparación de los productos del mar y sus subproductos y derivados; c) la venta, transporte, comercialización, exportación y distribución de estos productos; la instalación y explotación de astilleros muelles, viveros, centros de cultivo y de toda la obra relacionada con la actividad pesquera, d) como asimismo la compra, venta, loteo, arrendamiento, subarrendamiento, urbanización, explotación, construcción y administración de todo tipo de bienes muebles como inmuebles según su naturaleza; y en general todo tipo de actividad comercial que los socios indiquen o establezcan para el desarrollo de las actividades principales de la sociedad. Domicilio: comuna de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de las agencias o sucursales que los socios acuerden instalar en otros puntos del país o en el extranjero; Duración: Duración. La sociedad tendrá una duración de cinco años, prorrogables por periodos iguales y sucesivos de cinco años sin que alguno de los socios manifieste su intención de poner término a el, siempre y cuando manifieste su intención a través de una inscripción al margen de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. En caso de fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad continuará con los sobrevivientes y la sucesión del socio fallecido, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común. El mandatario común nombrado por los herederos del o de los socios fallecidos, para el evento que dichos herederos sean menores de edad, no tendrá la facultad de administrar que estos Estatutos, en su Cláusula Sexta, le confiere a los socios. El nombramiento del mandatario común deberá ser hecho por los herederos del socio fallecido mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social. En el evento que fallezca uno de los socios que administra la Sociedad las facultades de administración se radican exclusivamente en el administrador sobreviviente. En este caso, las facultades del sobreviviente no tienen limitación alguna. Capital: Capital Social. El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos, que los socios aportan como sigue: a) Don OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS la suma de $1.000.000 pesos que se pagan en este acto en dinero en efectivo ingresado en caja social, correspondiente al 20% de los derechos sociales, doña b) VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS la suma de $1.000.000 pesos que se pagan en este acto en dinero en efectivo ingresado en caja social, correspondiente al 20% de los derechos sociales, c) DENY ARNOLDO LANDEROS ZAMBRANO la suma de $1.000.000 pesos que se pagan en este acto en dinero en efectivo ingresado en caja social, correspondiente al 20% de los derechos sociales, d) FRANCY ANDREA LANDEROS ZAMBRANO la suma de $1.000.000 pesos que se pagan en este acto en dinero en efectivo ingresado en caja social, correspondiente al 20% de los derechos sociales, y e) VALESKA EDITH LANDERO ZAMBRANO la suma de $1.000.000 pesos que se pagan en este acto en dinero en efectivo ingresado en caja social, correspondiente al veinte por ciento de los derechos sociales. Limitación: Limitación de responsabilidad de los socios. Administración: Administración de la sociedad. La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios don OSCAR DEL CARMEN LANDEROS RIOS y a doña VERÓNICA ASUNCIÓN ZAMBRANO CONTRERAS quienes actuando en conjunto o indistintamente. Demás estipulaciones extractadas. - En San Pedro de la Paz, 01 de julio de 2026.
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- CONSTITUCIÓN
COMERCIALIZADORA HANGA ROA LIMITADA
CVE 2834264
