Comercial Papiro Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización, comisión, consignación y representación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes, productos y mercaderías en general, nacionales o extranjeras, la instalación, administración y explotación de negocios y establecimientos comerciales y la representación de empresas nacionales y extranjeras; y en general de toda otra actividad o negocio relacionado con las anteriores, que las socias libremente acuerden
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
MARÍA IGNACIA CANALA-ECHEVERRIA VALDIVIESO Socio | - | 90% | $900.000 |
ROSARIO CAROLINA VALDIVIESO VAILLANT Socio | - | 10% | $100.000 |
Administradores (2)
MARÍA IGNACIA CANALA-ECHEVERRIA VALDVIESO
MIGUEL ANGEL CANALA-ECHEVERRIA VERGARA
Texto oficial del extracto
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente del Titular de la 33ª Notaría de Santiago, Iván Torrealba Acevedo, Huérfanos 979 of. 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de hoy, Repertorio N° 5.814-2017, ante mí, doña MARÍA IGNACIA CANALA-ECHEVERRIA VALDIVIESO y doña ROSARIO CAROLINA VALDIVIESO VAILLANT ambas domiciliado en calle Aguas Claras N° 998 de la comuna de Lo Barnechea, Santiago; constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social será “COMERCIAL PAPIRO LIMITADA”. La sociedad podrá usar el nombre de fantasía de PAPIRO FLORES LIMITADA, incluso ante bancos. Administración, representación y uso de la razón social. La administración de la sociedad y el uso del a razón social corresponderá: MARÍA IGNACIA CANALA-ECHEVERRIA VALDVIESO, quien, obrando en forma individual, la que al firmar deberá hacerlo con su firma personal precedida de la razón social podrá ejercer las facultades, no siendo taxativas sino meramente enunciativas, que se indican más adelante. En caso de ausencia, fallecimiento, interdicción o impedimento de larga duración de la socia administradora, lo que no será necesario acreditar a terceros, la administración de la sociedad corresponderá al socio no fallecido, no interdicto o no impedido de larga duración. En caso de ausencia, fallecimiento, interdicción o impedimento de larga duración de ambos socios, lo que no será necesario acreditar a terceros, la administración corresponderá a MIGUEL ANGEL CANALA-ECHEVERRIA VERGARA, según lo indicado en escritura extractada. Capital. El capital social será la suma de $1.000.000.- que las socias aportan a ésta del siguiente modo: 1.- Doña MARÍA IGNACIA CANALA-ECHEVERRIA VALDIVIESO, paga en este acto y en dinero efectivo la suma de $900.000.-, que corresponde al 90%, del capital social, y que ingresan a la caja social. 2.- Doña ROSARIO CAROLINA VALDIVIESO VAILLANT, paga en este acto y en dinero efectivo la suma de $100.000.-, que corresponde al 10%, del capital social, y que ingresan a la caja social. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, compra, venta, distribución, comercialización, comisión, consignación y representación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de bienes, productos y mercaderías en general, nacionales o extranjeras, la instalación, administración y explotación de negocios y establecimientos comerciales y la representación de empresas nacionales y extranjeras; y en general de toda otra actividad o negocio relacionado con las anteriores, que las socias libremente acuerden. Duración. La sociedad tendrá una duración 10 años a contar de la fecha de la presente escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses antes de fin del respectivo período. Domicilio. El domicilio de la sociedad será ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales u oficinas donde los administradores estimen conveniente, ya sea dentro del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de Abril del 2017.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
COMERCIAL PAPIRO LIMITADA
CVE 1206503
