Sociedad por Acciones

Comercial Inplas SpA

CONSTITUCIÓN — 29 jul 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-07-29Ver PDF (CVE 1249931)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años, renovables tacita y sucesivamente en periodos iguales salvo declaración expresa en contrario de las constituyentes
Administración: Administrada por ESTEBAN EDUARDO PÉREZ MANZANARES, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades y atribuciones

Objeto social

será la importación y exportación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción, arrendamiento, comercialización y distribución de plásticos, poliuretano y elementos similares; y la producción o fabricación de productos relativos al giro de la empresa. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad;sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los socios

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (3)

NombreParticipación

ANGELA LUZ MANZANARES DURÁN

Accionista

7.xxx.xxx-0

40%

CRISTIÁN EMMANUEL PÉREZ MANZANARES

Accionista

15.xxx.xxx-2

30%

ESTEBAN EDUARDO PÉREZ MANZANARES

Accionista

16.xxx.xxx-6

30%

Administradores (1)

ESTEBAN EDUARDO PÉREZ MANZANARES

16.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

GINO BENEVENTI ALFARO, Abogado, Notario Interino de la Notaría 49º, ubicada en Paseo Phillips Nº451, Oficina 1905, Ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 24 de Julio 2017 hoy ante mí, comparece doña ANGELA LUZ MANZANARES DURÁN, chilena, casada bajo régimen patrimonial de separación de bienes, empresaria, cédula de identidad número siete millones cuatrocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos treinta guion cero, domiciliada en Parcela número Uno, kilómetro doce, Sector Altos de Culiprán, Ruta Rapel Comuna de Melipilla, de paso en esta ciudad de Santiago, Región metropolitana; don CRISTIÁN EMMANUEL PÉREZ MANZANARES, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número quince millones seiscientos sesenta y dos mil seiscientos veinticinco guion dos, con domicilio en Parcela Número doscientos setenta y cuatro guión B, lote C, Sector Altos de Culiprán, Comuna de Melipilla de paso en esta ciudad de Santiago, Región metropolitana; y don ESTEBAN EDUARDO PÉREZ MANZANARES, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número dieciséis millones novecientos once mil doscientos ochenta y ocho guion seis, domiciliado en Avenida Fernández Albano Número cero noventa y ocho, Comuna La Cisterna de paso en esta ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Los comparecientes vienen en constituir una sociedad por acciones de acuerdo al párrafo ocho Título VII del libro II del Código de Comercio, artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del mismo cuerpo legal, que se regirá por los estatutos y supletoriamente por lo dispuesto en las leyes vigentes, especialmente la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento. Razón social: El nombre o razón social de la sociedad será " COMERCIAL INPLAS SpA". Sin embargo, podrá actuar sin limitación alguna ante cualquier organismo, institución pública o privada, Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de fantasía de “INPLAS SpA”. Objeto: será la importación y exportación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción, arrendamiento, comercialización y distribución de plásticos, poliuretano y elementos similares; y la producción o fabricación de productos relativos al giro de la empresa. Asimismo, la sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad mercantil que los socios acuerden y que esté vinculada directa o indirectamente con los giros señalados precedentemente, y en general, podrá realizar la celebración y ejecución de toda clase de actos jurídicos, convenios o contratos de cualquier naturaleza y títulos ya sean civiles o mercantiles que sean necesarios para la realización del objeto social y que directa o indirectamente se relacionen con dicho objeto social, así como cualesquiera actividades similares, conexas o complementarias o que permitan facilitar o desarrollar el comercio o la industria de la sociedad;sin perjuicio de las demás actividades que dentro del giro acuerden los socios.- Capital: un millón de pesos, dividido en cien acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto por los accionistas de la siguiente forma: a) doña ANGELA LUZ MANZANARES DURÁN,ya individualizada, suscribe y paga en este acto la suma de CUATROCIENTOS MIL PESOS, equivalente a cuarenta acciones y al cuarenta por ciento del capital social; b) don CRISTIÁN EMMANUEL PÉREZ MANZANARES, ya individualizado, suscribe y paga en este acto la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS, equivalente a treinta acciones y al treinta por ciento del capital social; y c) don ESTEBAN EDUARDO PÉREZ MANZANARES, ya individualizado, suscribe y paga en este acto la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS, equivalente a treinta acciones y al treinta por ciento del capital social.- Con esto se da por enterado el capital, ingresando a la caja social. Administración y uso de razón social: La Sociedad será administrada por ESTEBAN EDUARDO PÉREZ MANZANARES, ya individualizadas, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades y atribuciones. Duración: La sociedad empezará a regir desde fecha de escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tacita y sucesivamente en periodos iguales salvo declaración expresa en contrario de las constituyentes.- Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en cualesquier lugar del país o del extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 24 julio 2017.

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